Mohannad Sijaa ejerció su derecho a réplica en Crónica Uno para exponer su versión del litigio por la custodia de sus hijos que sostuvo con su exesposa, Nagham Nasser, hace más de dos años. Alega que hubo imprecisiones en la cobertura previa y destaca que el TSJ dictó custodia compartida, en resguardo del interés superior del niño.
Caracas. Mohannad Sijaa, empresario residenciado en Apure, solicitó a Crónica Uno ejercer su derecho a réplica para presentar su versión sobre el proceso judicial que sostuvo con su exesposa, Nagham Nasser, por la custodia de sus tres hijos.
Afirma que parte de la información difundida sobre el caso contiene imprecisiones que, asegura, han perjudicado su imagen personal y la de su familia.
La petición se presenta en relación con dos publicaciones previas, entre 2022 y 2023, en las que se abordó el litigio con Nasser. Sijaa sostiene que algunos datos allí incluidos no reflejan fielmente su perspectiva y que, por ello, requiere que esta sea conocida con el mismo alcance.
En su comunicado, Sijaa indica que el divorcio, formalizado en febrero de 2022, “se llevó a cabo de forma consensuada y ajustada a derecho” y que, como parte de los acuerdos patrimoniales, Nasser recibió “un edificio de apartamentos en San Fernando de Apure, un vehículo y una pensión alimentaria mensual de 3000 dólares”.
Máxima instancia
Según su testimonio, tiempo después Nasser, con apoyo de familiares, interpuso una demanda por 5.200.000 dólares. Este nuevo litigio derivó en medidas judiciales que incluyeron la suspensión de su régimen de visitas y el embargo de bienes.
Alegó que “estas acciones tenían como finalidad presionarme para aceptar condiciones injustas”. Ante ello, acudió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que emitió una sentencia estableciendo un régimen de custodia compartida.
Sijaa indica que, posteriormente, Nasser transfirió la custodia de los menores a su padre mediante un tribunal de menores y que “desde hace dos años se encuentra fuera del país sin tener contacto con nuestros hijos”.
El comunicado añade que “Sijaa asegura que, pese a sus intentos por facilitar la comunicación entre la madre y sus hijos, ella ha permanecido en el exterior sin establecer diálogo alguno”.
En Venezuela, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna) establece que el “interés superior del niño” debe prevalecer en cualquier decisión judicial o administrativa que les afecte. Este principio implica garantizar su bienestar integral, la preservación de los vínculos familiares y el acceso a ambos padres, salvo que existan circunstancias que justifiquen una restricción.
El régimen de custodia compartida, como el que dictó el TSJ en este caso según la versión de Sijaa, busca que ambos progenitores participen de manera activa y equilibrada en la crianza y educación de los hijos. Asimismo, la Constitución nacional reconoce el derecho a la defensa y a la réplica, lo que permite que toda persona aludida en un medio pueda solicitar la publicación de su versión con igual difusión.
De acuerdo con su versión, estos elementos fueron omitidos o no detallados en la cobertura anterior, lo que —según argumenta— genera una percepción parcial sobre el desarrollo del caso.

Antecedentes públicos del caso
El asunto adquirió notoriedad pública el 8 de noviembre de 2022, cuando la ejecución de un amparo a favor de Sijaa —que ordenaba la entrega provisional de dos de los tres hijos— provocó una protesta frente al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Apure.
En la manifestación participaron figuras políticas locales —entre ellas Elizabeth Gimón de Piñate, esposa del entonces gobernador de Apure— quienes irrumpieron en la sede judicial para rechazar la decisión favorable a Sijaa, según reportó Crónica Uno en su momento.
Durante la protesta se produjeron daños en la infraestructura del tribunal, lo que llevó a su cierre inmediato. La sede permaneció inactiva por más de tres meses, hasta acumular más de 900 audiencias pendientes y afectando no solo el expediente de Sijaa, sino también otros procesos de protección de niñas, niños y adolescentes en la región.

El interés superior del niño, recogido en el artículo 78 de la Constitución y en el artículo 8 de la Lopnna, exige que este tipo de retrasos procesales se resuelvan con celeridad para evitar que los infantes resulten afectados en su desarrollo emocional, social y familiar.
En el comunicado, el comerciante denuncia que su contraparte “manipuló” el caso para despojarlo de sus bienes y utilizó a sus hijos como medio de presión.
“El ciudadano denunció que el caso fue manipulado con el fin de despojarlo de sus bienes, utilizando a los menores como instrumento de presión. Hoy, reclama que la verdad sea conocida y que se rectifique la información publicada, la cual, según él, distorsiona los hechos y afecta su integridad y la de sus hijos”.
En su solicitud de réplica, Sijaa pide que su versión sea difundida con el mismo alcance que la información anterior. Esta publicación recoge íntegramente sus declaraciones, así como la versión completa del comunido enviado, y se enmarca en el ejercicio de su derecho constitucional a ofrecer su versión de los hechos, conforme al artículo 58 de la Constitución nacional.
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