Milagros Betancourt: Fiscal de la CPI debe exigirle al Estado que víctimas participen en la investigación

Estatuto de Roma

La especialista en derecho internacional y negociadora por Venezuela del Estatuto de Roma que creó la CPI, señaló que este sábado 16 de abril el Estado debe “cooperar” con la investigación por crímenes de lesa humanidad, como está establecido en el Memorándum de Entendimiento que firmó con el fiscal de la CPI en diciembre. Calificó de positiva la anunciada apertura de la Oficina de la Corte en Venezuela. Y pidió exigir transparencia, autonomía e independencia en la investigación.

Caracas. Este sábado 16 de abril vence el plazo de tres meses que el fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, dio al Estado para que “coopere con la investigación” que abrió y de la cual fue notificado el 3 de noviembre, por crímenes de lesa humanidad en Venezuela.

“El fiscal ha decidido pasar a la siguiente fase (la investigación), no compartimos la decisión, pero la respetamos”, dijo Nicolás Maduro, junto con Karim Khan, tras la firma del Memorándum de Entendimiento, en un acto televisado.

“Cooperar” implica que el Estado debe cumplir con el artículo 18, numeral 2, del Estatuto de Roma, sobre la admisibilidad de la investigación. La norma establece que:

“El Estado podrá informar a la CPI que está llevando o ha llevado a cabo una investigación” sobre los “actos criminales que puedan constituir crímenes contemplados en el artículo 5. Y a los que se refiera la información proporcionada en la notificación a los Estados”.

Este paso preliminar sobre la admisibilidad puede definir el rumbo de la investigación de la CPI, la primera en el hemisferio occidental, sobre crímenes de funcionarios militares y policiales en las protestas de 5 meses en 2017, que dejaron más de 100 fallecidos y 2000 heridos. A esta se sumaron los asesinatos del exconcejal Fernando Albán (2018) y del capitán Rafael Acosta Arévalo (2019).

Y también puede decidir para qué servirá la apertura de la Oficina de la CPI en Venezuela, anunciada por el Fiscal Khan, el 31 de marzo pasado, ya con la “autorización concedida” para instalarla en Caracas. Al culminar la segunda visita al país, informó “avances concretos en el cumplimiento del Memorándum de Entendimiento”. Y precisó: “El Gobierno de Venezuela sigue opinando que no se cumplen las condiciones para abrir una investigación. Por eso me sigue pareciendo que dice mucho en su favor que se haya comprometido a fortalecer la cooperación con mi Fiscalía para que podamos averiguar la verdad”.

Ambos acontecimientos crean expectativas sobre la justicia penal internacional a centenares de víctimas de detenciones arbitrarias, asesinatos y torturas que no la encuentran en el país.

El fiscal Khan abrió la investigación luego de que su antecesora Fatou Bom Bensouda dejó constancia en el Examen Preliminar de “motivos razonables” para sospechar que hubo crímenes de lesa humanidad, durante el proceso que se inició en 2018.

Qué puede esperar el Fiscal de la CPI

“El 16 de abril pueden pasar dos cosas”, señala la abogada especialista en derecho internacional Milagros Betancourt, muy parca porque “no quiero especular”. “La primera, que el Gobierno presente lo requerido, y de esta forma el fiscal debe evaluar lo presentado. La segunda, que no lo presente, y en este caso queda en manos del fiscal y de la Sala de Cuestiones Preliminares tomar una decisión sobre el particular”.

Lo que sí enfatiza es que el fiscal Khan tiene un rol esencial por el que claman también un grupo de ONG convocadas por Acceso a la Justicia. “El fiscal tiene que exigirle al Estado dar todas las garantías necesarias para que las víctimas y testigos puedan participar en esta investigación”.

Betancourt conoce bien los caminos de la justicia internacional. Fue negociadora por la Cancillería de Venezuela del Estatuto de Roma en 1995, que creó la CPI, y en el cual países de Europa fueron clave. El tratado que entró en vigencia fue ratificado por más de 100 Estados, de los 193 que componen la Asamblea General de la ONU.

reinstitucionalización del Poder Judicial
Foto: cortesía HRW
Fiscal de la CPI y la Oficina en Venezuela

¿Para qué una Oficina de la CPI?

—La apertura de la Oficina es positiva, porque es necesario que se vea qué es lo que sucede en este país. Además, el fiscal es un inglés que desconoce la idiosincrasia venezolana, tiene una visión de la historia reciente, conoce los hechos porque están expresados en el informe de la exfiscal Bensouda, y dará opción a las víctimas de poder expresar su testimonio, lo mismo a los testigos.

Ahora, el fiscal tiene que exigirle al Estado dar todas las garantías necesarias para que las víctimas y testigos puedan participar en esta investigación. El fiscal como independiente tendrá una sede en algún lugar que le provea el Estado. Y no olvidemos que este es la contraparte.

¿Qué significación tiene la apertura de la Oficina de la CPI?

—Aquí hay una particularidad: en el texto del Examen Preliminar que hizo la exfiscal Bensouda y que le sirvió de base al fiscal Khan para abrir la investigación, están mencionadas algunas de las personas que están al frente del Estado. Esa línea tan delgada la debe cuidar el fiscal para garantizar la transparencia, autonomía e independencia. Pero además, de acuerdo con el artículo 54 del Estatuto de Roma, cuando se hace la investigación in situ como la hará aquí, el fiscal tiene que garantizar y proteger a las víctimas y a los testigos.

¿Esas garantías no están contempladas en el Memorándum?

—No, lo que allí se establece es que el Estado prestará la cooperación para que se haga la investigación. La CPI, por su parte, prestará cooperación para ayudar a fortalecer el sistema de justicia. Aunque no se dice expresamente, esa investigación debe realizarse ajustada a lo que dice el Estatuto de Roma. Lo que hay que tener presente es que la jurisdicción de la CPI es complementaria de las jurisdicciones domésticas, cuando estas no quieren o no pueden investigar, según el artículo 17. Este es el principio de complementariedad, la base del ejercicio de jurisdicción de la Corte Penal y de su existencia.

La prioridad de investigar

 ¿Cuáles son las funciones concretas de esa Oficina?

—En principio debe ser la de conducir la investigación, que es para lo que la ha anunciado el fiscal de la CPI. Hay un documento que la Asamblea General adoptó el 17 de noviembre de 2011, donde están los parámetros para abrir las Oficinas y qué funciones deben cumplir.

¿Por qué se decide abrir una Oficina en un país?

—Es una decisión de la Fiscalía de la CPI, con el aval del Estado. Cuando se abre es porque el fiscal considera que es más adecuado para realizar la investigación de una manera más eficiente, más eficaz. Así está previsto en el Estatuto de Roma. Es necesario que la Fiscalía conozca in situ lo que está ocurriendo en Venezuela, lo que ha pasado, y seguirá pasando si aquí no se resuelve el problema. Pero la instalación de la Oficina es un proceso en el que deben designarse las personas que se instalarán en el país.

¿En cuáles países se ha abierto una Oficina similar?

—No es la primera Oficina que se abre. Hay en Uganda, en el Congo y en la República Centro- Africana. El fiscal y su equipo siempre evalúan cuál es la mejor manera para conducir la investigación.

Confianza en el Fiscal de la CPI

¿Hay confianza en el fiscal y la Oficina de la CPI? 

—Hay mucha gente preocupada porque les parece que la Oficina del fiscal será para darle soporte al Estado con el tema de la reforma judicial; o que el fiscal tiene una actitud pro Estado, aunque él lo niega. A mí me resulta muy difícil imaginarme que una persona con la talla intelectual y la trayectoria que tiene el fiscal Khan vaya a botar por la borda no solamente su prestigio, sino la credibilidad y confianza de la CPI, por avalar el gobierno de Nicolás Maduro. Creo que el fiscal está haciendo su trabajo, como se dice, all the good, y está evaluando cuál es la mejor manera.

¿Podrá mejorarse esa percepción hacia el fiscal?

—Creo que hay que darle el beneficio de la duda. Con la señora Bensouda, los opinadores y la dirigencia política venezolana barrieron el piso. Literalmente. Y hasta querían recusarla cuando ni siquiera se había iniciado el proceso. Y ella calladita hizo su informe. También el fiscal Khan vino callado, y en la propia sede del Gobierno notificó la apertura de la investigación; él pudo hacerlo en La Haya y no lo hizo, sino de mutuo acuerdo. Eso no es cualquier cosa. Pero hay que exigirle al fiscal que debe ser transparente, autónomo en la investigación sobre la situación, y no solo cooperar con el Estado para que solucione el problema del Poder Judicial.

¿Es posible realizar una investigación, cuando violaciones de derechos se siguen cometiendo a pesar de haber una Oficina del Alto Comisionado?

—La Oficina debe investigar las denuncias que formuló la exfiscal Bensouda en su informe. Ella hizo exigencias al Estado y si este no cumple, el fiscal Khan tiene que evaluar si la Oficina continúa. Las Naciones Unidas no impone sanciones a esos efectos, sino que exhorta al Estado a cumplir. Pero no hay cómo obligarlo, lastimosamente. Esa esa es la pata coja del derecho internacional. Una vez que el fiscal instale la Oficina, verá cómo se desarrollan los acontecimientos, y si esto no avanza supongo que seguirá adelante desde La Haya.

¿Cómo garantizar que la Oficina pueda tener información adecuada y oportuna, cuando el Estado omitió información para el Programa Mundial de Alimentación, por ejemplo?

—Allí está el detalle. El fiscal tendrá que plantársele al Estado y decirle ‘usted me permite hacer la investigación como debe ser y proveer la información y el apoyo que necesito’, y debe incluir visitas a presos y a torturados.

Hay que considerar que en Venezuela hay otras cosas horribles que suceden, pero que no forman parte de la jurisdicción de la CPI. Lo que el fiscal investiga es la situación del país para determinar si los hechos ocurridos pueden ser calificados de crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma.

Cuando la exfiscal Bensouda abrió el Examen Preliminar en el 2018 lo hizo sobre la situación en Venezuela, a raíz de los hechos ocurridos en las protestas de 2017, y que luego se ampliaron.

Crímenes de la CPI no existen en la ley

El fiscal Khan dijo que si un país se pone a nivel del Estatuto de Roma, él se retira. ¿Cómo quedan entonces los crímenes cometidos?

—Aquí hay un tema muy importante y él lo sabe. En Venezuela, los crímenes de lesa humanidad no están tipificados en nuestro ordenamiento jurídico, no hay forma de juzgar a nadie por esos crímenes. Hay algunos abogados penalistas que dicen que se aplique de una vez el Estatuto de Roma, pero este lo que rige es el funcionamiento de la CPI, no el funcionamiento de las jurisdicciones internas. Por eso la gran mayoría de países han tenido que modificar leyes para incorporar crímenes, algunos han tenido que reformar sus constituciones, y algunos otros han modificado sus códigos penales. Nosotros no hemos hecho nada.

¿Y qué puede pasar?

—Ni siquiera hemos firmado el Acuerdo de Cooperación que está previsto en el Estatuto de Roma, pero ahora con la firma del Memorándum de Entendimiento de alguna manera se suplanta ese acuerdo. Supe que la nueva AN está elaborando una ley sobre delitos de lesa humanidad y genocidio, aunque no deben llamarse delitos sino crímenes. Y en caso de que se aprobaran las leyes penales, no se aplican retroactivamente.  Sin embargo, el fiscal tiene la obligación de cooperar y ver si hay posibilidad de que la jurisdicción interna funcione, Si esta no funciona, tiene que asumir. Y si funciona tiene que retirarse como él lo dijo. Pero creo que es difícil que se pueda retirar.

Usted dijo en una ocasión que el Estatuto de Roma que tanto costó hacer no puede ir al mismo ritmo de la diplomacia.  ¿Cuál es el ritmo actual?

—Es muy difícil decirlo. Esto es la fase previa de un juicio penal. En cualquier parte del mundo, como en Estados Unidos donde el sistema judicial funciona estupendamente, un juicio penal dura de cuatro a cinco años. Esto es un proceso de largo aliento y por eso veo positiva a la Oficina. Supe que la Fiscalía ha tenido muchas dificultades con el Examen Preliminar en Venezuela porque los idiomas de la CPI son inglés y francés. Todos los documentos que se han enviado están en español. Claro, cuando se inicia el juicio se conduce con un intérprete, pero los idiomas son aquellos, durante las negociaciones no se logró más sino eso.

fiscal de la CPI
Cortesía Proiuris
Perfeccionar el Estatuto de Roma

¿Qué importancia tiene el Estatuto de Roma en la coyuntura de guerra de Rusia-Ucrania?

—Allí está la importancia de la actuación del fiscal de la CPI. Hay que tener presente que, de acuerdo con el Estatuto de Roma y que es también una media pata coja, solo el fiscal tiene el monopolio de la acción penal, solamente él puede iniciar un proceso. Sin embargo, los Estados pueden participar, como fue en el caso de Venezuela en el que seis Estados remitieron la situación, en una actuación inédita. Creo que el fiscal Khan ha sido contundente al visitar a Ucrania, pues aunque Rusia no es parte, los hechos fueron cometidos en el territorio de un Estado parte. Él tiene jurisdicción y eso toma una gran importancia. Esperemos que sea lo suficientemente efectiva, como para ver si en el mundo hay una justicia que se puede aplicar.

¿El Estatuto de Roma debe perfeccionarse?

—Tiene algunas ambigüedades y es natural. Es un tratado internacional que fue producto de una negociación política en la que unos países estaban de acuerdo y otros no. Tuvimos que ensamblar cinco sistemas jurídicos distintos.

¿Cuáles son los aspectos que deben ser perfeccionados?

—Varios. El Estatuto de Roma tiene muy pocos plazos; el Examen Preliminar no tiene lapsos de duración: por ejemplo, el caso de Colombia tardó siete años. Sería interesante ponerle plazo a algunas de las actuaciones, porque no se debe eternizar la investigación. Es muy importante porque le das certeza a las víctimas de cuánto puede durar cada fase. También, perfeccionar el monopolio de la acción penal y darle mayor peso a la Sala de Cuestiones Preliminares. Y creo que es necesario modificar el tema de los idiomas. Si Naciones Unidas tiene seis idiomas oficiales, ¿por qué aquí fue restringido a dos? Eso fue producto de las negociaciones, pues si no era así no avanzaban. La última revisión se hizo en el 2011 cuando se definió el crimen de agresión, pero cambios hasta ahora no se han hecho.


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