Estados Unidos autorizó una flexibilización de sanciones al BCV y bancos públicos venezolanos mediante la Licencia General 57. La medida permite operaciones financieras específicas con entidades estadounidenses y amplía el alcance de transacciones autorizadas.
Caracas. El gobierno de Estados Unidos (EE. UU.), a través del Departamento del Tesoro, autorizó este martes, 14 de abril, una flexibilización de las sanciones que pesaban sobre el Banco Central de Venezuela (BCV) y otros bancos del sistema público, mediante una licencia que habilita determinadas operaciones financieras con entidades estadounidenses.
La medida representa un alivio parcial del régimen de restricciones, más que un levantamiento total de las sanciones. Se trata de una medida de carácter financiero y regulatorio que modifica el estatus de restricción sobre determinadas entidades bancarias venezolanas bajo jurisdicción estadounidense, lo que afecta su capacidad de operar con el sistema financiero de ese país.
El hecho se enmarca en un ajuste del régimen de sanciones vigente, un conjunto de medidas económicas impuestas por EE. UU. a entidades y funcionarios de otros países, y no implica el levantamiento total del esquema sancionatorio sobre Venezuela, sino la autorización de operaciones específicas bajo una licencia general.
Cabe recordar que el 17 de abril de 2019 el BCV fue incluido oficialmente en la ‘lista negra’ de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), la agencia del Departamento del Tesoro encargada de administrar sanciones económicas. Esta disposición congeló todos los activos del ente emisor bajo jurisdicción estadounidense e inhabilitó cualquier transacción comercial entre la institución y ciudadanos o empresas de ese país.
La Orden Ejecutiva 13.850 también incluyó a los bancos de Venezuela, Bicentenario y del Tesoro, tras ser señalados por EE. UU. como piezas clave en el soporte económico del gobierno de Nicolás Maduro.
En este contexto, la medida anunciada representa una modificación parcial del alcance de esas restricciones previas, al habilitar determinadas operaciones financieras previamente limitadas, aunque sin eliminar completamente el régimen de sanciones existente.

Autorización de transacciones
Mediante la Licencia General Nº 57, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos informó que el BCV y los bancos de Venezuela (BDV), Digital de los Trabajadores (BDT) y Tesoro (BT) podrán realizar transacciones de servicios financieros con entidades bancarias estadounidenses.
El gobierno norteamericano, al referirse a servicios financieros, incluye el mantenimiento, la operación o el cierre de cuentas; préstamos; transferencias de fondos y servicios bancarios. Asimismo, la licencia autoriza todas las transacciones que involucren al Gobierno de Venezuela que, de otro modo, estaban prohibidas por la Orden Ejecutiva 13.884.
El permiso también contempla la prestación de servicios de transferencia de dinero; cobro; presentación; promesa; orden; consignación; aceptación de depósitos; seguros; garantías; retiros de efectivo; servicios de cheques y transferencias de la Cámara de Compensación Automatizada (ACH), un sistema electrónico utilizado para procesar pagos y transferencias bancarias en Estados Unidos.
Igualmente, quedan autorizadas operaciones con tarjetas de débito, tarjetas prepagadas, transacciones en cajeros automáticos y cualquier otro pago, según lo definido en el Artículo 3-602 del Código Comercial Uniforme de los Estados Unidos, así como la emisión y uso de tarjetas de pago y billeteras digitales, herramientas tecnológicas que permiten realizar transacciones sin dinero físico.
La enumeración de estos servicios refleja el alcance técnico de la licencia, que abarca tanto operaciones bancarias tradicionales como mecanismos de pago digitales y automatizados utilizados en la banca moderna.

Bancos corresponsales
La licencia de la OFAC además autoriza todas aquellas operaciones de cambio de divisas; servicios bancarios, de pago y de cuentas corresponsales denominados en dólares estadounidenses, cuentas que permiten a bancos de distintos países operar entre sí en esa moneda; así como servicios relacionados con el cobro, envío, procesamiento o recepción de fondos o remesas.
También contempla servicios vinculados con el procesamiento o recepción de salarios, pensiones, anualidades, nóminas y otros pagos o beneficios laborales, transferencias periódicas asociadas a ingresos o prestaciones sociales.
Las transferencias de fondos enviados desde el exterior a través de dinero móvil, billeteras móviles, cuentas bancarias digitales, tarjetas de crédito, tarjetas de débito, pagos en línea u otra tecnología digital, a partir de este 14 de abril, ya están permitidas nuevamente en Venezuela.

Por otra parte, la autorización de la OFAC permite al BCV y al sistema de banca pública venezolana ejecutar servicios y tecnologías relacionados con la seguridad, la prevención del fraude, la verificación, la autenticación, la ciberseguridad y la seguridad, áreas vinculadas a la protección de datos y transacciones financieras digitales.
Además de inversiones y transacciones con títulos valores, activos financieros negociables, y futuros u opciones sobre materias primas, instrumentos utilizados en mercados bursátiles y de cobertura de riesgo.
Con esta medida, la Bolsa de Valores de Caracas, principal entidad del mercado bursátil venezolano, tendrá la posibilidad de realizar emisiones en moneda extranjera, lo que dejaría a un lado la indexación diaria, mecanismo mediante el cual los valores se ajustan de forma frecuente según la variación del tipo de cambio.

Cuestión de confianza
Del mismo modo, las instituciones financieras estadounidenses que procesan transacciones autorizadas “pueden confiar en el originador o el beneficiario de una transferencia de fondos con respecto al cumplimiento de esta licencia general, siempre que la institución financiera que procesa la transacción no sepa ni tenga motivos para saber que la transacción no cumple con esta licencia general”.
Luego de conocerse la decisión tomada por el gobierno de EE. UU. a favor del BCV y otros bancos locales, la presidenta encargada de la República, Delcy Rodríguez, planteó la necesidad de suspender las sanciones aplicadas al país para permitir la ejecución de inversiones en los distintos sectores de la economía nacional.
La funcionaria sostuvo que el esquema actual de licencias no ofrece las garantías jurídicas requeridas para la planificación de actividades económicas por períodos prolongados, es decir, marcos estables que permitan decisiones de inversión a largo plazo.
Rodríguez indicó que tanto Venezuela como EE. UU. poseen la capacidad para establecer relaciones de cooperación en materia energética y económica.

Respaldo a la medida
El economista y consultor empresarial Asdrúbal Oliveros asegura que la licencia general 57 implica un avance significativo que tendrá beneficios para la economía nacional y el sistema cambiario.
En un video publicado en su cuenta de la red social Instagram, el especialista explicó que la medida flexibiliza sanciones sobre todo el sistema financiero público, lo que permitirá que más bancos participen en la asignación de divisas y amplíen la profundidad del mercado cambiario, entendido como la capacidad del sistema para ofrecer mayor volumen y diversidad de operaciones en moneda extranjera.
El experto destacó que la licencia habilita no solo operaciones mediante tarjetas prepagadas, sino también transferencias y, en un futuro, transacciones en efectivo o pagos internacionales.
A pesar de los beneficios prácticos inmediatos para la operatividad de la economía nacional, Oliveros advirtió que la flexibilización no resuelve los desequilibrios estructurales de la economía venezolana, referidos a problemas de fondo como inflación, restricciones fiscales y distorsiones cambiarias.
“Para que el mercado funcione con mayor estabilidad es indispensable avanzar en la consolidación fiscal y rediseñar el mecanismo de subastas y la formación de la tasa de cambio”, recalcó.
Por su parte, el economista y profesor de la Universidad Metropolitana, Hermes Pérez, consideró que la licencia 57 favorece al BCV, pues le permitirá retomar sus operaciones internacionales a través del sistema Swift, red global de mensajería financiera utilizada por bancos para transferencias internacionales, y reconectarse con el sistema bancario mundial.
“Es una medida útil que deberá tener un impacto favorables en el mercado cambiario”, dijo.
Aun así, ambos especialistas coincidieron en que el impacto final de la medida dependerá de su implementación práctica y del alcance real de las operaciones autorizadas dentro del sistema financiero venezolano.
Lea también:
Criptoactivos se afianzan como protección financiera y medio de pago habitual en Venezuela

