La inspección de casas, oficinas o establecimientos comerciales por parte de funcionarios públicos requiere de una orden firmada por un juez competente y el motivo de la acción.

Caracas. Horas de pánico vivieron el pasado 13 de junio los habitantes del Conjunto Residencial El Paraíso, conocido como Los Verdes, cuando los funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y del Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (Conas) de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) derribaran con tanquetas los portones.

Los efectivos, además de causar destrozos, ingresaron a los apartamentos sin órdenes de allanamiento y robaron pertenencias como celulares, dinero y joyas, de acuerdo con los testimonios de vecinos.

Para la organización no gubernamental Espacio Público, un allanamiento consiste en: la inspección/registro de una morada, oficinas públicas, establecimiento comercial, en sus dependencias cerradas, o en recinto habitado. Para la realización de un allanamiento se requiere una autorización de un juez.

Al momento en que los funcionarios de seguridad realicen la inspección deberán mostrar una orden judicial, la cual debe contener, de acuerdo con el Código Penal:

  1. Firma de un juez competente.
  2. Identificación del procedimiento que se ordena.
  3. Autoridad que practicará el registro.
  4. El motivo preciso del allanamiento, con indicación exacta de los objetos o personas buscadas y diligencias a realizar.
  5. Fecha y firma de la autoridad que emitió la orden, la cual tendrá una duración máxima de 7 días.

Una vez que la acción se esté llevando a cabo, Espacio Público apuntó las siguientes recomendaciones, basadas en la ley:

  1. Se debe tener dos testigos para supervisar la revisión que realicen los funcionarios, preferiblemente que sean vecinos de la zona.
  2. Cuando los funcionarios lleguen al lugar en donde deben practicar el allanamiento, deberán notificar a quien habite en el recinto y entregarle una copia de la orden.
  3. Si la persona que se encuentra en el lugar se resiste o no responde a los llamados, se hará uso de la fuerza pública para entrar. En estos casos, al terminar el registro, si el lugar está vacío, se cuidará que quede cerrado, asegurando que otras personas no entren.
  4. Los funcionarios podrán retener evidencias físicas que puedan servir de pruebas para un delito.

Foto referencial: Luis Miguel Cáceres


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