La nueva unidad tributaria no podrá ser utilizada por otros órganos y entes públicos para determinar beneficios laborales, tasas y/o contribuciones especiales por los servicios que presten.

Caracas. El valor de la unidad tributaria (UT) aumentó de Bs. 0,40 a Bs. 9, según el más reciente ajuste de 2150 % hecho por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

La medida quedó establecida en la providencia administrativa N° 000031, suscrita el 13 de abril, que se publicó en la Gaceta Oficial N° 42.623 el pasado lunes, 8 de mayo.

El nuevo valor de la UT, asegura el Seniat, solo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de tributos nacionales recaudados y controlados por ese organismo, como el impuesto sobre la renta (ISLR).

Gaceta Oficial N° 42.623 by Crónica Uno on Scribd

La nueva unidad tributaria no podrá ser utilizada por otros órganos y entes públicos para determinar beneficios laborales, tasas y/o contribuciones especiales por los servicios que presten.

La medida, sin embargo, implica un ajuste en el monto que sirve como base para determinar quiénes deben declarar y pagar el ISLR: las personas dependientes con ingresos netos superiores a 9000 bolívares anuales (1000 UT) y las independientes con ingresos brutos de más de 13.500 bolívares (1500 UT).

Para la declaración de impuesto sobre la renta de este año, el monto mínimo de 1000 UT equivalía a tan solo 400 bolívares anuales, por lo que cualquier persona que devengara salario mínimo tenía la obligación de declarar (y pagar, si aplicaba).

 El asesor y consultor tributario, Camilo London, aseguró a Crónica.Uno que, ante la falta de ajuste del salario mínimo, la medida del Seniat podría beneficiar a las personas naturales de menores ingresos, que no tendrían que cumplir con la obligación del ISLR.

Más allá de eso, es poco el alcance que ahora tiene la unidad tributaria. El Código Orgánico Tributario (COT) fue reformado en 2020 por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y el cambio estableció que, para calcular multas y sanciones, ahora se pasaría a usar el tipo de cambio de la moneda de mayor valor.

A partir de allí, otros órganos y entes públicos han continuado esa tendencia tras una serie de reformas, entre ellas la de la ley de registros y notarías, para “anclar” los cálculos de tasas al valor del tipo de cambio (o del petro, como en el caso de pasaportes, apostillas y legalizaciones).


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