Averu rechazó designación de autoridades rectorales de la USB y calificó la decisión de arbitraria

Averu

La instancia que agrupa a los rectores de las universidades autónomas del país indicó que el Consejo Nacional de Universidades no tiene potestad para quitar o nombrar autoridades en las máximas casas de estudio. La rectora de la UDO, Milena Bravo, salvó su voto.

Cumaná. Para la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) la designación y remoción de las autoridades rectorales de la Universidad Simón Bolívar es un atropello que no tiene precedente en la institucionalidad democrática universitaria.

Tal apreciación quedó manifiesta en un comunicado público de la instancia nacional que agrupa a los rectores de las universidades nacionales y autónomas.

Tras el vacío generado por el fallecimiento del rector Enrique Planchart Rotundo, el 27 de julio de 2021, el Consejo Nacional de Universidades (CNU) en sesión extraordinaria virtual, realizada el pasado 16 de septiembre de 2021, designó al nuevo rector y a los vicerrectores académico y administrativo de la Universidad Simón Bolívar (USB), decisión que públicamente la Averu, califica de arbitraria, “toda vez que ese organismo no tiene competencia para remover y designar autoridades universitarias”.

En el comunicado oficial de Averu, los rectores de las universidades nacionales autónomas alertan cómo inexplicablemente en la sesión, se anunció que serían removidos los vicerrectores y se designó a los nuevos titulares vicerrectores académico y administrativo, cargos que no estaban vacantes.

En el texto se destaca que las tres autoridades designadas fueron propuestas por el ministro de Educación Universitaria.

Para Averu está designación de autoridades rectorales desconoce el mandato del artículo 10 de la Ley de Universidades, que establece que las universidades experimentales “gozarán de autonomía dentro de las condiciones especiales requeridas por la experimentación educativa”.

El organismo expresó su rechazo ante la intervención del Consejo Nacional de Universidades, sin tomar en cuenta lo dispuesto en el Decreto 755 de fecha del 18 de julio de 1995, el cual establece que “la autonomía administrativa mediante la cual la comunidad universitaria de la Universidad Simón Bolívar, a través del Consejo Directivo escoge y designa sus autoridades, asunto que sólo le concierne a las instituciones de educación superior”.

Voto salvado

Por considerar la decisión del CNU como nula por usurpación de atribuciones y omisión total del proceso legal, Milena Bravo, rectora de la Universidad de Oriente (UDO) salvó su voto en la decisión adoptada por el organismo.

La rectora de la UDO justificó su voto salvado bajo los términos de que “siempre es necesario insistir en la premisa del principio de legalidad establecido en el artículo 137 de la Constitución Nacional, como columna vertebral de la actividad del poder público”.

Bravo sostuvo que el CNU y el ministro de Educación Universitaria no tienen iniciativa legal para solicitar designación de vicerrectores, mucho menos cuando están en el ejercicio de sus cargos y nadie ha solicitado tales nombramientos.


Participa en la conversación