Violentando la normativa establecida en el artículo 200 de la Constitución de la República, la ANC autorizó  al TSJ a que continuara el proceso de antejucio de mérito en contra del parlamentario.

Caracas. Este martes la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en su sesión ordinaria autorizó vía “decreto constituyente” al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que “continuara el enjuiciamiento” en contra del presidente de la Asamblea Nacional (AN), Juan Guaidó.

Previo la aprobación del “decreto consituyente” María León consideró que el allanamiento de la inmunidad parlamentaría era muy poco, a lo que el resto de los constiuyentes respondieron pidiendo paredón. León además dijo que no quería compartir gentilicio “con traidores a la patria”.

El presidente de la ANC, Diosdado Cabello —luego de varias invertenciones de constiyentes— sometió con éxito la aprobación de un decreto el cual según él, basándose en lo expuesto en el artículo 200 de la Constitución, permite a la ANC allanar la inmunidad parlamentaria de Guaidó para que este sea procesado por el TSJ.

La acción llevada a cabo por el órgano “supraconstitucional”, corresponde a una solicitud de la Sala Plena del máximo tribunal del país que el pasado 1 de abril solicitó allanar la inmunidad del parlamentario, esto en violación la Ley Orgánica del TSJ (artículo 117) y el derecho al debido proceso del propio Guaidó en cuanto a un antejuicio de mérito en su contra.

Para llevar a cabo el allanamiento de la inmunidad, transformado en la autorización para “continuar el enjuiciamiento contra el diputado Juan Gerardo Guaidó”, Cabello citó lo establecido en el artículo 200 de la Constitución de la República, sin embargo, es este mismo artículo el que delimita el procedimiento para el allanamiento de la inmunidad parlamentaria, y no prevé la acción llevada a cabo por la ANC.

Art. 200 de la Constitución

Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.

La decisión de la ANC es el más reciente paso dado por las instituciones del Estado bajo control chavista en contra de Juan Guaidó, las cuales iniciaron en enero cuando el fiscal general designado por la ANC, Tarek William Saab, anunció una investigación en contra del parlamentario por su presunto rol en manifestaciones de calle que ocurrieron el 22 de enero.

Tras esa investigación, Saab solicitó al TSJ medidas en contra de Guaidó, las cuales fueron aplicadas el 29 de enero, prohibiéndole salir del pais y enajenar o vender bienes de su propiedad.

Según el TSJ, Guaidó violo la prohibición de salida del país el 22 de febrero cuando asistió a un concierto realizado en la frontera colombo-venezolana y estuvo en Cúcuta y otras ciudades. Por ese motivo el tribunal reiteró el 1° de abril las mismas medidas en su contra y remitió el caso a la ANC para que le allanara la inmunidad parlamentaria.

“Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente a los fines del allanamiento a la inmunidad parlamentaria del ciudadano Juan Gerardo Guaidó Márquez en su condición de diputado a la Asamblea Nacional por el estado Vargas”, señala el tercer punto del fallo aprobado por Sala Plena el 1° de abril.

Además del proceso que adelanta el TSJ contra Guaidó y de las irregularidades de este, el pasado 28 de marzo, el contralor designado por la ANC, Elvis Amoroso, anunció la inhabilitación política por 15 años contra el diputado por irregularidades en su declaración jurada y por haber recibido dinero del extranjero que no justificó.


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