Este martes la AN de mayoría chavista aprobó los primeros 10 artículos de la Ley de Ciudades Comunales, una ley que no solo crearía una nueva división territorial sino que además transferiría potestades de alcaldías a estas nuevas estructuras compuestas por comunas.

Caracas. Los primeros 10 artículos que componen la Ley de Ciudades Comunales ya fueron aprobados por la Asamblea Nacional (AN) en la sesión ordinaria del pasado martes 22 de junio. Se trata de una ley que propone alteraciones profundas no solo a las ciudades y municipios, sino inclusive al propio Estado.

De acuerdo con el abogado constitucionalista, Juan Manuel Raffali, esta ley ataca y altera uno de los cuatro pilares fundamentales de la Constitución de la República y es por eso que resulta ilegal, ya que desde la vía legislativa no se puede realizar tal cambio a la estructura político territorial de la nación.

A continuación, analizaremos algunos puntos que se plantean en los primeros 10 artículos de la Ley de Ciudades Comunales y trataremos de responder algunas de las preguntas más comunes que pueden surgir.

¿Qué establecen los primeros artículos de la Ley de Ciudades Comunales?

En su artículo 1, la ley establece la promoción, constitución, organización, administración y funcionamiento de las Ciudades Comunales, una instancia territorial y política del sistema político de comunas que se ha ido estableciendo desde el gobierno de Nicolás Maduro.

¿Qué son las ciudades comunales?

El artículo 2, aprobado por la AN, define las ciudades comunales como una instancia creada por la iniciativa popular a través de la agregación de Comunas en un ámbito territorial determinado, es decir, que se trata de una agrupación de comunas que comparte una afinidad que puede ser cultural, histórica o geográfica.

¿Qué busca la ley?

En el artículo 4 de la ley se señala que el objetivo de la misma es facilitar la soberanía ejercida por los medios de participación política del pueblo venezolano, esto mientras se desarrollan mecanismos para que los servicios públicos sean descentralizados y transferidos a las ciudades comunales. De igual forma, se señala que se busca crear un sistema de toma de decisiones y administración de recursos integrado en distintos niveles por “las escalas de agregación comunal”.

¿Cómo se organizan las ciudades comunales?

En relación con la manera en la que se organizan las ciudades comunales, el artículo 5 establece que se hará a través de las diversas instancias del Poder Popular, destacando los consejos comunales y las comunas. Se menciona un sistema de administración descentralizada y desconcentrada, y de autogobierno. El artículo también menciona que el sistema debe ser democrático, pero hasta ahora no se ha definido en algún artículo cómo exactamente se elegirán las autoridades y cuáles serían sus competencias.

¿Cómo se conforma una ciudad comunal?

El artículo 8 de la ley establece que hay unos requisitos que se deben llevar a cabo para conformar una ciudad comunal, tales son: que exista una población permanente organizada en Consejos Comunales y Comunas; que exista un grado de sustentabilidad y sostenibilidad económica y ambiental; y una coincidencia de límites geográficos. Si estos requisitos se cumplen, se conformará una Comisión Promotora que será la encargada de promover la constitución de la ciudad comunal; coordinar la redacción de una Carta Fundacional; coordinar con los ministerios con competencia la creación de la ciudad comunal; y coordinar con el Consejo Nacional Electoral la realización de un referendo sobre la constitución de la ciudad comunal.

¿Administrarán recursos las ciudades comunales?

Sí. Como ya se señaló, el artículo 4 habla de cómo el Poder Público irá descentralizando y desconcentrando la gestión de los servicios públicos para transferirlos a las ciudades comunales. Además, el artículo 6 señala que estas manejarán recursos provenientes de subvenciones o asignaciones del Estado, además se les otorga competencia sobre: recursos procedentes de su patrimonio y bienes; recursos asignados a través del presupuesto público y a través de la Ley; ingresos adicionales al país que sean asignados; y excedentes generados a través de las empresas de propiedad comunal.

Para Juan Manuel Raffalli se trata de una ley ilegal

Para el abogado Juan Manuel Raffalli no existe duda alguna de que lo que la Ley de Ciudades Comunales busca es la “transformación de la Constitución” y eso lo hace alterando el funcionamiento directo del municipio, el cual calificó como “la base” en la que se construye el poder público nacional.

Esta ley transforma en consecuencia al Estado Venezolano porque atribuye funciones públicas al parlamento comunal y a esas comunas, no son una agregación comunitaria para interactuar con el poder público municipal, como ocurre por ejemplo en Francia, no, es que le das el poder público a esas instancias a costa de los municipios, explicó.

Raffalli insiste en que es “absolutamente ilegal” crear una nueva división político administrativa como la de las ciudades comunales y comenta que afecta directamente uno de los cuatro pilares que componen la Constitución.

La Constitución tiene cuerpos o pilares fundamentales: los derechos básicos o generales; organización del Poder Público; la constitución económica y la seguridad y defensa de la nación. Uno de esos pilares lo estás transformando vía legislativa y no puedes, porque es como si estuvieras reformando la Constitución, comentó.

Agregó que dado el grado de transformación que la Ley de Ciudades Comunales propone, esta no solo debería ser sometida a un referendo consultivo a la población, sino inclusive a un referendo aprobatorio. Raffalli va más allá y comenta que lo correcto sería que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) abortara este proyecto legislativo de una sola vez.

El TSJ debería anular la ley, no solo cuando esté promulgada, sino inclusive desde ya, cualquier ciudadano puede usar un amparo constitucional para pedir que eso sea abortado, que se ordene la suspensión de la discusión de una ley que amenaza la estructura del Estado”, dijo.

Adentrándose en lo político, Raffalli asomó la idea de que con las ciudades comunales se busca hacer a las alcaldías algo similar al secuestro de competencias que se le hizo a la AN en el año 2015, algo que, según él, podría estar enfocado en promover la abstención en las elecciones del 21 de noviembre.

No dejo de pensar que esto puede hacer que la gente diga ¿para qué voy a votar si igual se van a tomar las alcaldías y gobernaciones a través de las ciudades comunales? Es desestimular el voto, y en realidad es todo lo contrario, creo que mientras más apoyo popular tenga el municipio más difícil será sacarles las vísceras y dejarlos sin recursos”, comentó.


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