Pese a indicios de irregularidades TSJ rechazó revisar caso de general preso por supuesto intento de magnicidio

tsj, CNE

La Sala de Casación Penal del TSJ se negó a avocarse al proceso contra el general Alejandro Pérez Gamez, por considerar que la defensa aún tiene recursos para conseguir que juzgados menores subsanen los vicios ocurridos en esta causa.

Caracas. “Tienes razón, pero vas preso” o sigues preso, en este caso. El general Alejandro Pérez Gamez, uno de los oficiales detenidos por su presunta participación en el supuesto magnicidio contra Nicolás Maduro ocurrido el 5 de agosto de 2018, ha corroborado la veracidad de esta expresión popular, pues aunque el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prácticamente admitió la existencia de vicios en el proceso en su contra, rechazó subsanarlos, por considerar que los juzgados de menor jerarquía aún pueden hacerlo.

En su sentencia número 63, la Sala de Casación Penal desechó la petición que los abogados del exdirector de los Servicios de Mantenimiento del Orden Interno de la Guardia Nacional, le hicieron el febrero pasado para que revisara el proceso que se le sigue por los sucesos ocurridos en la avenida Bolívar de Caracas durante el 81 aniversario de la Guardia Nacional, bajo la excusa de que para acordar un avocamiento “los medios procesales ordinarios deben ser agotados con anterioridad, puesto que esta es una vía extraordinaria”.

En otras palabras, la Sala, en el fallo redactado por la magistrada Elsa Gómez Moreno, consideró que la defensa de Pérez Gamez no había agotado todos los recursos en los tribunales ordinarios para conseguir que se corrigieran los fallos denunciados.

La instancia realizó el pronunciamiento aún cuando los representantes del oficial le informaron que antes de tocar a sus puertas interpusieron tres las acciones y que las mismas no habían respondidas por los respectivos juzgados que las tenían en su poder, pese a que las tres tenían más de seis meses de haber sido interpuestas.

Sin pruebas ni antejuicio

El TSJ tampoco tomó en cuenta la denuncia de la defensa en relación a la ausencia de pruebas para implicar a su defendido en estos hechos. Según consta en el fallo, Pérez Gamez fue detenido el mismo 5 de agosto por agentes de la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim), sin orden judicial. Una de las funcionarias que participó en esta aprehensión, la teniente Gabriela Alas, en el acta que levantó informó que por instrucciones del coronel Franco Quintero, director Especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas del organismo de inteligencia castrense, privó de libertad al oficial tras “conocer” su presunta vinculación en los sucesos.

“Es importante resaltar, que los autores materiales e intelectuales contaban con información clasificada relacionada con la programación y ejecución del evento, el (sic) cual fuera suministrada por el oficial general”, aseveró la teniente en su acta.

Sin embargo, en ningún momento la funcionaria explicó cómo llegaron a esta conclusión en el Dgcim, qué elementos les hicieron apuntar hacia el uniformado colaborador de la trama. ¿Fueron mensajes de texto, correos electrónicos o llamadas telefónicas registradas en los teléfonos de los presuntos autores materiales? ¿Confesiones o delaciones?

Los extractos de la investigación que cita el fallo dejan entrever que el motivo por el cual el general está detenido es que sabía dónde se celebraría el acto aniversario de la Guardia Nacional. No obstante, los abogados del procesado refutaron estos señalamientos indicando que había otros funcionarios que conocían de antemano el lugar para el evento y citaron las palabras del ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez, quien en una rueda de prensa celebrada en febrero pasado anunció la detención del teniente coronel Ovidio Carrasco Mosqueda, miembro de la Guardia de Honor Presidencial y Jefe de la Dirección de Comunicaciones, quien fue degradado y expulsado de la Fuerza Armada, y puesto a orden de la Dgcim, por supuestamente suministrarle información confidencial al diputado Julio Borges y a funcionarios de la Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos (CIA, por sus siglas en inglés), sobre los movimientos de Nicolás Maduro.

Pese a esta ausencia de evidencias, los tribunales castrenses privaron al oficial, quien sigue hoy tras las rejas sin que el TSJ diera su visto bueno tras celebrar un antejuicio de mérito.

La omisión del antejuicio, reservado también para los oficiales generales y almirantes, fue otra irregularidad denunciada por la defensa de Pérez Gamez, pero la Sala Penal consideró que el avocamiento tampoco era la vía para resolver esta irregularidad.

El artículo 107 de la Ley Orgánica del TSJ establece que “el avocamiento será ejercido con suma prudencia y solo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática”.

La actuación del máximo juzgado en este caso contrasta con otros, donde sin siquiera recibir una solicitud formal ha decidido revisar el asunto para verificar si se ha cometido alguna irregularidad. El más reciente es el de la adolescente asesinada en el estado Bolívar, Angela Aguirre, al cual se avocó de oficio y decidió remitirlo a los tribunales de Caracas sin especificar qué irregularidad había encontrado en la tramitación realizada hasta el momento por los juzgados de la entidad sureña.


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