TSJ analizará la petición de Cabello para que sea indexada la condena a El Nacional

El Nacional- Espacio Público

Cabello inició el proceso contra El Nacional luego de que este, en 2015, replicara una serie de informaciones publicadas en el diario español ABC en las que, con el testimonio de Leamsy Salazar, su exescolta, se señalaba al parlamentario de estar vinculado con el narcotráfico.

Caracas. El diario El Nacional vuelve a estar en la mira del Poder Judicial. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció que revisará la petición que le formularon los abogados del diputado oficialista Diosdado Cabello para que indexe la condena, de 1000 millones de bolívares, que en 2018 un juzgado de primera instancia en lo civil le impuso al rotativo, por replicar informaciones de medios extranjeros que hablaban de los supuesto nexos con el narcotráfico del primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). 

La decisión la adoptó la Sala de Casación Civil, en su sentencia número 01, en la cual declaró “procedente” la petición de avocamiento que el pasado 29 de enero el penalista Alejandro Castillo le presentó, con objeto de que revise el monto de la condena, por “daño moral” que el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas le impuso a El Nacional hace casi tres años.  

“El ataque al sistema económico del país (…) concluyó en una forzosa devaluación de nuestra moneda” en los últimos años, la cual hace que el monto fijado originalmente sea “exiguo y no compensa en lo absoluto el daño en evidencia causado por los ilícitos actos que originan la demanda”, justificó el representante del parlamentario, según se lee en el fallo. 

La Sala, por su parte, consideró que en este caso se cumplían los extremos legales para revisar el asunto. El artículo 107 de la Ley Orgánica del TSJ autoriza al máximo juzgado a asumir el conocimiento de algún caso que se encuentre en un despacho inferior “solo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática”.   

¿Cuáles fueron los desórdenes y escandalosas violaciones que los magistrados vieron? “La Sala observa que se delata la violación del equilibrio procesal dada la afectación del solicitante en la ejecución del fallo, respecto a la actualización monetaria del monto condenado en sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de mayo de 2018, toda vez que no se ha corregido de manera adecuada la suma expresada a las circunstancias económicas actuales en virtud de la tardanza en el cumplimiento de la obligación, dado que el juez de instancia que lleva el caso, no ha dado cumplimiento a los parámetros específicos de la indexación establecidos legalmente, aunado al hecho de que conforme a lo señalado en la solicitud de avocamiento, antes transcrita, en el presente caso se pone en tela de juicio las garantías para la adecuada protección de los intereses del solicitante en obtener un justo resarcimiento ordenado por la sentencia definitivamente firme dictada en el presente juicio, situación esta de manifiesta injusticia y evidente error judicial, que genera una inminente confusión y desorden procesal ante la sociedad, por la indebida actuación de un juez de la República de primera instancia, lo que tiene incidencia directa con el interés público o social, al trastocar y poner en tela de juicio ante la comunidad, la legalidad e institucionalidad de las actuaciones de los funcionarios y órganos del Estado venezolano”, se lee en el fallo. 

La sentencia no se ha ejecutado porque los abogados de El Nacional la apelaron, aunque luego desistieron de esa acción.  

Más rápido imposible  

En el dictamen, el organismo rector del Poder Judicial también le ordenó al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de Caracas abstenerse de tomar cualquier decisión en este caso y le requirió que le envíe el expediente en las siguientes 48 horas a la notificación de su decisión, so pena de multarlo con hasta 200 unidades tributarias si no cumple sus instrucciones. 

Este fallo es el primero que emite la Sala de Casación Civil en lo que va de 2021. Esto, a pesar de que hace más de mes y medio que se celebró el Acto de Apertura de Actividades Judiciales, el cual marca el inicio oficial de las labores en los juzgados del país. 

Esta demora en sentenciar fue criticada por la organización Acceso a la Justicia, la cual consideró que la misma refuerza la desconfianza que los ciudadanos tienen en el Poder Judicial, la cual se viene expresando en la constante disminución de peticiones que el TSJ viene recibiendo. En 2017 recibió 4779 casos y el año pasado apenas 1446.  

Haciendo memoria 

Cabello inició el proceso contra El Nacional luego de que este, en 2015, replicara una serie de informaciones publicadas en el diario español ABC en las que, con el testimonio de Leamsy Salazar, su exescolta, se señalaba al parlamentario de estar vinculado con el narcotráfico. 

“Ya basta de que usen los medios de comunicación para destrozarle la vida a quien no les caiga bien y como medio de chantaje. ¡Que se haga justicia!”, dijo en ese momento el primer vicepresidente del PSUV, quien también actuó contra el diario Tal Cual y el portal La Patilla

La condena judicial, sin embargo, contradice el criterio fijado por la Relatoría Especial para Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual declaró: “La reproducción fiel de información no da lugar a responsabilidad, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona. Las bases de esta doctrina se encuentran en la necesidad de la libertad de expresión e información para la existencia de una sociedad democrática”.


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