Gobierno también deja por fuera a la AN en la aprobación de créditos adicionales

Con el decreto de emergencia económica, Maduro establece nuevas restricciones al Parlamento. Ya le limitó la atribución para aprobar el endeudamiento y remover al directorio del BCV

Mayela Armas/@mayearmas

Caracas. El Presidente Nicolás Maduro utilizó la Habilitante para quitarle poderes a la Asamblea Nacional y ahora recurre al decreto de emergencia económica para restringir más a los diputados. El Parlamento ya no solo tiene limitaciones para revisar el endeudamiento del Gobierno y sacar al directorio del Banco Central de Venezuela, sino también para aprobar los créditos adicionales.

Esta semana el Ejecutivo publicó un decreto en el cual autoriza que los recursos no utilizados en el 2015, que según Maduro, suman 200 millardos de bolívares, pasan al Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) con el fin de “atender las necesidades sociales, económicas, productivas y de proyectos de infraestructura y servicios de la población enmarcados en el Plan de la Patria”.

Esos recursos que no se llegaban a emplear en un año solían devolverse a la Tesorería Nacional, y luego se utilizaban para financiar los créditos adicionales del ejercicio siguiente. Por ejemplo, durante la primera mitad del 2015 gran parte de las operaciones que autorizó la AN fueron financiadas con el dinero que no se ejecutó en 2014.

Pero el nuevo decreto genera una limitación. Al transferir ese dinero no utilizado el pasado año al Fonden, ya el Gobierno no tiene que enviar créditos adicionales al Parlamento, debido a que puede ejecutar esos 200 millardos de bolívares directamente. De hecho, el primer mandatario en Consejo de Ministros aprueba los proyectos financiados por Fonden, que es un esquema que se maneja con opacidad, porque se desconoce su ejecución.

¿Cuáles son las otras limitaciones?

A través de la Habilitante, el jefe de Estado reformó la Ley de Administración Financiera del Sector Público y le quitó la potestad al Parlamento de aprobar el endeudamiento del Gobierno.

El marco legal que estaba vigente hasta el 29 de diciembre establecía que para emitir bonos la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional tenía que dar la autorización. De acuerdo con la modificación del marco legal, ese aval de la Comisión ya no se requiere.

De hecho se indica que el Ejecutivo nacional solamente informará semestralmente al Parlamento de las condiciones financieras que se fijen para las operaciones de endeudamiento.  Eso significa que cada seis meses los diputados sabrán cómo fueron las emisiones de bonos en bolívares o en dólares.

Por medio de los poderes especiales, la Ley del Banco Central de Venezuela también fue modificada y se limitaron las atribuciones de la AN sobre el BCV.

La Ley anterior establecía que el nombramiento del presidente del BCV lo hacía el Jefe de Estado y luego era avalado por la mayoría de la Asamblea Nacional. En el nuevo instrumento legal no se requiere de la aprobación de los diputados, lo cual también aplica para el resto del directorio. En la vieja Ley, la AN tenía potestad para designar a dos miembros del directorio, mientras que en la nueva, el Presidente de la República los nombra a todos.

La reforma va más allá. Los diputados tampoco pueden remover al directorio. La Ley que estuvo vigente hasta el 29 de diciembre indicaba que el Presidente enviaba la remoción a la AN y dicho procedimiento tenía que ser autorizado por las dos terceras partes. La modificación de este 30 de diciembre indica que solamente el Presidente puede decidir la salida de los directores del BCV.


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