ANC se despidió limitando funciones legislativas de la Asamblea Nacional electa el 6-D

ANC

La instancia aprobó una “ley” que mantiene la vigencia de sus actos normativos y que impide a la AN electa el 6 de diciembre modificarlos, sin el respaldo del dos tercios de la cámara controlada en 90 % por el chavismo.

Caracas. Luego de tres años de controversial funcionamiento, en los que no cumplió con su función constitucional de elaborar una nueva carta magna, la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC) culminó su labor este viernes de la misma forma como la empezó, sin cumplir sus obligaciones constitucionales y limitando las funciones legislativas del Parlamento surgido de las cuestionadas elecciones del pasado 6 de diciembre.

En su última sesión, la cuestionada instancia aprobó la “ley constitucional que regula la vigencia de los actos emanados de la ANC” que en su artículo 2 indica que las “leyes constitucionales” aprobadas por esa instancia –un término que no aparece en la Constitución– mantendrán su vigencia luego del cese de la ANC.

Su modificación, establece esta norma, solo puede partir de tres vías: con la iniciativa de 15 % de los ciudadanos inscritos en Registro Civil y Electoral, con 30 % de los integrantes de la AN o con ese mismo porcentaje dentro del consejo de ministros del presidente. Si se consigue esto la modificación será enviada al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie sobre su constitucionalidad y solo entonces la propuesta podría someterse a la aprobación del Parlamento escogido el 6-D, donde debe obtener el apoyo de las dos terceras partes. Las fuerzas del Gran Polo Patriótico (GPP) obtuvieron más de 90 % de los escaños en los comicios de diciembre.

Especial relevancia se le dio en esta norma de 6 artículos a la llamada “ley antibloqueo” que será “de aplicación preferente a cualquier acto normativo emanado” de la ANC. Esta última “ley” ha sido cuestionada por varios juristas por considerar que vulnera principios constitucionales como la separación de poderes, el control legislativo sobre el Ejecutivo y el artículo 57 de la carta magna, que prohíbe la censura a funcionarios públicos para dar cuenta de los asuntos bajo su responsabilidad. El texto le otorga funciones legislativas a Nicolás Maduro e incluso limita el poder de órganos como el Ministerio Público y los tribunales frente al Ejecutivo.

De acuerdo con lo dicho por el presidente de esa instancia, Diosdado Cabello, la norma aprobada este viernes tiene como objetivo “no dejar cabos sueltos” sobre lo aprobado por ese cuerpo. El abogado Hermann Escarrá, integrante de la instancia, dio un discurso en el que indicó que el objetivo de estas medidas es “defender el conjunto de leyes, decretos, incluso actos constituyentes” de esa instancia.

La cuestionada AN surgida del 6-D tampoco podrá modificar los decretos si así no lo quieren los integrantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Se requiere la aprobación de dos terceras partes de ese cuerpo para modificar estos actos. Ecarrá, quien ha sido uno de los asesores jurídicos del gobierno de Maduro, aseguró que el nuevo instrumento era un “clamor y solicitud de los más diversos sectores que tenían inquietud con las leyes constitucionales, actos constituyentes y decretos constitucionales”. Sobre las “leyes constitucionales”, inexistentes en la carta magna, Escarrá argumentó que “a la revolución le ha tocado innovar”.

El discurso de cierre correspondió a Nicolás Maduro, quien le pidió al presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno, que haga una “interpretación” sobre lo aprobado este viernes. “Sería muy bueno que la Sala Constitucional del TSJ hiciera una interpretación y dejara la interpretación del tema de los decretos constituyentes, del rango de las leyes constitucionales y de lo que hoy se ha aprobado y de los mecanismos para reformar una ley constitucional”. El mandatario también aseveró que en el primer trimestre de 2021 la AN electa el 6D va a aprobar una “ley del parlamento comunal”. Dirigiéndose luego a la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Indira Alfonzo, agregó:  “Se va a convocar a elecciones generales para el parlamento comunal”, aunque no dio más detalles.

Abogados, diputados opositores y hasta disidentes del chavismo denunciaron que la “ley antibloqueo” pretende ser usada para un proceso de privatización contrario a lo establecido en la Constitución y las leyes. Quizás las inquietudes a las que se refiere Escarrá estén relacionadas con advertencias hechas por juristas, como el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli, quien expresó que los inversionistas que decidan usar estos esquemas podrían perder sus capitales en un cambio de gobierno.

La actual AN, por su parte, aprobó un acuerdo en el que advierte a toda “persona, natural o jurídica, que realice acuerdos o negociaciones al amparo de este instrumento paralegal”, que podría estar incursa en al menos cinco delitos: lesa patria, asociación para delinquir, aprovechamiento de bienes provenientes del delito, peculado de uso y doloso y aprovechamiento indebido de bienes públicos.

Inconstitucional desde su origen

El pasado miércoles, Cabello presentó un “balance de gestión” en el que destacó que la ANC “llegó imponiendo la paz” en el país. Nicolás Maduro añadió este viernes que esta cumplió su función ante lo que consideró el intento del Poder Legislativo de derrocarlo. Aseguró que absolutamente todos los opositores dentro del Legislativo se fueron al “campo de la violencia” y que la ANC “nos sacó de las puertas de una guerra civil”.

Admitió que esta instancia nunca tuvo el objetivo de cumplir con su obligación de sancionar un texto constitucional: “Esta ANC no fue convocada jamás para hacer una nueva Constitución, lo tuvimos claro. Aunque en un momento dado surgió como opción, por propuestas de algunos de ustedes. Esta constituyente fue convocada para ganar la paz”. Sin embargo, a juzgar por su labor, esta instancia agudizó la crisis institucional e incrementó los cuestionamientos al gobierno de Maduro dentro y fuera de Venezuela.

Cabello precisó que la institución que presidió aprobó 14 “leyes constitucionales”, 98 decretos, 84 acuerdos y “236 actos para concretar la paz”. La oposición y organizaciones de la sociedad civil denunciaron que esta instancia usurpó la facultad legislativa del Parlamento y que muchas de estas “leyes” y actuaciones sirvieron al Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) para perseguir disidentes, apresar a diputados de la oposición, concentrar más el poder en Maduro y censurar o hacer “confidencial” información de carácter público.

Desde su anuncio, en mayo de 2017, la ANC fue considerara como inconstitucional. En medio de masivas protestas contra Maduro, el mandatario anunció su convocatoria sin someterla a una consulta ciudadana, algo que para algunos juristas violaba el artículo 347 constitucional que expresa que “el pueblo es el depositario del poder constituyente” y que tiene la potestad de hacer esta convocatoria.

A partir de acá todos los actos de esta instancia fueron considerados como “nulos” por juristas independientes, violaciones de la carta magna que se fueron intensificando en las siguientes actuaciones. El mismo mandatario estableció, sin consulta electoral, las “Bases Comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente”, es decir, las normas para la elección, que también debía ser objeto de referéndum. Además, los comicios del 30 de julio fueron cuestionados por Smartmatic, empresa que prestaba asesoría técnica al Poder Electoral, que aseveró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) “manipuló” los resultados y que la diferencia entre el dato de participación de los comicios registrados por ellos y el anunciado era de “por lo menos” un millón de votos.

Los cuestionamientos jurídicos fueron totalmente ignorados por el Gobierno, que siguió escudándose en decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), cuya Sala Constitucional había emitido las controversiales sentencias N° 155 y 156 en las que se otorgaban potestades legislativas del Parlamento, controlado por la oposición, a Maduro. La ANC también usurpó esas competencias que usó, paradójicamente, para perseguir a los diputados de la Asamblea Nacional y reforzar la anulación del Legislativo como poder.

Maduro se valía así de la inconstitucional ANC para aprobar los presupuestos nacionales, una competencia que el artículo 187 de la Constitución otorga al Parlamento. Este “suprapoder”, como fue bautizado por el propio Maduro, incluso se arrogó facultades del Poder Electoral, al convocar las elecciones de gobernadores el mismo 2017 y hasta ordenó adelantar las elecciones presidenciales de 2018 para mayo de ese año, comicios en los que la oposición decidió no concurrir por su irregular convocatoria. Maduro fue reelegido, pero los resultados siguen siendo desconocidos por decenas de países en todo el mundo, incluidos la Unión Europea, Estados Unidos y los países del Grupo de Lima.

La “ley” contra el odio

Otra de las normas que no podrá revocar la nueva AN, si así no lo aprueba el PSUV, es la llamada “Ley constitucional contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia”, que entró en vigencia en noviembre de 2017 en medio de alertas sobre su posible uso para perseguir a la disidencia y limitar la libertad de expresión. El instrumento, uno de los que, de acuerdo con Cabello, logró “imponer la paz” en el país, establece penas de hasta 20 años de cárcel a quienes “públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio”, algo que queda a la arbitrariedad del cuestionado sistema de justicia venezolano.

Los temores no tardaron en convertirse en realidad. El 8 de enero de 2018 Ronald Cevilla Güemes  y Érika Palacios Alfonso fueron detenidos durante una protesta vecinal en Naguanagua, Carabobo, acusados de “instigación” al odio por unos “mensajes en perjuicio del presidente Maduro”, según el testimonio de unos policías que los detuvieron. De ahí en adelante los casos abundan.

Como lo indica la abogada Ana Julia Niño Gamboa en una nota de Prodavinci, la cuestionada norma fue usada para perseguir a personas por criticar a Maduro en sus redes sociales, y durante la pandemia de coronavirus para perseguir y tratar de acallar a quienes denunciaron fallas en el sistema de salud o cuestionaron las cifras oficiales, como fue el caso del enfermero Rubén Duarte, detenido por la Dgcim por grabar un video cuestionando información oficial sobre la dotación del Hospital Central de San Cristóbal.

El 21 de marzo fue detenido el periodista Darvinson Rojas por funcionarios de las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) de la Policía Nacional Bolivariana, presuntamente por publicar cifras sobre el coronavirus en su cuenta de Twitter. Fue liberado 12 días después. El caso más reciente fue el del politólogo Nicmer Evans detenido el 7 de julio pasado, acusado de “instigación al odio”, por publicaciones de su cuenta de Twitter y que fue liberado el pasado 31 de agosto, como parte de los “indultos” que otorgó Maduro a un conjunto de presos políticos.

Contra los diputados

La ANC no se conformó con usurpar las funciones del Legislativo, como sancionar “leyes”, ocupar el Palacio Federal Legislativo, destituir a la fiscal general Luisa Ortega Díaz, que permanece en el exilio y nombrar a Tarek William Saab como su sustituto, sino que inició una persecución de los parlamentarios legítimos que llevó a muchos al exilio o la cárcel.

Como lo indicó Crónica.Uno en una nota del pasado 5 de agosto, la ANC también se tomó la atribución del Parlamento de allanar la inmunidad de los diputados legítimos. El primero fue Germán Ferrer, esposo de Luisa Ortega Díaz, luego siguió Freddy Guevara, quien debió refugiarse en la Embajada de Chile en Caracas y recientemente fue beneficiado con el “indulto” de Maduro.

 A esta lista se agregan Julio Borges y Juan Requesens, acusados por el chavismo de estar involucrados en el atentado con drones contra Maduro, en agosto de 2018. Borges salió del país, pero Requesens permaneció preso durante más de dos años, en medio de denuncias de que habría sido objeto de torturas y malos tratos.

A esta lista se agregan los nombres de Simón Calzadilla, Mariela Magallanes, Richard Blanco, Américo De Grazia, Henry Ramos Allup, Luis Florido, Freddy Superlano, Juan Andrés Mejía, Sergio Vergara, Carlos Paparoni, Miguel Pizarro, Franco Casella, Winston Flores, José Guerra, Rafael Guzmán, Juan Pablo García, Tomás Guanipa y el exprimer vicepresidente de la AN Édgar Zambrano. También se acusó a los diputados Jorge Millán, Hernán Alemán, Carlos Lozano y Luis Stefanelli de estar vinculados a conspiraciones contra Maduro. De este grupo la mayoría se vio forzado a salir del país, otros fueron apresados, como Zambrano, y otros permanecieron en Venezuela hostigados por las autoridades.

Foto: @drodriven2


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