TSJ le da play al BCV para ocultar cifras e impide a la AN sacar al directorio

El máximo tribunal echa para atrás la reforma aprobada por el Parlamento que consistía en volver a la Ley del 2014, texto que autorizó Maduro por Habilitante.

Mayela Armas/@mayearmas

Caracas. La lucha del Gobierno y el Tribunal Supremo de Justicia contra la Asamblea Nacional persiste y esta semana el combate fue por la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV). La reforma que autorizaron los diputados el pasado 3 de marzo fue declarada inconstitucional por el máximo tribunal este 31 de marzo en horas de la noche.

El TSJ faculta al BCV a ocultar información y no permite a la AN remover al directorio del instituto emisor, porque considera que la modificación que hizo el Presidente Nicolás Maduro de la Ley del Banco Central en diciembre de 2015, vía Habilitante, está vigente.

Sin embargo, la actuación de los magistrados tiene contradicciones, porque la modificación del Parlamento consistió en restituir la Ley del BCV de 2014, texto que fue aprobado por el jefe de Estado a través de poderes especiales.

De esta manera, los venezolanos seguirán padeciendo los efectos de los cambios legales: inflación y escasez.

Los argumentos

La decisión de la Sala Constitucional del TSJ, cuyo ponente fue el ex diputado Calixto Ortega, se soporta en los señalamientos del Gobierno. En el texto indica que el propósito de la reforma realizada por la AN “es la de asegurar por parte de la mayoría parlamentaria de la Asamblea Nacional, el control político del instituto emisor”.

Y agrega que “la Asamblea Nacional ostenta la función contralora política del Banco Central de Venezuela, con lo cual, la posibilidad de nombramiento de los miembros del directorio implicaría una intromisión en la administración activa del Banco y un conflicto de interés”.

El diputado y miembro de la Comisión de Finanzas, José Guerra, indicó que “es un disparate jurídico. La Asamblea Nacional no quiere tomar control del BCV, lo que quiere es controlar al BCV”.

Hasta el 29 de diciembre de 2015 la Ley del Banco Central establecía que el nombramiento de la cabeza del BCV lo hacía el Presidente de la República, y luego era avalado por la mayoría de la Asamblea Nacional. Con la reforma publicada el 30 de diciembre ya no se requiere de la aprobación de los diputados, lo cual también aplica para el resto del directorio. En la vieja Ley, la AN tenía potestad para designar a dos miembros del directorio, mientras que en la nueva, el Presidente de la República los nombra a todos.

El marco legal que estuvo vigente hasta fines de 2015 indicaba que el Presidente enviaba a la AN la remoción del directorio y dicho procedimiento tenía que ser autorizado por las dos terceras partes. La modificación del 30 de diciembre indica que solamente el Presidente puede decidir la salida de los directores del BCV.

Adicionalmente, se incluyeron unos párrafos para indicar que el Banco Central “podrá hacer uso de sus facultades para suspender transitoriamente la publicación de información”.

Tras la decisión, el presidente de la AN, Henry Ramos Allup, en su cuenta de Twitter escribió que “antes de declarar la nulidad de la reforma parcial de Ley BCV, bufete judicial se reunió en sede TSJ con Nelson Merentes” y agregó que “al anular reforma de la Ley del BCV habrá más inflación y más desabastecimiento”.

¿Es inconstitucional la Ley de 2014?

Abogados consultados coinciden en que la sentencia del TSJ es contradictoria, porque de acuerdo con lo previsto en la decisión del máximo tribunal, la Ley del BCV de 2014 no cumpliría con la Constitución.

La Asamblea Nacional lo que hizo fue modificar algunos artículos de la Ley del BCV de 2015 y retomó los previstos en la Ley de 2014. La intención fue volver a tener el mismo marco legal que estuvo vigente hasta el pasado 29 de diciembre.

Los diputados realizaron ese cambio justamente considerando que los magistrados no echarían para atrás el texto, dado que era el mismo que Maduro aprobó hace más de un año. Pero sucedió lo contrario.

Basado en la decisión, el abogado, Antonio Canova, señala que “la Ley del BCV de 2014 sería inconstitucional”. El jurista, José Vicente Haro, complementa y apunta que “al declararse inconstitucional la reforma efectuada por la Asamblea Nacional, se esgrimen motivos para dudar de la Ley del BCV de noviembre de 2014”.

Haro añade que el contenido de la sentencia hasta “podría permitir que se presentaran solicitudes de nulidad de las actuaciones del BCV que estuvieron sustentadas con el marco legal de 2014”.

En esa reforma, el Gobierno modificó la composición de las reservas internacionales para incluir los yuanes (moneda china) así como diamantes y otras piedras preciosas.

Para los abogados la decisión es grave. Canova agrega que “evidencia las contradicciones del TSJ y queda más en entredicho” y Gustavo Linares Benzo, abogado, expresa que “el máximo tribunal está funcionando como una Asamblea Nacional paralela”.

Más opacidad

Con la medida del TSJ los venezolanos seguirán sin conocer la información sobre la variación de los precios y la escasez.

El BCV tiene un retraso en la divulgación de los datos. Este año no ha dado los resultados de inflación y la gestión de 2015 fue presentada de manera parcial.

La población por ahora sabe que la inflación del ejercicio pasado fue 180,9%, pero desconoce cuánto fue el desabastecimiento. Tampoco tiene detalles sobre el comportamiento de los sectores clave de la economía como la industria, la construcción y el comercio, que son los que generan más empleo.

Para José Guerra “se legaliza la falta de información y la inflación”.

Cómo el BCV financia el gasto e impulsa los precios 

La Ley del BCV en 15 años ha registrado seis cambios por peticiones del Gobierno.

Las exigencias al Central arrancaron en el 2000 cuando las autoridades solicitaron la entrega de ganancias cambiarias, lo que llevó a las revisiones del marco legal en 2001 y 2002. Pero las necesidades financieras del fisco en los ejercicios siguientes fueron mayores.

En 2004 el jefe de Estado solicitó un “millardito de dólares de las reservas” para financiar al sector agrícola, y aunque al principio el BCV se negó, en 2005 el Parlamento y el Gobierno acordaron cambiar el destino del aporte petrolero y crear un nuevo mecanismo de financiamiento de programas, y para ello, modificaron la Ley del Banco Central.

Luego en 2009  y 2010 se efectuaron ajustes para permitir al BCV financiar a Pdvsa y atender los requerimientos del Gobierno. Por estos cambios, el Banco fabrica bolívares para cubrir el déficit del sector público y ese dinero que se inyecta a la economía presiona los precios, por ello, los venezolanos sufren una inflación de casi 200%.

Posteriormente, en 2014 el texto se revisó vía Habilitante para incluir en las reservas internacionales diamantes, metales preciosos y otras monedas.

Foto: Cheché Díaz


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