Según un informe independiente, presentado por expertos a solicitud de la OEA, en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad. Pero ¿es factible que estos sean juzgados por la Corte Penal Internacional? A continuación, Crónica.Uno presenta esta y otras precisiones acerca del tema en la siguiente guía.

Caracas. Hay fundamento razonable de que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad, concluyeron, el pasado 29 de mayo, tres expertos independientes de la Organización de los Estados Americanos (OEA), luego de presentar un informe, de más de 800 páginas, con testimonios y presunta evidencia de que este tipo de crimen se ha cometido, al menos, desde el 12 de febrero de 2014.

De acuerdo con el secretario general de la organización internacional, Luis Almagro, “se ha torturado y violado víctimas. Hay participación de colectivos. Las denuncias involucran a altos cargos relacionados con el Gobierno de Venezuela”.

Sin embargo, el organismo no posee la potestad para juzgar este tipo de crímenes y de acuerdo con Carlos Patiño, coordinador de exigibilidad de la organización no gubernamental Provea, la OEA busca con este informe recabar información para enviarlo a la fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, para que esta determine si hay méritos para una investigación.

Pero… ¿qué es la Corte Penal Internacional?

Es un tribunal creado el 17 de julio de 1998 para investigar, juzgar y condenar a las personas involucradas en los crímenes “más graves de trascendencia internacional” y tiene un carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. Esta podrá ejercer sus funciones en el territorio de cualquier Estado parte.

¿Pertenece a algún organismo?

La CPI está vinculada a la Organización de las Naciones Unidas por un acuerdo aprobado en el Estatuto de Roma. Sin embargo, es un organismo independiente de la ONU, con sede en La Haya, Holanda.

¿Qué es el Estatuto de Roma?

Es el tratado internacional que sirvió de base para la creación de la CPI y en él están las normas que rigen el funcionamiento de la Corte. Este ha sido ratificado por 123 naciones, Venezuela entre ellas, desde el 2000.

¿Cuáles son los crímenes que le competen a la Corte?

Según el Estatuto, en su artículo 5, serán competencia de la Corte “crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto”. Estos son:

  1. El crimen de genocidio.
  2. Los crímenes de lesa humanidad.
  3. Los crímenes de guerra.
  4. El crimen de agresión.

Cada uno de estos crímenes tiene su definición en el Estatuto de Roma. En el caso de Venezuela, de acuerdo con el informe presentado por la OEA, hay fundamentos suficientes para presumir que en el país se han cometido específicamente crímenes de lesa humanidad.

Es importante señalar que los crímenes bajo jurisdicción de la CPI no prescriben y esta solo juzga los sucesos cometidos luego de la entrada en vigor del Estatuto, el 1° de julio de 2002.

¿Qué son los crímenes de lesa humanidad?

En el articulo 7 del Estatuto se lee que son cualquiera de los actos que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

¿Cuáles son los actos estipulados como crímenes de lesa humanidad?

  1. Asesinato.
  2. Exterminio.
  3. Esclavitud.
  4. Deportación o traslado forzoso de población.
  5. Encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional.
  6. Tortura.
  7. Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable.
  8. Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, etnicos, culturales, religiosos, de género, u otros motivos universalmente reconocidos como actos inaceptables con arreglo al derecho internacional.
  9. Desaparición forzada de personas.
  10. El crimen de apartheid.
  11. Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
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¿Cuáles son los crímenes de lesa humanidad que el informe de la OEA presume se han cometido en Venezuela desde febrero 2014?

Según Irwin Cotler, exministro de Canadá y uno de los tres expertos encargados de elaborar el informe, en Venezuela se han cometido al menos cinco de los crímenes de lesa humanidad definidos por la CPI. Estos son:

  1. Asesinato: según el Estatuto, forma parte como “ataque contra una población civil” de conformidad con la política de un Estado o de una organización cometer ese ataque o para promover esa política. Según el informe de la OEA, al menos 6000 personas fueron víctimas de ejecuciones extrajudiciales de grupos paraestatales o conectados con el Estado.
  2. Encarcelamiento u otra privación grave a la libertad física: el panel de expertos independiente de la OEA contabilizó 12.000 detenciones arbitrarias desde 2014. Todos bajo un aparente ataque generalizado y sistemático de quienes se sospecha están en contra del Gobierno.
  3. Torturas: la Corte la define como “causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control”. El informe de la OEA registró al menos 289 casos.
  4. Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos: “Se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad”, se lee en el Estatuto.
  5. Desaparición forzada de personas: el Estatuto indica que es la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización o apoyo, la cual se niega a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o paradero de esas personas con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley.

¿Los crímenes de lesa humanidad son iguales a la violación de los Derechos Humanos?

No. De acuerdo con Carlos Patiño, de Provea, en la violación de Derechos Humanos el responsable es el Estado, independientemente de quien se encuentre en el poder en el momento que se juzgue.

Cuando son delitos de lesa humanidad la responsabilidad es individual, del funcionario que lo comete, cuando se comete contra una población específica. Este tipos de crímenes no conoce de jurisdicción, el culpable puede ser perseguido independientemente de donde esté, sostuvo.

¿La CPI está juzgando a Venezuela por crímenes de lesa humanidad?

No. Primero la CPI, como anteriormente se dijo, no juzga a países, solo a individuos. En el artículo 25 establece la responsabilidad penal individual de quienes hayan cometido un crimen competencia de la Corte, así como la responsabilidad de mando de los jefes y otros superiores, y la responsabilidad de quienes actúan en un cargo oficial.

Hasta el momento, no hay ningún funcionario venezolano investigado por este tipo de crímenes. Para ello, debe haber fundamento suficiente para que la CPI decida iniciar la investigación.

En el informe realizado por la OEA aparecen 11 nombres de funcionarios que el organismo indica deberían ser investigados:

  1. Nicolás Maduro, presidente de la República.
  2. Tareck El Aissami, vicepresidente de la República.
  3. Jorge Arreaza, ministro de Relaciones Exteriores.
  4. Elías Jaua, ministro de Educación.
  5. Jorge Rodríguez, ministro de Comunicación e Información.
  6. Delcy Rodríguez, presidenta de la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente.
  7. Vladimir Padrino López, ministro de Defensa.
  8. Néstor Reverol, ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
  9. Gustavo González López, director del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin).
  10. Antonio Benavides Torres, comandante general de la Guradia Nacional Bolivariana (GNB).
  11. Carlos Pérez Ampueda, director de la Policía Nacional Bolivariana (PBN).

Para Patiño, las investigaciones de la Corte son un proceso que puede tardar años. Y lo ocurrido en la OEA solo se trató de un informe que recaba información que le puede servir a la CPI para iniciar las investigaciones pertinentes, pues la OEA ya remitió el informe al organismo, según informó Luis Almagro en su cuenta de Twitter.

Sin embargo, el pasado 8 de febrero de este año, la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, anunció que se abrirá un examen preliminar sobre la posible comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela. “Esto no investiga el delito, el examen es para revisar si hay méritos para iniciar la investigación del crimen en sí”, explicó Patiño.

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¿Cuánto tiempo puede durar el examen preliminar?

El Estatuto de Roma no estipula un tiempo para realizar el examen.

Esto puede tardar desde 6 meses hasta incluso años. Por ejemplo, en junio de 2011 la CPI ordenó el arresto del entonces presidente de Libia, Muamar Gadafi; su hijo Saif al Islam; y su cuñado, Abdula al Senusi, tras ser acusados de crímenes de lesa humanidad, cometido en el país árabe durante febrero de ese mismo año. Esto a pesar de que la nación no pertenece a los estados firmantes del Estatuto.

Por su parte, Colombia ha estado bajo el examen preliminar desde 2004, es decir, lleva 14 años esperando alguna declaración ante las denuncias de crímenes de lesa humanidad cometidos en 2002, por exfuncionarios del Departamento Administrativo de Seguridad y exaltos funcionarios del gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez, esto según la Comisión Colombiana de Juristas.

¿Cómo se inicia una investigación para juzgar los crímenes estipulados en la CPI?

La fiscal de la Corte iniciará la investigación tras evaluar la información de la que se disponga, como por ejemplo, el documento realizado por la OEA. Igualmente, los registros llevados por organizaciones no gubernamentales o sociedad civil son insumos que sirven tanto para el examen preliminar como a las investigaciones, así como la información que puedan proporcionar otros Estados, órganos de la ONU y organizaciones intergubernamentales, de acuerdo con el artículo 15 del Estatuto.

Para iniciarlas la fiscal debe tener en cuenta si la información de la que dispone constituye fundamento razonable para creer que se ha cometido o se están cometiendo crímenes de la competencia de la Corte.

Un Estado parte también puede remitir a la fiscal una situación en la que presuma se ha cometido este tipo de crímenes, así como el Consejo de Seguridad de la ONU.

La fiscal también puede realizar investigaciones en el territorio de un Estado.

En caso de que haya un juicio, ¿dónde se realiza?

En una determinada causa, en la cual se considere se redundaría en interés de justicia, la Corte podrá decidir que ha de sesionar en un Estado distinto al anfitrión. La CPI podrá en cualquier momento de la investigación solicitar o recomendar que se cambie el lugar en el que sesiona la Corte.

¿Cuáles son las penas?

La Corte debe tener en cuenta factores como la gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado.

Al imponer una pena de reclusión agregará el tiempo que, por orden de la Corte, haya estado detenido al condenado.

Cuando la persona haya sido declarada culpable de más de un crimen, la CPI impondrá una pena para cada una de ellas y una pena común de la que se especifique la duración total de la reclusión. Las penas no excederán de 30 años de reclusión, aunque en casos puntuales se puede llegar a la cadena perpetua.

¿Ya se han juzgado personas por los crímenes competentes de la Corte?

Según la página oficial de la Corte Penal Internacional, hasta la fecha han acusado a 15 funcionarios de diferentes países, la mayoría de ellos africanos.

En total han mantenido 26 casos, mientras 11 situaciones se encuentran bajo investigación. Al tiempo que hay 10 exámenes preliminares, entre ellos el de Venezuela.

Foto referencial / Cortesía Naciones Unidas


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