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Justicia

ONG: Golpe de Estado no inició con dos sentencias, ni culminó con acto del Consejo de Defensa

By Redacción @cronicauno

April 01, 2017

50 organizaciones no gubernamentales suscribieron un comunicado para expresar que el Golpe de Estado al Parlamento no fue resuelto por el Gobierno ni el Tribunal Supremo de Justicia.

Caracas. El Consejo de Defensa de la Nación (CODENA), en horas de la madrugada del día 1 de abril de 2017, exhortó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a revisar las sentencias 155 y 156 promulgadas a fines de marzo. Lo decidido por el CODENA, actuando fuera de su competencia (art. 323 de la Constitución) al pronunciarse sobre ‘conflictos’ entre Poderes, demuestra una vez más la falta de independencia entre éstos, pues se dan instrucciones precisas sobre cómo debe actuar un Poder del Estado, en este caso, al Poder Judicial.

Por otra parte, bajo la insostenible tesis de la solución de una “controversia” entre el Ministerio Público y el Poder Judicial por el despojo de funciones al Legislativo, se emite un acuerdo en el que no participaron ni la Fiscal General ni el Presidente de la Asamblea Nacional, lo cual aumenta la fragilidad de este intento por aparentar que no estamos en presencia de un golpe de Estado.

Recordamos que el TSJ ha contribuido a la crisis nacional mediante una serie de sentencias (más de 50) que fracturaron de manera perjudicial el sistema democrático de nuestro país, al socavar de manera constante las funciones de la Asamblea Nacional y al atribuir poderes ilimitados al Ejecutivo; por lo que la grave crisis actual es el resultado de un golpe de Estado continuado mediante diversas actuaciones judiciales. En este sentido, el verdadero rescate del Estado de Derecho amerita el restablecimiento de todas las funciones de la Asamblea Nacional y el respeto total a la normativa establecida en la Constitución.

Cabe subrayar que, en respuesta a la exhortación del CODENA, el Presidente del TSJ leyó un comunicado ante el cuerpo diplomático en el cual, sin referirse en detalle a la usurpación de funciones consagrada por las sentencias 155 y 156, llama al órgano legislativo a “acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al Estado de Derecho”, con lo que sigue sosteniendo la tesis del desacato en la que fundamentan el despojo progresivo de todas las facultades a la Asamblea Nacional. Además, el presidente del TSJ, al terminar la lectura del comunicado, pidió que éste “sea divulgado por todo el país y, por supuesto, internacionalmente”, lo que evidencia que la principal preocupación al momento de realizar este acto sin precedentes con la representación diplomática acreditada en el país, es la percepción internacional, más que el restablecimiento del Estado de Derecho.

Las decisiones 155 y 156 no fueron sentencias judiciales sino actos políticos, al igual que las decisiones por las cuales se produce su modificación, lo que evidencia que la Sala Constitucional no actúa como garante de la Constitución sino como operador político de los intereses del Ejecutivo. La doctrina del órgano disciplinario judicial señala que el error judicial inexcusable es aquel que genera “una resolución esperpéntica, absurda, que rompa la armonía del orden jurídico” y que cause “un daño significativo”. Nada más dañino para la vida institucional de la República que una decisión del tribunal a cargo de interpretar la Constitución, que consagra la usurpación de funciones y la ruptura del hilo constitucional.

Rechazamos la simplificación de los graves hechos contra la Constitución al calificarlos como una “controversia” entre poderes y sostenemos que la restitución del Estado de Derecho no se solventa con la enmienda de dos sentencias, por lo que exigimos:

Entre las organizaciones firmantes destacan: Provea; Laboratorio de Paz; Espacio Público; Asamblea de Educación; Centro de Derechos Humanos de la Ucab; Funpaz; Avesa; Convite; FeminismoInc, Civilis Derechos Humanos y el Observatorio de Derechos Humanos de la ULA, entre otros.

Foto: Francisco Bruzco