FANB y Clap tendrán más poder para distribuir comida y controlar el orden público

comunas

A través del decreto de estado de excepción y emergencia económica se pueden establecer restricciones a las manifestaciones, señalan abogados consultados. La norma impone además otras limitaciones a la AN.

Caracas. Al presidente Nicolás Maduro no le bastaron dos Habilitantes y un decreto de emergencia económica, el pasado viernes autorizó otro decreto de estado de excepción y emergencia económica para dar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap) más poder para controlar el orden público e intervenir en la distribución de la comida.

El decreto publicado en la Gaceta Oficial No. 6.227 del 13 de mayo señala que se declara el estado de excepción y emergencia económica para adoptar “medidas oportunas excepcionales y extraordinarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a los bienes y servicios, disminuir los efectos de las circunstancias de orden natural que han afectado la generación eléctrica, el acceso a los alimentos y otros productos esenciales para la vida”.

Abogados consultados señalan que la norma viola la Constitución, porque el Gobierno usa la emergencia no solo para intervenir en el orden económico sino también en el orden político. Y apuntan que uno de los aspectos graves es que los consejos comunales, que están vinculados a los Clap, ahora estarán como autoridad y tendrán junto con los militares más injerencia en diversos ámbitos.

¿Cuáles son los puntos álgidos?

1. El decreto señala en dos aspectos que el Ejecutivo podrá “atribuir funciones de vigilancia y organización a los Clap, a los consejos comunales y demás organizaciones de base del poder popular conjuntamente con la FANB, Policía Nacional y cuerpos de policía estadal y municipal, para mantener el orden público y garantizar la seguridad y soberanía del país”, y además podrá dictar medidas y ejecutar planes especiales de seguridad pública “que garanticen el sostenimiento del orden público ante acciones desestabilizadoras que pretendan irrumpir en la vida interna del país o en las relaciones internacionales de éste y que permitan avances en la restitución de la paz pública”.

Para los juristas estos dos puntos podrían implicar mayores restricciones a las manifestaciones, a la participación en la vida pública. Juan Raffalli, abogado, comenta que “esa parte del decreto es muy abierta y permite ejercer cualquier tipo de limitación. Limitar más las manifestaciones, que la gente salga menos a la calle”. José Vicente Haro, también abogado, agrega que con esa norma se convierte al consejo comunal en una autoridad. “Van a coadyuvar a la FANB y la Policía en la contención de las protestas”.

2. Según el decreto, el Ejecutivo puede garantizar, mediante la intervención de la FANB y los órganos de seguridad, con la participación de los Clap, la correcta distribución y comercialización de alimentos y productos de primera necesidad.

Desde hace ocho años, el Gobierno regula la distribución de productos a través de las guías de movilización, pero con la emergencia económica el control aumenta. Haro explica que “aunque ya existe una intervención con las guías, con la norma los funcionarios tienen más poder en la distribución de alimentos. No es solo decir a dónde van los rubros, los funcionarios pueden ir en el camión”.

3. A través de la nueva norma se pueden adoptar medidas para que “el sector público asegure el apoyo del sector productivo privado en la producción, comercialización, y sana distribución de insumos y bienes que permitan satisfacer las necesidades de la población de conductas como el bachaqueo, el acaparamiento, la usura, el boicot, la alteración de precios, el contrabando de extracción y otros ilícitos económicos”.

Una vez más, Haro explica que ese aspecto del decreto puede dar pie a que “otra empresa privada opere la planta parada de otro privado. Y ese industrial está obligado a ejecutar la orden, no obstante, ello viola el derecho de la libre empresa”.

En las últimas semanas, el Presidente Maduro ha reiterado que “planta parada, planta tomada”. Este fin de semana expresó que “yo estoy listo, ministros, compañeros estoy listo para entregarle al poder comunal las plantas que haya parado cualquier pelucón en este país. Planta parada, planta entregada al pueblo”.

Otra parte del decreto añade que se podrán establecer “políticas de evaluación, seguimiento y control de la producción, distribución y comercialización de productos de primera necesidad”.

Los abogados indican que ese aspecto es similar al que existía en el anterior decreto de manera que el Estado puede ocupar centros de distribución, unidades de transporte, entre otros bienes.

[irp posts=”24706″ name=”10 claves para entender el decreto de estado de excepción”]

4.Ya mediante las reformas legales y las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, el Gobierno ha limitado las atribuciones de la Asamblea Nacional, en el decreto de estado de excepción se contemplan más restricciones a los diputados, quienes no pueden revisar los contratos de financiamiento y de explotación de recursos que firme la República ni sancionar a los ministros.

El texto en el quinto punto dice que la aprobación por parte del Ejecutivo de contratos de interés público para la obtención de recursos financieros, asesorías técnicas o aprovechamiento de recursos estratégicos para el desarrollo económico del país no serán sometidos a autorizaciones o aprobaciones de otros poderes públicos.

El séptimo punto indica que se suspende la ejecución de sanciones de carácter político contra las máximas autoridades y otros altos funcionarios cuando dichas sanciones “puedan obstaculizar la continuidad de la implementación de medidas económicas para la urgente reactivación de la economía nacional, el abastecimiento de bienes o vulnerar la seguridad de la Nación”.

En días pasados la AN aprobó un voto de censura contra el ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres, por no ir al Parlamento y dicha acción fue rebotada por el Gobierno.

[irp posts=”39166″ name=”Denuncias de las comunidades serán órdenes para que los Clap sancionen comercios y plantas”]

José Vicente Haro acota que esos dos aspectos incumplen con la Constitución, porque los contratos tienen que ser revisados por el Parlamento y la norma, además, irrespeta la responsabilidad política que puede autorizar la AN.

5. El decreto da pie a que la reducción de la jornada laboral para bajar al consumo eléctrico se extienda al sector privado, acción que por los momentos se aplica en el sector público. De acuerdo con la norma, se podrán implementar medidas “como el ajuste de la jornada laboral, tanto en el sector público como el privado, y la realización de estudios y contratación de asesoría para la recuperación de los ecosistemas involucrados en la generación hidroeléctrica del país”.

6. La normativa da mayor discrecionalidad al Estado en el manejo de los contratos y el dinero. Señala que se podrán determinar “rubros prioritarios para las compras del Estado, o categorías de éstos, y la asignación directa de divisas para su adquisición en aras de satisfacer las necesidades más urgentes de la población y la reactivación del aparato productivo”.

Para los juristas esa disposición implica saltarse la Ley de Contrataciones Públicas para efectuar contrataciones directas y tener más discrecionalidad en la administración de las divisas.

Foto: Cristian Hernández


Participa en la conversación