El TSJ “ordena” a Curazao abstenerse de disponer de los bienes y activos del intervenido Banco del Orinoco

TSJ "ordena"

La Sala Constitucional también suspendió la resolución mediante la cual Sudeban prohibió al Banco Occidental de Descuento (BOD), propietario de la fallida institución, realizar nuevas inversiones o abrir nuevas sucursales bancarias dentro y fuera del país, entre otras cosas.

Caracas. Como si interpretar la Constitución, anular leyes y sentencias o designar autoridades de otros poderes no fueran suficientes, la Sala Constitucional  del TSJ se ha arrogado ahora la potestad de girarle instrucciones a las autoridades de otros países. Así le ordenó al Banco Central de Curazao y Saint Maarten que se “abstenga de ejecutar cualquier orden, requerimiento o instrucción que suponga enajenar, gravar o en cualquier forma afectar los títulos valores que integran el portafolio de inversiones” del intervenido Banco del Orinoco, N.V (BONV), hasta tanto no concluyan los juicios relacionados con la medida adoptada por las autoridades financieras de la isla caribeña contra la filial del Banco Occidental de Descuento (BOD).

El mandato lo adoptó la intérprete de la Carta Magna, al acordar la medida cautelar solicitada el pasado 16 de septiembre por un ciudadano chileno, identificado como Hugo Casanova Benavides; y por la empresa Lácteos y Cárnicos San Simón (Lacasica), clientes de la entidad, quienes consideraron que la medida adoptada a principios del mes pasado por las autoridades del territorio autónomo del Reino de los Países Bajos pone en riesgo sus ahorros. Desde el Banco Central curazoleño han anunciado sus intenciones de liquidar a la entidad perteneciente a Víctor Vargas.

En el fallo redactado por el magistrado Juan José Mendoza, presidente de la Sala Constitucional, la instancia detectó “hechos” que ponen “en riesgo el ejercicio del derecho de propiedad de los depositantes” del BONV y, por ello, consideró necesaria “la utilización de sus amplios poderes cautelares” para “ordenarle” también al Banco Central de Curazao que “haga público el llamamiento y facilitación de participación de los todos los titulares de las cuentas bancarias” en el proceso de liquidación de la entidad.

Las órdenes, no obstante, serán de difícil cumplimiento, por cuanto las decisiones del TSJ no tienen efectos más allá de las fronteras nacionales y en esta en particular no es un exhorto o una solicitud de cooperación entre los poderes judiciales de ambos países.

En los últimos meses desde el máximo juzgado se han realizado varios pronunciamientos exigiendo respeto a “los principios de independencia, autodeterminación y soberanía”. Sin embargo, el fallo va en dirección opuesta, pues gira instrucciones a las autoridades de un país soberano.

A Sudeban

La tercera y última orden contenida en el dictamen va dirigida contra la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), pues se anula la resolución número 047.19 que dictó ese organismo el pasado 10 de septiembre; dada la “inaplicabilidad, inejecutabilidad e inconstitucionalidad” de las decisiones del Banco Central de Curazao contra el BONV.

La resolución que quedó sin efecto prohibía al BOD, propietario de la intervenida entidad, realizar nuevas inversiones, decretar el pago de dividendos, captar fondos a plazo, abrir nuevas oficinas en el país o en el exterior, adquirir acciones de otros bancos, entre otras.

Por último, la Sala Constitucional informó de su decisión al grupo presidido por el banquero Víctor Vargas, al Ministerio Público, al defensor del Pueblo, a Sudeban, al Banco Central de Curazao y a los agentes custodios del BONV ubicados en Uruguay, Singapore y Suiza.


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