Ley de Amnistía castiga con cinco años de cárcel al funcionario que la incumpla

tortura

El texto permite a los beneficiarios de la ley interponer acciones contra sus perseguidores y otorga 10 días para cerrar los casos de los amnistiados.

Juan Francisco Alonso

Caracas. Cinco años. Ese es el tiempo máximo que un juez, fiscal, carcelero, policía o militar podría terminar tras las rejas si se niega a liberar a alguna de las personas beneficiadas por la Ley de Amnistía.

La sanción está fijada en el artículo 26 del instrumento, que la noche del martes aprobó la mayoría opositora de la Asamblea Nacional y en el cual se establece: “Los funcionarios del Poder Judicial o del Ministerio Público que incurran injustificadamente en retardo u omisión de pronunciamiento oportuno y motivado o en alguna otra inobservancia de las normas previstas en los artículos anteriores, serán castigados con prisión de dos a cinco años. Con la misma pena serán castigados los funcionarios policiales, miembros de cuerpos de seguridad del Estado, integrantes de la Fuerza Armada Nacional y funcionarios del servicio penitenciario que se abstengan de dar inmediato cumplimiento a las órdenes de excarcelación dictadas por las autoridades competentes según lo dispuesto en esta Ley”.

Pero este no es el único castigo que prevé el instrumento, pues en el artículo previo, el 25, abre las puertas para que todas las personas amnistiadas puedan exigir que quienes las persiguieron y encarcelaron sean procesados.

“La amnistía decretada en esta Ley no es un obstáculo para la interposición de las denuncias, demandas o recursos destinados a establecer la responsabilidad penal, civil o administrativa de quienes hubieran incurrido en violaciones a Derechos Humanos al ejercer la persecución penal o al imponer sanciones o condenas contra personas beneficiadas por la amnistía. Tampoco impedirá que las personas naturales víctimas de hechos punibles comprendidos por la presente Ley interpongan acciones o recursos civiles para exigir reparaciones o indemnizaciones a las personas investigadas, imputadas, acusadas o condenadas en el proceso penal correspondiente”, se lee en la norma.

¿Por qué esto? La propia exposición de motivos de la Ley lo responde: “En el país existe un debate en la actualidad en torno a la independencia de la administración de justicia y muchos venezolanos sostienen, con buenas razones, que las imputaciones, juicios o condenas relacionados con los delitos objeto de esta amnistía responden a una persecución política”.

De la misma manera el texto plantea la creación de una comisión especial para impulsar la reconciliación y deja en manos de esta instancia la posibilidad de que se cree una Comisión de la Verdad para investigar las violaciones a los Derechos Humanos cometidas desde 1999.

¿Para cuándo las liberaciones?

Una vez aprobado el texto buena parte de los venezolanos se preguntan cuándo Leopoldo López, Antonio Ledezma, Daniel Ceballos, Manuel Rosales, Lorent Saleh, Rosmit Mantilla o la suspendida jueza María Lourdes Afiuni serán liberados.

Esto dependerá de las acciones que el Ejecutivo adopte, en particular si acude al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitarle revise la constitucionalidad del instrumento. Sin embargo, el artículo 22 de la Ley establece que una vez que entre en vigor el Ministerio Público tiene diez días continuos para solicitarle a los tribunales que cierren los casos que están en fase de investigación, por ejemplo lo más de mil que tiene abiertos contra quienes participaron en las protestas de 2014; luego los diferentes tribunales tendrán el mismo lapso para tomar la decisión.

En el caso de los casos que ya están en juicio los jueces tienen 10 días para cerrarlos, sin que nadie se lo pida, lo mismo tendrá que hacer la Sala Penal del TSJ con los casos que estén analizando de alzada.

Y en aquellos casos donde ya haya condena, como el de Leopoldo López, los tribunales declararán la extinción de la pena en un lapso no mayor de 10 días e inmediatamente ordenará la liberación del condenado.

Para agilizar los procesos los beneficiarios podrán solicitar que se les aplique la ley, sin importar si están a derecho o si se encuentran evadidos de la justicia.

Foto: Cristian Hernández


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