TSJ declaró “nulidad absoluta” de estatuto de la transición reformado por la AN

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La Sala Constitucional, que acusa al Parlamento de estar en desacato desde 2016, declaró “írrito” todo acto que se haga “con el propósito de perpetuar, extender, continuar o prorrogar la investidura” de los parlamentarios electos en 2015. El recurso fue interpuesto por diputados que militaban en partidos opositores y algunos de ellos han sido sancionados por Estados Unidos.

Caracas. Tres horas después de que Maikel Moreno, presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), recibiera a un grupo de diputados de la Asamblea Nacional (AN) con un recurso en contra de la reforma del estatuto para la transición, la Sala Constitucional del TSJ declaró la “nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos” del instrumento aprobado por el Parlamento el pasado sábado.

En la sentencia N.° 0274 del 30 de diciembre de 2020, la Sala Constitucional afirma que el desconocimiento del proceso electoral del 6-D por parte del bloque opositor en la AN “es un acto de fuerza contrario al ordenamiento jurídico y al derecho internacional público”.

En ese sentido, el TSJ declaró “írrito y carente de validez y eficacia jurídica” cualquier acto que realicen los diputados de la AN “con el propósito de perpetuar, extender, continuar o prorrogar con la investidura” de los parlamentarios que fueron electos para el período legislativo 2016-2021.

El TSJ también ratificó en su decisión su desconocimiento a la Junta Directiva presidida por Juan Guaidó que fue instalada en enero de este año y ratificó que el órgano legislativo “se encuentra en desacato” desde 2016, por lo que sus actos “son absolutamente nulos”.

Entre los diputados que solicitaron la actuación del TSJ contra el estatuto aprobado por el Parlamento se encuentran Óscar Ronderos, José Antonio España, José Gregorio Aparicio, Franklyn Duarte, Arkiely Perfecto, Chaím Bucarán, Conrado Pérez, entre otros, todos exmilitantes de partidos opositores y algunos de ellos sancionados por Estados Unidos.

La Sala Constitucional también instó al Ministerio Público a investigar penalmente “la presunta materialización de conductas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley” al tiempo que ordenó a la Contraloría General “evaluar, determinar y cuantificar” supuestos daños materiales y patrimoniales “causados por las actuaciones de la Asamblea Nacional”.

Mediante el “Estatuto que rige la Transición a la Democracia”, los diputados opositores de la AN planean instalar una Comisión Delegada que asumiría funciones legislativas a partir del 6 de enero de 2021 y la extensión del mandato de Juan Guaidó como presidente encargado, todo por un año o hasta que se produzcan “elecciones libres o un hecho político sobrevenido”.

El TSJ instruyó a que los resultados de las investigaciones del Ministerio Público y la Contraloría determinen las “responsabilidades penales, civiles y administrativas que correspondan en las que hubieran incurrido los diputados” de la AN.


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