TSJ amenaza con multar con Bs. 35.400 a Ramos Allup por desacato

La Sala Constitucional llamó al Presidente de la AN a laborar de acuerdo con las directrices que le impuso en abril pasado y de no hacerlo dijo que podría sancionarlo con 200 unidades tributarias.

Caracas. La Asamblea Nacional (AN) sigue copando la agenda del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ): menos de 24 horas después de que se conociera el fallo en el que anuló la Ley Especial para Atender la Crisis de la Salud, por considerar que con ella usurpó funciones del Gobierno en materia de relaciones exteriores, el máximo juzgado dictó otro dictamen en el que amenazó con multar al presidente del Parlamento, diputado Henry Ramos Allup, por desacato.

El ultimátum al líder adeco figura en la sentencia 473 de la Sala Constitucional publicada este martes, en la cual la instancia no solo llamó al Legislativo a cumplir su sentencia 269 del 21 de abril, sino que le requirió que le “remita la documentación donde se evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas” en dicho fallo, so pena de imponerle la multa de 200 unidades tributarias (35.400 bolívares) prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del TSJ.

En el fallo 269, la intérprete de la Carta Magna modificó el Reglamento Interior y de Debates de la AN para establecer, entre otras cosas, que las sesiones plenarias solo pueden convocarse con 48 horas de antelación, que la agenda no puede ser modificada en la misma sesión; y que los proyectos de ley deben ser consultados con los órganos del “poder popular” y contar con su respectivo informe de “impacto e incidencia económica y presupuestaria”.

Hasta ahora, los diputados han seguido laborando bajo los procedimientos y lapsos fijados en las normas dictadas en 2010. “No vamos a acatar ninguna decisión de la Sala Constitucional que sea contraria a la Constitución (…). Nuestro reglamento forma parte de la normas interna corporis que, en ejecución directa de la Constitución, esta Asamblea dicta y que solo esta Asamblea puede modificar”, afirmó Ramos Allup en la primera sesión después de conocido el dictamen.

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Por malintencionados

El fallo redactado por el magistrado Juan José Mendoza es la respuesta a las solicitudes de desistimiento que los diputados Alfonso Marquina, Miguel Pizarro, Edgar Zambrano así como por los exdiputados María Corina Machado, Eduardo Gómez Sigala y Juan Carlos Caldera, interpusieron para que desechara el recurso de nulidad que ellos interpusieron en 2011 contra el reglamento que dictó el Legislativo cuando era dominado por el oficialismo; y también las objeciones que la actual directiva del Parlamento ofreció a la decisión.

La Ley del TSJ y del Código Civil permiten a los ciudadanos que han interpuesto acciones ante los juzgados a retirarlas en cualquier momento. Sin embargo, la Sala no le permitió a los opositores ejercer esta figura, lo cual habría supuesto ponerle fin al proceso y, por ende, dejaría sin efecto los cambios hechos al reglamento, por considerar que esta actuación era “maliciosa” y además porque el asunto era “de interés general y de orden público”.

La actual directiva de la AN, en su escrito, también acusó a los magistrados de malintencionados, pues “lo cierto es que nada dijo la Sala Constitucional durante cinco años sobre las medidas cautelares solicitadas en el recurso de nulidad, y solo ahora, después de cinco años, ante el cambio de la correlación de fuerzas políticas en la Asamblea Nacional, dicta la Sala Constitucional las medidas cautelares contenidas en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016 —distintas por cierto a aquellas—, con lo cual desdibuja la urgencia que ha de rodear la adopción de tales medidas y evidencia desviación de poder”.

Los diputados y exdiputados, por su parte, afirmaron que lo decidido por la Sala en contrasentido a lo que ellos esperaban.

El reglamento de la AN aprobado por el chavismo fue cuestionado por la oposición, por considerar limitaba el debate plural al limitar a una a la semana las sesiones del Parlamento, así como el tiempo de las intervenciones de los legisladores.

Foto referencial: Cristian Hernández


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