Exoneración de impuestos a bienes importados está vigente hasta el 31 de diciembre con nuevos requisitos

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En el decreto quedaron exonerados códigos que tienen que ver con materias primas como abonos, alimentos, calzado, cauchos, colas y enzimas, hidrocarburos, herramientas, juguetes, madera y material eléctrico, metales, plástico, químicos, textil y confección, papel y cartón y pinturas, entre otros, según un documento del Ministerio de Economía y Finanzas y Comercio Exterior.

Caracas. La exoneración de impuestos a bienes importados se prorrogó de nuevo. Esta vez con un periodo más largo que estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de este año y con nuevos requisitos. Así lo establece la Gaceta Oficial N°. 6.697 con fecha del 1º de mayo en el decreto Nº 4.683.

El decreto que está en vigencia desde julio de 2018 ha sufrido varias modificaciones durante las prórrogas. En el último instrumento oficial se exoneran de estos impuestos 3223 códigos arancelarios, que son divididos en tres apéndices.

En un documento del Ministerio de Economía y Finanzas y Comercio Exterior, al que tuvo acceso Crónica.Uno, explican que en el primer apéndice están exonerados 2119 códigos arancelarios que tienen que ver con materias primas como abonos, alimentos, calzado, cauchos, colas y enzimas, hidrocarburos, herramientas, juguetes, madera y material eléctrico, metales, plástico, químicos, textil y confección, papel y cartón y pinturas, entre otros. 

El gobierno estableció nuevos requisitos para acceder a este beneficio que exonera los impuestos de importación, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la tasa por determinación del régimen aduanero a la importación de mercancías.

Por ejemplo, el artículo 6. señala que para gozar de los beneficios señalados en el capítulo II “De las Exoneraciones”, al momento de registrar su declaración, los beneficiarios deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, los recaudos siguientes:

  1. Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
  2. Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales.

En el segundo apéndice exoneran rubros del área de la salud para prevenir la COVID-19, como instrumentos de medida y precisión, productos farmacéuticos, material descartable, químicos, maquinaria y repuestos, jabones, radiografía, entre otros.

El artículo 5 establece que se exonera el impuesto de importación y el IVA a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las personas naturales o jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice III. “Esta exoneración está sujeta al “Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente (CNP o CPNI)”, emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industrias y Producción Nacional. 

“El importador deberá presentar junto a la respectiva declaración de Aduanas el correspondiente “Oficio de Exoneración” emanado del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat)”, fija el artículo 9.

En 2021 las importaciones aumentaron 14,3 %. Desde 2013 el indicador cerraba en negativo, solo en 2020 la contracción fue de 25,6 % y en 2019 de 29,1 %, según datos de FocusEconomics. Las exportaciones también se recuperaron el año pasado con 22 %.

Cuando se emitió este decreto, y en las extensiones que se dieron en años posteriores, el sector industrial lo rechazó por considerar que privilegiaba las importaciones de bienes terminados y no promovía la producción nacional. Sin embargo, en el último año el sector privado y el gobierno nacional han sostenido encuentros con más frecuencia para discutir medidas que beneficiaran a los productores locales. 

En el último año tras la presión de los productores locales a cada vez más bienes y materias primas se les ha retirado la exoneración. En este último decreto se le retiró a 1262 bienes de importación. 

Este 4 de mayo, por ejemplo, el presidente de la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria), se reunió con el ministro de Industrias y Producción Nacional, Juan Arias. “Un importante encuentro institucional para analizar políticas de apoyo dirigidas al sector industrial venezolano”, informó el gremio empresarial en Twitter.

Reforma del arancel de aduanas

En el decreto N° 4.684, publicado en Gaceta Oficial N° 6.698 con fecha del 2 de mayo, también se modificaron otros aranceles. Como por ejemplo, para el registro de vehículos, donde se establece la obligación de registrar ante el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) los vehículos importados por la Administración Pública a nombre del órgano importador, según el documento.

Los principales cambios que menciona el  ministerio están relacionados con los BK (Bienes de Capital) o BIT (Bienes de Informática y Telecomunicaciones). El organismo sostiene que para el desarrollo de BIT y BK “los Bienes de Capital ya se encontraban definidos en los artículos 8 y 10 del Arancel de Aduanas. Se traslada del Decreto de Exoneración al Arancel de Aduanas”.

En la modificación de la estructura arancelaria “Se disminuye el Arancel Externo Común (AEC) a materias primas y rubros sensibles a solicitudde los Ministerios competentes, industrias productoras y del Consejo Nacional de Economía Productiva (CNEP).


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