Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la Ley Especial para Trabajadores a Domicilio

AN | Trabajadores

La ley crea una nueva relación entre trabajadores y patronos, haciendo responsables a estos últimos de pagar los gastos médicos en caso de un accidente laboral.

Caracas. La Asamblea Nacional (AN) aprobó este jueves en segunda discusión la Ley Especial para Trabajadoras y Trabajadores a Domicilio, un instrumento jurídico diseñado, según Jorge Rodríguez (PSUV), para “saldar una deuda del Parlamento”.

La ley crea un marco regulativo para las personas que trabajan en residencias produciendo bienes o prestando servicios, así como para los patronos que estos empleados puedan tener.

A nivel básico, la ley establece prohibiciones de discriminación para los trabajadores a domicilio basados en su raza, edad, sexo y religión, al mismo tiempo que prohíbe el desempeño laboral para cualquier persona de menos de 14 años de edad.

La legislación establece requisitos obligatorios al momento de contratar a un trabajador a domicilio, como la creación de un contrato que debe reflejar el inventario de medios del trabajador, el lugar escogido por el trabajador para desempeñarse y el tiempo de duración de la relación con el patrono, sea que se trate de una contratación temporal o permanente.

En relación con el pago, la ley señala que este se hará siguiendo la normativa expresada en la Ley Orgánica del Trabajo, incluyendo todos los beneficios salariales ahí establecidos, por lo que los patronos deberán cancelar el descanso semanal, los días feriados y las vacaciones de estos empleados.

Además, se establece una responsabilidad con los trabajadores en casos de accidentes laborales o enfermedades ocupacionales, por lo que los gastos médicos de esta naturaleza deben ser cancelados por las personas que contratan sus servicios o adquieren sus productos.

La nueva legislación crea la figura de unidades de inspección o supervisión, adscritas al Ministerio para el Proceso Social del Trabajo, las cuales capacitarán inspectores que, en caso de ser solicitados, revisarán las condiciones laborales.

Asimismo se establecen multas de entre 100 y 1000 veces el tipo de cambio más alto medido por el Banco Central de Venezuela, si se determina alguna falta por parte del empleador. En caso de reincidencia, se pagará la multa más el 50 % del monto cancelado anteriormente.

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