La licencia 31B, si bien elimina la autorización dada a Guaidó y sus funcionarios para movilizar fondos de la República en EE. UU., no declara que la AN2015 supla su representación como gobierno. El economista Francisco Rodríguez explicó que los cambios en las juntas ad hoc de Pdvsa y el BCV deben superar otros filtros: el Departamento de Estado o las cortes federales.

Caracas. La Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro estadounidense modificó la licencia general 31A, que data de enero de 2021, con lo que se elimina de facto el reconocimiento hacia el gobierno interino, que lideró el diputado Juan Guaidó entre 2019 y 2022.

La licencia general 31B, en cambio, ahora autoriza a ciertas transacciones que involucran a la IV legislatura de la Asamblea Nacional, controlada por la oposición y electa en diciembre de 2015 (AN2015).

El texto, sin embargo, no menciona explícitamente si, ante la eliminación del “interinato”, la AN2015 pasa a ser representante de la República reconocido por Estados Unidos (EE. UU.), lo que podría tener implicaciones en futuros juicios que se lleven a cabo en ese país y que involucran a activos venezolanos. Aquí las principales claves de la medida.

¿A quienes autoriza la licencia 31B?

La licencia autoriza a personas estadounidenses a realizar todas las transacciones prohibidas en la orden ejecutiva 13884 (de agosto 2019) solo si estas involucran a la AN2015, su Comisión Delegada, cualquier entidad establecida o bajo su dirección o cualquier otra persona mencionada o designada por estas.

También se autoriza a realizar transacciones prohibidas por la orden ejecutiva 13850 (de noviembre 2018) involucradas, además de con la AN2015 y su Comisión Delegada, con entidades de la AN al mando de juntas, juntas ad hoc u oficinas ejecutivas de una entidad del Gobierno de Venezuela. Aunque no aclaran quien representa a ese gobierno.

¿Por qué aún genera dudas?

El abogado constitucionalista y profesor universitario, José Ignacio Hernández, argumentó a Crónica.Uno que la licencia 31B “elimina la autorización al presidente encargado Juan Guaidó y los funcionarios por él designados”.

La nueva licencia 31B simplemente ajusta la licencia anterior (31A) a la eliminación de la presidencia encargada. En todo caso, es una condición favorable para que la Asamblea Nacional pueda actuar legalmente como el gobierno interino de Venezuela en EE. UU. Pero esta capacidad no es declarada ni deviene de la licencia 31B, que es más bien una decisión operativa, señala Hernández.

Mientras que el economista profesor de asuntos públicos e internacionales de la Universidad de Denver, Francisco Rodríguez, señaló que la licencia no hace mención alguna a legitimidad, sino que “solo desbloquea transacciones”, por lo que los representantes y juntas designadas por el gobierno interino de Guaidó “siguen siendo, en este momento, las facultadas para movilizar recursos venezolanos” en EE. UU.

¿La licencia autoriza a la AN2015 al designar nuevas juntas ad hoc?

Para el abogado José Ignacio Hernández, la licencia 31B no implica, en sí misma, el reconocimiento de la capacidad legal de la AN2015 para representar al gobierno de Venezuela en EE. UU. o, incluso, “para designar administradores en Citgo o disponer de los depósitos del BCV”.

El economista Rodríguez, a su vez, precisó que en el derecho internacional, en temas de representación, se cumple el criterio de que el actual representante o designado tiene las facultades hasta que se designe uno nuevo. Es decir, hasta que la AN2015 no nombre nuevas juntas del BCV o Pdvsa, EE. UU. sigue reconociendo a las nombradas por el gobierno interino.

La licencia 31B no es una autorización en sí para eventuales nuevas juntas, pero tampoco limita que la AN2015 las designe y asegura que, en caso de que esas juntas sean certificadas por el gobierno estadounidense o en sus cortes, puedan hacer transacciones.

La AN se auto-atribuyó, en contra de la Constitución, las competencias de la presidencia de la República para controlar activos externos, a través del consejo. En todo caso, para que el consejo pueda actuar en EE. UU., primero, el Gobierno de EE. UU. debe reconocer al Consejo o a la AN como la presidencia o el gobierno de la República. Esto no se ha hecho todavía, y de allí las dudas, señaló Hernández.

En 2016, a meses de iniciar su primer año legislativo, la AN2015 reformó la Ley del Banco Central de Venezuela y estableció, en su artículo 16, que corresponde al presidente de la República la designación del presidente del BCV y de cuatro miembros de su directorio. La AN, por su parte, designará los dos directores restantes mediante el voto de la mayoría de sus miembros. El cuestionado Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la declaró “inconstitucional” a los días.

¿Qué puede pasar con la junta ad hoc de Pdvsa?

En principio, el grupo mayoritario de Asamblea Nacional electa en 2015, al momento de eliminar por completo el gobierno interino, había decidido que en enero designaría una nueva junta directiva de Pdvsa y mantendría la del BCV.

No obstante, la decisión cambió tras la publicación de la licencia de la OFAC. La AN2015 detalló el 9 de enero, en un comunicado, que se mantiene la misma junta de administración ad hoc de Pdvsa, “cuyos miembros serán designados por el Consejo de Administración y Protección de Activos, previa autorización de la Asamblea Nacional”.

Comunicado de la AN2015 ante licencia 31B de la OFAC by Crónica Uno on Scribd

El economista Francisco Rodríguez explicó que la ley estadounidense contempla dos formas para determinar la legalidad de un nombramiento y que pueda movilizar cuentas de un gobierno: una mediante sentencia de cortes federales y otra a través de una certificación emitida por el Departamento de Estado, en consonancia con la sección 25B de la Ley de la Reserva Federal.

Hasta ahora, la única certificación relacionada con Venezuela es la emitida en enero de 2019, que autorizaba a Guaidó, su gobierno y representantes a “recibir y controlar ciertos bienes en cuentas del Gobierno de Venezuela o del Banco Central de Venezuela en el Banco de la Reserva Federal de Nueva York u otros bancos asegurados en EE.UU.”, por lo que cualquier nueva designación que haga la AN2015 debe contar con ese visto bueno.

¿Afecta a juicios pasados o futuros relacionados con los activos de Venezuela?

José Ignacio Hernández consideró que, al suprimirse la presidencia interina y no haber claridad sobre quién regenta esa vacante, las cortes estadounidenses pueden instar al Departamento de Estado a tomar una decisión al respecto.

En eso coincide Francisco Rodríguez, quien aseguró que las cortes no pondrían peros si se hubiese nombrado un nuevo presidente interino, pues ese nuevo gobierno sí estaría facultado para nombrar juntas directivas de empresas o entes, “pero eso se complica porque (Dinorah) Figuera no está asumiendo (la presidencia)”.

Creo que la corte muy posiblemente pregunte cuál es el gobierno reconocido, probablemente responda que ninguno y sobre la base de eso puede complicarse el reconocimiento de estas juntas por las cortes Internacionales, dijo el economista y también profesor universitario. 

¿Cuáles transacciones autoriza la licencia?

La orden ejecutiva 13884 señala que “todos los bienes e intereses en bienes que se encuentran en Estados Unidos (…)  están bloqueados y no pueden ser transferidos, pagados, exportados, retirados o tratados de otra manera”.

Desde entonces, la OFAC ha emitido una serie de licencias con autorizaciones explícitas para que personas o empresas estadounidenses operen o hagan transacciones que involucren a Venezuela.

Ejemplos son las que han recibido empresas venezolanas en el exterior como Citgo (principalmente para proteger sus acciones de los acreedores), Monómeros y las licencias que autorizan usos de dinero en cuentas de Pdvsa en EE. UU.

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