En Miranda solo se podrán comprar alimentos y productos básicos por terminal de cédula

La medida entra en vigencia desde este miércoles y, según la gobernación, se tomó debido al aumento de casos positivos de la COVID-19. Tendrá vigencia 30 días continuos contados a partir del miércoles 29 de julio de 2020 y puede ser prorrogada por recomendación de las autoridades en materia de salud.

Caracas. La Gobernación de Miranda estableció a través del decreto N° 2020-0100, que la compra de productos y bienes esenciales en el territorio mirandino se realizará de acuerdo con el último número de la cédula de identidad de cada ciudadano, para tratar de detener la escalada en el número de casos de COVID-19.

La información pubicada en Gaceta estadal indica que la medida se tomó debido al aumento de casos de personas que han sido diagnosticadas como positivos de coronavirus durante este mes. Tendrá vigencia 30 días continuos contados a partir del miércoles 29 de julio de 2020, que pueden ser prorrogados por recomendación de las autoridades en materia de salud.

Miranda contabiliza hasta este 27 de julio un total 1925 casos y ocupa el tercer lugar en el ránking de estados con más personas positivas. En el país ya hay 15.988 infectados y 146 fallecidos. Este estado es uno de los que se mantiene en cuarentena radical, establecida en el nivel uno, acompañado por otros seis: Caracas, Zulia, Sucre, Bolívar, Vargas y Táchira.

Para el acceso a los establecimientos será exigido de forma obligatoria el uso de la mascarilla y debe mantenerse el distanciamiento físico.

Los propietarios responsables de los locales comerciales deberán poner pancartas, carteleras u otro medio informativo con el cronograma establecido para la venta al público, según el decreto Nº 2020-0100 de fecha 28 de julio de 2020. Los días de compra, según terminal de cédula son los siguientes:

    • Lunes: 0 y 9
    • Martes: 1 y 8
    • Miércoles: 2 y 7
    • Jueves: 3 y 6
    • Viernes: 4 y 5
    • Sábado: 0, 1, 2, 8 y 9
    • Domingo: 3, 4, 5, 6 y 7

La compra de medicamentos queda exceptuada de esta disposición. En el texto de la normativa se menciona que el incumplimiento de estas medidas implicará multas y sanciones establecidas en la Ley de la Administración Pública del estado Bolivariano de Miranda.

Desde el inicio de la pandemia el pasado 13 de marzo se han adoptado otras medidas extraordinarias para mitigar el riesgo de propagación de la COVID-19, como la más reciente suspensión de la venta de licores que aplica a los establecimientos de licorerías, bares, cantinas, tascas, tabernas, hoteles, restaurantes, clubes nocturnos, entre otros.

Cabe destacar que no es la primera vez que se toma la medida de comprar por número de cédula en Venezuela. En 2015 se estableció esta modalidad cuando se agudizó la escasez de los productos básicos, que ocasionó largas filas de personas en los establecimientos para poder adquirir los alimentos.

Foto: Luis Morillo


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