¿Cuáles son las funciones de la Asamblea Nacional?

Acciones de la Asamblea Nacional

El Parlamento elabora leyes, ejerce una función de vigilancia sobre el Poder Ejecutivo y puede destituir a los ministros con el voto de 101 diputados

 Carlos Crespo / @CarlosCrespoR

Caracas. Las elecciones parlamentarias de este 6 de diciembre serán más que una medición de fuerzas entre el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y la Mesa de la Unidad Democrática (MUD). De estos comicios saldrá la composición del Poder Legislativo, que tiene como principales competencias hacer las leyes del país, vigilar al Ejecutivo nacional y designar y destituir a los integrantes del Poder Moral, El Poder Judicial y el Poder Electoral. A continuación se da respuesta a las preguntas más frecuentes sobre el funcionamiento del Parlamento.

  1. ¿Qué es la Asamblea Nacional?

Se trata de una de las cinco ramas en que se divide el Poder Público en Venezuela, en este caso el Poder Legislativo, al que le corresponde la formación de la Leyes de la República.

  1. ¿Cuáles son las funciones de la AN?

El artículo 187 de la Constitución le confiere un total de 23 funciones, más las que señala el resto de la Carta Magna y las leyes. Entre las más importantes están:

– Legislar en materias de competencia nacional.

-Proponer enmiendas y reformas a la Constitución.

-Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la administración pública.

-Decretar amnistías.

-Discutir y aprobar el presupuesto nacional.

-Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.

-Autorizar contratos de interés público municipal, estadal o nacional con estados o entidades oficiales extranjeras

-Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo y los ministros. Si este voto de censura es apoyado por 101 diputados, puede implicar la destitución del funcionario.

-Autorizar el nombramiento del procurador general y de los jefes de las misiones diplomáticas.

-Autorizar la salida del país del presidente de la República cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a los 5 días consecutivos.

-Aprobar los convenios o tratados internacionales que celebre el Ejecutivo.

  1. ¿Cuántas comisiones tiene la AN?

La AN tiene tres tipos de comisiones: Las comisiones permanentes relacionadas con los sectores de la actividad nacional; las comisiones especiales con carácter temporal para investigación y estudio cuando así lo requiera el tratamiento de alguna materia y las comisiones ordinarias destinadas al análisis de asuntos vinculados al propio Parlamento. La AN puede crear o suprimir comisiones con el voto de sus dos terceras partes (111 diputados). En total funcionan 15 comisiones permanentes:

  1. Comisión Permanente de Política Interior:
  2. Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración
  3. Comisión Permanente de Contraloría
  4. Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico:
  5. Comisión Permanente de Energía y Petróleo
  6. Comisión Permanente de Defensa y Seguridad
  7. Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral
  8. Comisión Permanente de Cultos y Régimen Penitenciario
  9. Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático
  10. Comisión Permanente de Pueblos Indígenas
  11. Comisión Permanente del Poder Popular y Medios de Comunicación
  12. Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología e Innovación
  13. Comisión Permanente de Cultura y Recreación
  14. Comisión Permanente de la Familia
  15. Comisión Permanente de Administración y Servicios
  1. ¿Cuándo se instala la AN?

La Constitución establece que el Parlamento debe instalarse el 5 de enero de cada año. Este primer periodo de trabajo culmina el 15 de agosto, fecha en que los Parlamentarios inician un descanso de un mes. El segundo periodo de sesiones se inicia el 15 de septiembre y termina el 15 de diciembre. Los parlamentarios ejercen su cargo por un lapso de 5 años y pueden ser reelegidos por dos periodos consecutivos como máximo.

  1. ¿Cómo se escoge a la directiva de la AN?

La AN tiene una junta directiva integrada por un presidente, un primer vicepresidente y un segundo vicepresidente. Estos son electos por la mitad más uno de los legisladores (84 diputados).

  1. ¿Los ciudadanos pueden proponer leyes a la Asamblea?

Sí. Los electores pueden proponer leyes si el texto cuenta con el respaldo de, al menos, 0,1% del Registro Electoral, es decir, 194.874 personas. Las leyes también son propuestas por los integrantes del Poder Ejecutivo nacional, la comisión delegada y las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional, los diputados de la AN en un número no inferior a 3 legisladores, el Tribunal Supremo de Justicia, El Poder Ciudadano, el Poder Electoral y los consejos legislativos estadales.

  1. ¿Qué son las “sesiones” de la AN?

Son las reuniones que realizan los 165 parlamentarios en el hemiciclo de sesiones ubicado en el Palacio Federal Legislativo de Caracas. De acuerdo con el Reglamento de Interior y de Debates del Parlamento deben hacerse, por lo menos, cuatro veces al mes y son convocadas por el presidente de la AN con, por lo menos, 24 horas de antelación.

  1. ¿Cómo se ejerce el derecho de palabra en la AN?

Los diputados deben solicitar el derecho de palabra al presidente del Parlamento, quien debe concederlos en el orden en que los parlamentarios hicieron la solicitud. La norma establece que los legisladores pierden el derecho de palabra si están ausentes del hemiciclo cuando les corresponde hablar o si de manera “ostensible y reiterada” se salen del tema o materia en discusión.

  1. ¿Cómo es el procedimiento para aprobar las leyes?

La Constitución establece que para convertirse en Ley todo proyecto debe ser aprobado por la plenaria de la Asamblea en dos discusiones. En la primera discusión se debate la exposición de motivos y se evalúan los “objetivos, el alcance y la viabilidad” del proyecto de Ley. Si es aprobado se remite a la comisión relacionada con la materia de la Ley, en el caso de que sean varias las comisiones involucradas se designa a una comisión mixta. La comisión realizará un informe sobre la legislación que se analizará en la segunda discusión, en la que se debatirá el texto artículo por artículo, en caso de que se apruebe se considera que la Ley está “sancionada”.

  1. ¿Qué ocurre luego de que la Ley fue sancionada?

Una vez sancionada la Ley se envía una copia al Presidente de la República quien debe darle el visto bueno en 10 días. Dentro de ese lapso, de acuerdo con el Consejo de Ministros, puede solicitarle a la AN que modifique alguna disposición de la Ley o levante la sanción a toda la Ley o parte de ella. La AN debe decidir si acoge los planteamientos por mayoría absoluta (85 diputados) de sus integrantes. Si el Presidente considera que la Ley o alguno de sus artículos es inconstitucional solicitará el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

  1. ¿Está obligada la AN a consultar las leyes con los ciudadanos?

Sí. El artículo 211 de la Constitución señala que el Parlamento y las Comisiones Permanentes deberán consultar a los órganos del Estado, a los ciudadanos y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los proyectos legales.

  1. ¿Qué significa la función contralora de la AN?

Los diputados deben garantizar que la administración pública funcione correctamente y denunciar cualquier irregularidad en los organismos del Estado. Pueden realizar investigaciones sobre un determinado tema, llevarlas a la comisión que corresponda y proponer interpelaciones a los funcionarios.

  1. ¿La Asamblea puede cambiar la composición de los poderes?

Sí. El Parlamento escoge a los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), los magistrados del TSJ y los integrantes del Poder Ciudadano: Fiscal General, Contralor y Defensor del Pueblo, con el voto de 111 legisladores. También puede remover a estos funcionarios.

  1. ¿Cuántos diputados hay en la Asamblea?  

Actualmente el Parlamento está conformado por 165 legisladores. Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) estudia una propuesta de los técnicos de ese organismo, que eleva la cantidad de parlamentarios a 167 por el aumento de la población.

15. ¿La AN debe rendir cuentas a los ciudadanos?

Sí. De acuerdo con la Constitución, los diputados deben rendir cuentas a sus electores anualmente y están obligados a “mantener una vinculación permanente con sus electores”.

16. ¿Tienen acceso los medios de comunicación al hemiciclo de sesiones?

No. En diciembre de 2010 se reformó el Reglamento de la AN y el artículo 56 establece que sólo la Fundación Televisora de la Asamblea Nacional (ANTV) puede pasar al hemiciclo para transmitir  lo que sucede en el Parlamento. Los periodistas son confinados a una sala en la que sólo pueden ver las incidencias de las sesiones a través de una pantalla de televisión.

Foto: Cristian Hernández


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