Pdvsa US Litigation Trust trata de que le retornen 10 millardos de dólares que son de la industria nacional venezolana. Abogados denuncian que no hay información sobre su constitución y que es ilegal porque no fue autorizada por el Parlamento.
Caracas. Por considerar que US Litigation Trust incurre en un fraude a la ley y en la comisión de un delito al reclamar 10 millardos de dólares, propiedad de Pdvsa, los abogados Carlos Ramírez López y Norma Camero y el economista Federico Alves recurrieron este lunes al Tribunal de Distrito Sur de Florida y emplazaron a que consignen los documentos que certifiquen que fue autorizada por la Asamblea Nacional para representar a Venezuela, y exigieron que una delegación de diputados asista a la audiencia fijada para el 4 de abril.
Ramirez López consignó un nuevo documento, en el cual solicita ser admitido como abogado en nombre de los intereses de la nación y les permita ejercer las acciones para evitar lo que denominó “un intento de robo” de fondos de Pdvsa.
[irp posts=”87278″ name=”Denuncian que particulares se quieren apropiar de $10 millardos de dólares de Pdvsa”]“El reclamo ha sido realizado por Pdvsa US Litigation Trust del cual no hay información en el archivo, su constitución o documento de registro no ha sido registrado, lo cual es esencial para determinar la legalidad de su acción y la calidad del reclamante. Solo en los medios de prensa los abogados de los demandantes han dicho que la petrolera estatal Pdvsa asignó los derechos de cobro a ese fideicomiso, pero ni en el expediente se ha asignado ese documento de asignación para determinar la legalidad de tal operación. Los abogados de los demandantes han dicho a la prensa que esta demanda incluye la suma de diez mil millones de dólares (US $10.000.000)”, expusieron los abogados en el escrito entregado.
Por su parte, Camero indicó que la directiva del Parlamento fue informada del caso No. 1: 18-cv20818-DPG, en el cual Pdvsa US Litigation Trust demanda a Lukoil Pan Americas Llc, para que asistan al juicio, pautado para el 4 de abril en el Tribunal Sur de Florida.
Ramirez Lopez, Camero y Alves alegan: “La cesión de los derechos litigiosos es un contrato para la transferencia de propiedad perteneciente a la empresa estatal que como tal debe ser autorizada por nuestro Poder Legislativo [Asamblea Nacional] según lo establecido en los artículos 150 y 187.9 de la Constitución de la República de Venezuela“:
Artículo 150: La ejecución de contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley.
Artículo 187.9: Corresponde a la Asamblea Nacional. (9) Autorizar al Ejecutivo Nacional a celebrar contratos de interés nacional, en los casos que establezca la ley.
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Foto: Archivo
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