Los expolicías Juan Bautista Guevara, Rolando Guevara Pérez y Otoniel Guevara Pérez tienen 21 años privados de libertad, tras ser acusados del asesinado del fiscal Danilo Anderson, en 2006. Su familia ha denunciado un proceso penal viciado y torturas
Carcas. La defensa y familiares de los hermanos Guevara esperan la libertad inmediata de los tres expolicías, condenados en 2006 a prisión por el asesinato del fiscal Danilo Anderson, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenara este lunes al Estado venezolano su liberación.
La corte, que se pronunció finalmente luego de dos años estudiando el caso, dictaminó que el proceso penal por el que fueron condenados estos familiares fue “fraudulento” y que los Guevara fueron torturados y sometidos a desaparición forzada de corta duración.
“Se ordena al Estado dejar inmediatamente en libertad a los señores Juan Bautista Guevara, Rolando Guevara Pérez y Otoniel Guevara Pérez. Asimismo, el Estado debe adoptar, en un plazo de seis meses (…) todas las medidas necesarias en el derecho interno para dejar sin efecto las consecuencias de cualquier índole que se derivan del proceso penal”, exigió la CorteIDH en su fallo.
Esta instancia internacional remarcó la “evidente nulidad del proceso” y de su sentencia condenatoria, por cuanto pudo corroborar “la existencia de graves vicios procesales y la configuración de la cosa juzgada fraudulenta”.
Jaqueline Sandoval, abogada de los hermanos, aseguró a Crónica Uno que esperan que el “Estado venezolano respete y ejecute la sentencia dictada por el ente judicial internacional”, así como las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias de ONU, quienes solicitaron también la liberación de estos hombres.

Proceso viciado
La decisión de la CorteIDH determina que el proceso penal ejecutado por la justicia venezolana en contra de los Guevara violó garantías básicas de estos ciudadanos como los derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y a contar con decisiones debidamente motivadas.
Además, plantea que se presentaron y pagaron testigos falsos, que la Fiscalía manipuló el proceso y que en ello también intervinieron los órganos jurisdiccionales, lo que representa graves vicios en el proceso penal.
“Ellos están bajo la responsabilidad del juzgado 6to de Ejecución, donde se han negado desde 2011 a otorgar medidas alternativas de cumplimiento de la pena, e incluso se han negado a recibir peticiones de la defensa”,
explicó la abogada.
De acuerdo con el dictamen de la corte internacional, tras su detención en noviembre de 2004, Juan Bautista lo desaparecieron durante ocho días, y Rolando de Jesús y Otoniel José los desaparecieron durante tres días, un lapso que esta instancia califica como una “desaparición forzada de corto plazo”, pues en esos días las autoridades negaron su detención y no informaron a sus familias.
La sentencia expone que en los días de desaparición a los expolicías los sometieron a tortura física y psicológica, y detallan acciones como obligarlos a permanecer largas horas atados en vehículos, los llevaron a lugares donde los despojaron de sus ropas y golpeados en distintas partes del cuerpo.
También los asfixiaron con bolsas de plástico; recibir descargas eléctricas en distintas partes del cuerpo; los arrojaron sobre colchonetas mientras los agentes policiales se sentaban sobre sus espaldas, y los amenazaban con torturar y privar de la vida a sus familiares.

El caso
A los hermanos Rolando y Otoniel y su primo Juan Guevara, exfuncionarios policiales los condenaron en 2006 por el asesinato del fiscal Danilo Anderson.
Su abogada recordó que a Juan lo condenaron a 29 años y seis meses de prisión, mientras que Otoniel Guevara cumple una condena de 27 años y nueve meses, al igual que su hermano Rolando Guevara, sin recibir ninguno de los beneficios que estipulan las leyes, como la libertad condicional.
Estuvieron detenidos en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) del Helicoide, en Caracas, hasta el mes de agosto de 2025, cuando los trasladaron sin notificación y estuvieron en desaparición durante 70 días continuos.
Explicó que tras esta desaparición lograron ubicarlos en el centro penitenciario El Rodeo I, en donde les impusieron una suspensión de visitas por tres meses hasta la segunda semana de este mes de enero, cuando finalmente sus familiares pudieron verlos.
“Estaban con el cabello rapado y más delgados. Dijeron estar bien, pero físicamente los vimos desmejorados a través del vidrio y el teléfono por el que pudimos comunicarnos”, contó.
A los Guevara los sentenciaron, tras acusarlos de ser los autores materiales del homicidio del fiscal Danilo Anderson, registrado el 18 de noviembre de 2004 en la calle Vargas de Los Chaguaramos, cuando explotó el vehículo que manejaba.
Sandoval recordó que sus defendidos tienen medidas otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el mes de septiembre pasado, por considerar que su traslado fue un hecho irregular.
“Las medidas fueron otorgadas en septiembre y se ordenaba que le permitieran las visitas. En noviembre la misma CIDH consideró al Estado venezolano en desacato por no cumplir con lo ordenado”,
dijo.
El fallo ordena al Estado liberar a los tres hombres, dejar sin efectos la sentencia en todos los extremos y eliminar los registros públicos de los antecedentes penales, policiales y cualquier otro que se encuentren consignados con relación a la causa penal.
Lea también:
“Mi mamá no merece estar presa”, denuncia hija de la luchadora social Omaira Salazar

