TSJ permite a Maduro entregar el presupuesto de 2017 ante la Sala Constitucional

Aunque la Constitución indica que la Ley de Presupuesto debe ir a la AN, el máximo tribunal argumenta que el Parlamento está en desacato.

Caracas. En horas de la noche del pasado martes, el  Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió que el presupuesto nacional deberá ser presentado por el Presidente de la República ante la Sala Constitucional, de manera que el gasto de 2017 no irá al Parlamento.

La Constitución establece que la Ley de Presupuesto tiene que ser entregada a la Asamblea Nacional (AN) pero el TSJ ampara su fallo en la extensión del decreto de emergencia económica autorizado a mediados de septiembre.

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El máximo tribunal argumenta que hay “desacato del grupo mayoritario de diputados que actualmente integran la Asamblea Nacional, respecto de sentencias del TSJ y de la Constitución, así como también en el Estado de Excepción y Emergencia Económica”.

El presupuesto siempre ha sido una ley, pero los magistrados lo consideran decreto e indican que “el decreto de presupuesto nacional estará sujeto al control de la Sala Constitucional del TSJ, conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 336° de la Constitución”.

El jurista, Antonio Canova, afirma que “esta es otra estocada más contra la Asamblea Nacional. Es una decisión política que busca que el Ejecutivo gaste sin el control de la Asamblea”.

Esta sería la primera vez que la AN no revisaría un presupuesto nacional. El presidente de la Comisión de Finanzas, Alfonso Marquina, apuntó que desde 1861, el presupuesto ha sido avalado por el Parlamento y el abogado, José Vicente Haro, agregó que hasta en las dictaduras el gasto era supervisado por los diputados.

El gasto se consigna con el endeudamiento y si el Gobierno realiza emisiones, dichas colocaciones serán ilegales, señalaron los diputados. Haro reitera que “las nuevas emisiones serán nulas porque no tendrán el respaldo de la AN”.

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