Gobierno derogó Ley de Ilícitos Cambiarios y abre puerta para compraventa legal de divisas

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El Aissami aseguró que una vez derogada la Ley  “los actores económicos podrán dirigirse a las casas de cambio autorizadas por el Ejecutivo para realizar sus operaciones de manera transparente, legal y segura”.

Caracas. El Gobierno, a través de un decreto aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), derogó la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios y eliminó un artículo de la ley del Banco Central que impedía la libre compraventa de dólares.

Durante la presentación del proyecto, el vicepresidente de Economía, Tareck El Aissami, señaló que con este instrumento buscan frenar “la actividad de operadores que fijan un precio irreal de las divisas, afectando nuestra moneda”.

El Aissami aseguró, ante una ANC calificada por instancias internacionales como ilegítima, que una vez derogada la Ley “los actores económicos podrán dirigirse a las casas de cambio autorizadas por el Ejecutivo para realizar sus operaciones de manera transparente, legal y segura”.

Durante la discusión del proyecto el constituyente, Jesús Farías enumeró las razones para derogar la ley de ilícitos y entre ellas resaltó que ya el control de cambio se agotó y que el Gobierno no tiene dólares para asignar.

Al respecto, el presidente de la ANC, Diosdado Cabello, aseveró que todas las divisas que se generen por este mecanismo serán destinadas a la inversión social.

“El que traiga dólares debe ser para trabajar, con todas las medidas que requiere la inversión extranjera en Venezuela”, sostuvo Cabello, al tiempo que aclaró que la derogatoria incluye el régimen de ilícitos cambiarios, pero no los delitos cometidos bajo el anterior control cambiario.

En tanto, el constituyente Orlando Camacho afirmó que la propuesta “permitirá que cualquier venezolano y venezolana pueda comprar divisas”, lo que, a su juicio, permitirá combatir la especulación.

El instrumento que deroga la Ley de Ilícitos Cambiarios que recibió luz verde de la chavista ANC establece lo siguiente:

Artículo 1. Establecer la derogaroria del régimen de ilícitos cambiario de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 con el propósito de dar a los particulares tanto personas naturales  como jurídicas y extranjeras las más amplias garantías para su participación en el desarrollo de socioproductividad.

Artículo 2. A partir de la entrada en vigencia del decreto se deroga el decreto del régimen cambiario y sus artículos y el artículo 138 de la ley del BCV en lo que concierne al ilícito referido a la actividad de negociación y comercio de divisas y todas aquellas disposiciones que colindan con este decreto de ilícitos.

Artículos 3. No favorabilidad. En virtud de la naturaleza lesiva del patrimonio público en delitos económicos previstos en los artículos 21 y 23 del decreto con rango valor del régimen cambiario y sus ilícitos y para evitar su impunidad, no se aplicará la excepción de retroactividad de la ley más favorable a los casos graves ocurridos hasta la fecha de su publicación de este decreto en Gaceta Oficial.

Artículo 4. Menor dañosidad del hecho. Las sanciones previstas en los artículos 21 y 23 del decreto del régimen cambiario y sus ilícitos se rebajarán a sus dos terceras partes cuando las operaciones realizadas por el mismo sujeto activo no excedan los 10.000 dólares o su equivalente en otras divisas, sin menoscabo de las acciones del Estado para resarcir el daño patrimonial público.

Artículo 5. La responsabilidad civil derivada de los ilícitos cambiarios subsiste y será reclama por la República a los responsables conformes a las reglas del Código penal y Código civil. La Procuraduría actuará para garantizar los daños y perjuicios contra el patrimonio público y procederá y gestionará ante la autoridad judicial y fiscal y derecho privado tanto en el ámbito nacional e internacional para la restitución de los daños y perjuicios contra el patrimonio.

¿Otro Recadi?

Una vez aprobado el instrumento, el diputado José Guerra alertó lo siguiente a través de su cuenta Twitter: “No se confundan. Sigue el control de cambio, la diferencia es que habrá aparentemente un mercado oficial con una tasa de cambio preferencial solo para el Gobierno y una tasa de cambio cara para el ciudadano. Lo mismo que cuando Recadi, en el gobierno de Lusinchi”.

Y explicó: “Para quienes no recuerdan o no lo saben; entre 1984 y 1988 existió un régimen de cambio dual con una tasa de cambio preferencial y otra paralela. Se llamó Recadi y propició la corrupción más grande de la historia de Venezuela hasta que Chávez impuso Cadivi batiendo ese récord”.

Por su parte, el diputado Ángel Alvarado (PJ) indicó que el Gobierno sigue tratando de controlar las remesas a través de casas de cambio autorizadas y “para ellas es este ‘ropaje espurio’ de legalidad que necesitan para funcionar”.

Considera que el Gobierno no pretende el tradicional mercado cambiario transparente donde Pdvsa vende las divisas al BCV. “Las divisas serán para la camarilla de enchufados a precio de ganga que las venderán en mercado libre. Sigue la corrupción”.

Foto referencial: AVN


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