TSJ despoja a Freddy Guevara de su inmunidad, le prohíbe salir del país y ordena juicio ordinario

El dictamen reinterpreta la flagrancia, desaplica el procedimiento establecido en el artículo 200 de la Constitución, le allana la inmunidad sin el concurso de la Asamblea Nacional y declina en la fraudulenta Constituyente la competencia del máximo tribunal para decidir si corresponde detenerlo y enjuiciarlo.

Caracas. El artículo 200 de la Constitución de 1999 estipula: “Los diputados gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o renuncia. De los presuntos delitos que cometan los integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario, la autoridad competente lo pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente al Tribunal Supremo de Justicia”.

Pero el magistrado Marco Medina Salas, vicepresidente de la Sala Penal del TSJ y los integrantes de la Sala Plena dieron una nueva interpretación tanto a la noción jurídica de flagrancia —que aplica cuando una persona es captada en el momento en el que comete un delito o a instantes de haberlo cometido—; reacomodaron el procedimiento establecido en la Carta Magna para enjuiciar a un diputado; despojaron a Guevara, de facto, de su inmunidad; suprimieron la competencia del Parlamento para calificar a sus miembros; y declinaron en la ANC su competencia para ordenar, previa autorización de la AN, la detención y enjuiciamiento del diputado en cuestión.

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En una sentencia aprobada este viernes 3 de noviembre en Sala Plena, en respuesta a una solicitud de antejuicio de mérito presentada el jueves por el fiscal general designado por la constituyente presidencial, Tarek William Saab, los magistrados del TSJ determinaron que Guevara “presuntamente incurrió de manera permanente en los delitos de asociación, instigación pública continuada y uso de adolescente para delinquir” y que “en casos de delitos considerados en flagrancia, como los antes mencionados, no es procedente el antejuicio de mérito y que cualquier enjuiciamiento de Freddy Guevara deberá hacerse por tribunales ordinarios”. Esto último constituye el allanamiento fáctico de la inmunidad parlamentaria de Guevara.

De acuerdo con una nota de prensa publicada por el presidente del TSJ, Maikel Moreno, en su cuenta Facebook, la Sala Plena ordenó enviar copias certificadas del fallo a la Asamblea Nacional Constituyente para que sea este organismo el “que determine lo conducente en este caso”, renunciando a su competencia. Además remitió copia al Ministerio Público para que continúe la tramitación de la causa penal por la vía ordinaria, como si se tratara de un ciudadano sin la prerrogativa de la inmunidad parlamentaria.

La decisión también ordena la “prohibición de salida del país de Freddy Guevara”, así como “oficiar de manera inmediata al Servicio Administración de Identificación, Migración y Extranjería”.

Esta decisión repite los argumentos empleados para ordenar la detención y enjuiciamiento en tribunales ordinarios dictada el pasado 17 de agosto contra el diputado disidente del PSUV, Germán Ferrer.

Foto: Archivo


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