El TSJ llama a celebrar elecciones en la UCV en seis meses y establece un mecanismo electoral cuya suspensión fue solicitado a través de un recurso de nulidad en 2009 por parte de los rectores y decanos de 10 universidades. Para el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes esta decisión “es una clara violación a la autonomía universitaria.

Caracas. Para el secretario de la Universidad Central de Venezuela, Amalio Belmonte, el gobierno de Nicolás Maduro no gana las elecciones en esa casa de estudio, “salvo que utilice un mecanismo que prohíba que la gente vote libremente”. La sentencia 324 del Tribunal Supremo de Justicia de Nicolás Maduro publicada el 27 de agosto ordenó realizar elecciones de autoridades en la UCV en un plazo no mayor a seis meses según lo establece el fallo.

La Sala Constitucional establece un nuevo mecanismo electoral en que no se priorice el voto de ningún tipo de personal ni escalafón dentro de la comunidad universitaria. Además de estudiantes, profesores y egresados, obreros y empleados administrativos, también podrán votar.

Se trata de un decreto cautelar hasta que la sala resuelva en sentencia definitiva la demanda de nulidad interpuesta en 2009 por los rectores y decanos de 10 universidades contra el cardinal 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación, promulgada en agosto de 2009.

Impugnábamos parte del artículo de esa ley, sobre todo, lo que concierne al proceso electoral. Decíamos que le corresponde a una ley especial normal la vida universitaria, dijo Belmonte.

El artículo 34.3 señala que para elegir y nombrar autoridades se hará en “igualdad de condiciones”, donde profesores, estudiantes, personal administrativo, obreros y egresados podrán votar. Además, se debe elegir un consejo contralor conformado por los integrantes de la comunidad universitaria.

El TSJ llama a celebrar elecciones y contraviene al establecer reglas basadas en el artículo 34.3, cuya suspensión fue solicitada por la rectora de la UCV, Cecilia García Arocha hace 10 años. En 2011, por decisión de la Sala Electoral del TSJ, se prohibió la realización de elecciones universitarias, por lo que todas las autoridades tienen sus períodos vencidos.

Desde el punto de vista electoral no tienen cómo ganar las elecciones, están haciendo una especie de corporativismo electoral donde votan los empleados, obreros. Tienen la idea equivocada que si lo hacen así pueden ganar. Tienen miedo a que se exprese el juicio crítico de la academia, afirma Belmonte.

El fallo también suspende cautelarmente los artículos 31, 32 y 65 de la Ley de Universidades en cuanto a la forma de elección de las autoridades de las casas de estudio hasta tanto no se dicte sentencia definitiva.

Para el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes esta decisión es una clara violación a la autonomía universitaria, contemplada en el artículo 109 de la Constitución nacional, donde se establece que ‘las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley’. Siendo precisamente la Ley de Universidades el instrumento jurídico que consagra los criterios y parámetros de dicha autonomía.

Belmonte dijo que pedirán una solicitud de aclaratoria con respecto a los alcances de lo que dice la sentencia, se convocará a un consejo universitario extraordinario y se concertará una decisión. En su opinión, las autoridades deben reunirse antes del inicio de actividades académicas.

No vamos a dejar a las universidades solas. No vamos a renunciar y nos vamos a mantener en el cargo. Vamos a tomar la decisión lo más jurídica y correctamente posible. El brazo político del gobierno va contra todo aquello que tenga autonomía, afirmó Belmonte.

El fallo también establece que se proclamará candidato elector únicamente a quien haya resultado ganador en al menos tres de los cinco sectores electorales. Las elecciones se celebrarán con las comisiones electorales existentes, los profesores tendrán derecho a un voto indistintamente de su escalafón.

No es competencia del TSJ

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes emitió un comunicado en el que rechaza la sentencia y aclara: “No es competencia del TSJ, como lo son las elecciones universitarias, cuyas reglas y formas están establecidas en la Ley de Universidades y forman parte de la autonomía universitaria, consagrada en la Constitución nacional”.

El Observatorio menciona que constituye una irregularidad dictar sentencia en periodo de vacaciones judiciales. Además, destaca que el fallo contraviene el recurso de nulidad solicitado en 2009 y vulnera la autonomía universitaria.

Para la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (Apucv), esta sentencia es una respuesta descontextualizada, extemporánea y manipulada.

La única posibilidad de que se hagan elecciones es que sean de acuerdo con el 109 constitucional y los reglamentos de cada una de las universidades, no puede haber elecciones de cualquier otra forma, puntualizó Samuel Pérez, de la Apucv.

Por su parte, la Federación de Estudiantes Universitarios de la UCV, aseveró que la sentencia es ilegítima: “La universidad quiere elecciones, pero las quiere de acuerdo con lo que establece la Ley de Universidades”, dijo David Sosa, presidente de la FCU-UCV.


Participa en la conversación