Expertos y activistas afirman que la justicia más que reformas legales requiere de aplicación de las normas existentes

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La Asamblea Nacional, en apenas dos sesiones, aprobó la modificación de cinco instrumentos y dio el visto bueno a la aprobación de otros dos, cuyo contenido no ha trascendido públicamente.

Caracas. La decisión de la Asamblea Nacional de modificar cinco leyes y aprobar otras dos dentro de la Revolución Judicial impulsada por Nicolás Maduro ha disparado las alarmas entre expertos y activistas de derechos humanos, quienes consideran que la justicia venezolana lo que necesita no son más modificaciones legales, sino la aplicación estricta de las vigentes, empezando por la propia Constitución de 1999.

“El Poder Judicial está secuestrado por Maduro y su cúpula. Con leyes viejas o nuevas, con o sin maquillaje legal, mientras no se escojan los jueces con transparencia y bajo los parámetros constitucionales y no haya investigación y sanción en materia de corrupción, los problemas estructurales se mantendrán y serán peores a mediano plazo”, afirmó Marino Alvarado, coordinador de Investigación del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea).

En similares términos se pronunció el exmagistrado de la Corte de Apelaciones de Caracas, Jesús Ollarves, quien tras calificar el anuncio del Parlamento de “tontería”, reclamó una verdadera reforma judicial que se enfoque en la selección de los funcionarios judiciales, en especial en su formación: “El Poder Judicial requiere que se capacite de forma adecuada a los jueces”.

El martes, la AN aprobó en primera discusión la reforma parcial de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, del Código Orgánico de Justicia Militar, de la Ley del Estatuto de Policía de Investigación, del Código Orgánico Procesal Penal y del Código Orgánico Penitenciario, así como de la Ley Orgánica de Habeas Corpus y otra de Transparencia. El jueves, de manera exprés, la plenaria ya aprobó las modificaciones de los cincos textos, sin tomar en consideración lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución, el cual ordena que se consulte públicamente a los sectores interesados sobre los cambios.

La propuesta fue presentada por el diputado oficialista Diosdado Cabello, quien no precisó cuáles aspectos de las normas existentes serían alterados. El jefe de la bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) se limitó a asegurar que las mismas buscan “adecuar al momento que estamos viviendo” los instrumentos y así “llegar hasta los huesos para solventar los problemas que aquejan al sistema judicial”.

La opacidad preocupa

El hecho de que los legisladores no hayan informado qué pretenden reformar de las leyes vigentes y el contenido de los nuevos textos alarman a organizaciones como Acceso a la Justicia, la cual monitorea el funcionamiento del Poder Judicial.

“Nos preocupa sobre todo la reforma del Código de Justicia Militar y del COPP, porque pueden facilitar la persecución y la represión”, afirmó el director de la agrupación, Alí Daniels.

Sin embargo, la opacidad no es el único asunto que preocupa a Acceso a la Justicia. “También nos inquieta que desde la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos saluden esta reforma que el Gobierno está haciendo y la cual solo abarca dos aspectos: la situación de los calabozos y el retardo procesal. Esta reforma no es integral y no toca el asunto central: la independencia judicial”, agregó.

Para Daniels una de las primeras medidas que las autoridades deberían adoptar para revertir la actual situación en la que están los tribunales y el Ministerio Público es aplicar el artículo 255 de la Constitución, el cual establece que todos los abogados que sean designados jueces y fiscales deben haber superado un concurso de oposición previamente.

Desde el año 2007 el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no ha celebrado un solo concurso y hoy más del 80 % de los 2200 jueces que hay en el país son provisorios, accidentales o temporales, es decir que pueden ser removidos de un momento a otro por el máximo juzgado, sin ningún tipo de procedimiento. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU han denunciado en los últimos años que esta situación representa una de las principales fallas de la justicia venezolana, porque hace que sus funcionarios sean vulnerables a presiones externas al momento de decidir.

Cambios y más cambios

Esta no es la primera vez que las autoridades apelan a las reformas legislativas para intentar solucionar problemas como el retardo procesal y la corrupción judicial. Así en las dos últimas décadas instrumentos como el COPP han sufrido al menos seis modificaciones, la última ocurrió en 2012 y fue ejecutada por el fallecido Hugo Chávez, a través de la Ley Habilitante.

En esta reforma se incorporó la figura de los delitos menos graves, es decir, aquellos castigados con menos de ocho de cárcel y que no conllevarían prisión. Para conocer de estos asuntos en la reforma se ordenó crear los tribunales municipales penales.

Sin embargo, una década después, todavía hay seis estados de país donde no hay uno solo. Así lo denunció Transparencia Venezuela, a través de una investigación publicada en su portal Suprema Injusticia, el cual monitorea el funcionamiento del Poder Judicial.  

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