El abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli mantiene que las elecciones del pasado 20 de mayo de 2018 no pueden catalogarse como legítimas, de manera que tampoco puede hablarse de juramentación sino de una usurpación. Por su parte, el politólogo Benigno Alarcón señala que el 10-E no puede existir vacío de poder porque Maduro ocuparía el cargo de facto.

Caracas. El próximo 10 de enero (10-E) Nicolás Maduro será juramentado ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para lo que él asegura será el inicio de su segundo período presidencial, tesis que apoya el chavismo. Sin embargo, la oposición lo afronta de una forma distinta y varios voceros han señalado que se trataría de la usurpación del cargo de la Presidencia de la República. Esta postura fue reafirmada por el diputado Juan Guaidó en su primer discurso como presidente de la Asamblea Nacional (AN).

Se trata de una posición dividida en la que el grueso de la bancada opositora aún no se ha puesto de acuerdo sobre cómo denominarla. Grupos como Vente Venezuela, de María Corina Machado, aseguran que el 10-E ocurrirá un vacío de poder que debe ser resuelto por la AN y por su presidente, el cual debería encabezar un gobierno de transición en Venezuela. Esta propuesta es respaldada por el TSJ en el exilio, sin embargo, no tiene eco en la cabeza del Parlamento: Guaidó habla, más bien, de una usurpación de cargo que debe ser enfrentada con un órgano de transición.

Guaidó durante su primer discurso como presidente de la AN habló de la creación de un órgano para la transición. |  Foto: Luis Morillo

Lo cierto es que se trata de un hecho inédito en la historia de la República, el cual ni siquiera está previsto de forma textual dentro de la Constitución. No obstante, algunos juristas constitucionales señalan que la Carta Magna sí ofrece herramientas para lidiar con la situación.

Usurpación por falta de legitimidad de origen

La legitimidad de origen de un presidente se la otorga la victoria en las elecciones presidenciales en las que obtuvo el apoyo de la mayoría de los ciudadanos. Ahora bien, para el abogado Juan Manuel Raffalli, la elección del 20 de mayo de 2018 no puede ser considerada legítima al no haber cumplido con los estándares internacionales que harían que el proceso fuese reconocido. Por ese motivo, para él no hay duda de lo que ocurrirá el 10-E: la usurpación de la presidencia de la República.

Si se toma en cuenta que el 20 de mayo no hubo elecciones auténticas con estándares internacionales entonces no se puede hablar de un presidente electo. La Constitución prevé que haya un presidente electo y entonces no puede haber una juramentación porque el presidente [como figura] está ausente, explicó Raffalli.

El jurista añade que juramentar a un presidente sin legitimidad es negar la propia Constitución y que aparecen solo dos escenarios posibles: asimilar lo que establece el artículo 233, es decir, que el presidente está ausente y que asume el poder la Asamblea Nacional o “asumir que no hay presidente electo y entonces el presidente de la AN no puede asumir porque no hay una vacante sino una usurpación”. Entre estas variantes, el abogado constitucionalista apoya la segunda y dice que en ese caso la Constitución también traza la ruta de cómo proceder.

Al haber una usurpación de la presidencia se produce una ruptura del orden constitucional, la Constitución no se estaría cumpliendo por lo que debería aplicarse el artículo 333, el cual establece que los ciudadanos tienen el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia y de la democracia.

Esta postura, la de la usurpación del cargo, es compartida también por el abogado Juan Carlos Apitz, actual coordinador académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, quien apunta que desde el 10-E, todas las acciones que Maduro adelante como primer mandatario serían nulas, como lo señala la Constitución en su artículo 25.

En el artículo 25 de la Constitución se dice claramente que un cargo público ejercido por un usurpador tendrá como consecuencia que los actos y acciones sean nulos, además de que esos funcionarios y los que ejecuten los mandatos incurrirían en responsabilidad penal y civil, sostuvo.

En ese sentido, para Apitz es la AN la que debe buscar cómo “encauzar” la situación de crisis institucional.

Creo que la Asamblea Nacional debe darle cumplimiento a la Constitución y eso significa reconducir la situación para restablecer el orden constitucional. Mientras la presidencia sea ejercida por un usurpador, la AN tiene que hacer lo necesario para restablecer el orden, manifestó.

Maduro dependería cada vez más de la fuerza para seguir en el poder

La asunción de un segundo período presidencial por parte de Maduro el 10-E ocurrirá en un momento en el que importantes gobiernos del mundo han declarado que no lo reconocerán como jefe del Estado venezolano. Esta situación, a los ojos del politólogo Benigno Alarcón, hace pensar que podría generarse una radicalización a manos del mandatario, para quien será imperativo el uso de la fuerza a fin de mantenerse en el poder y silenciar cualquier tipo de crítica interna por su falta de legitimidad.

Benigno Alarcon | Foto: Luis Morillo

Creo que no le queda más remedio que radicalizar. Creo que al ser un gobierno que depende cada vez más del uso de la fuerza, es también un gobierno que va a tener una clara inclinación para reprimir cualquier tipo de intento de no reconocerlo. Será como Erdogan [en Turquía] que reprime todas las protestas, concluyó.


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