Emergencia económica eleva discrecionalidad del Gobierno para gastar y endeudarse

Decreto de emergencia incorpora las criptomonedas | tabulador salarial

Por medio de los poderes especiales, el Presidente puede subir la Unidad Tributaria y definir un sistema de precios.

Caracas. La nueva ampliación del decreto de emergencia económica incrementa la discrecionalidad del Gobierno en el manejo del gasto y del endeudamiento, lo que significa que las autoridades pueden seguir destinando recursos a proyectos sin tener que rendir cuentas.

El presidente Nicolás Maduro responsabiliza de los males de la economía a la oposición, las empresas y el Imperio, pero durante gran parte de su gestión ha tenido poderes especiales para gobernar. En 2014 y 2015, el mandatario tuvo dos leyes Habilitantes que le permitieron reformar y crear marcos legales para elevar las regulaciones al sector privado y obviar los controles de la Asamblea Nacional (AN).

En 2016, tras el dominio de la oposición en el Parlamento, autorizó un decreto de emergencia que cercó más la actividad privada y le dio vía libre para aprobar créditos adicionales y el presupuesto sin la supervisión de los diputados.

Para este 2017, esos poderes se extienden y el decreto publicado en la Gaceta Oficial muestra que el mandatario tendrá amplia cancha para disponer de los recursos y mantener las fiscalizaciones a la producción y distribución de las empresas, además de dar poder a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap) que, según Maduro, en este ejercicio se consolidarán.

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Estos son los puntos críticos del decreto:

Gasto: En enero de 2016, Maduro elaboró una providencia para orientar los recursos no ejecutados en 2015 al Fonden, a fin de poder arrancar la aprobación de los créditos adicionales y saltarse la revisión de la AN. Ese dinero suele ser la fuente inicial del gasto extraordinario. Este año se aplicará la misma práctica. El decreto de emergencia indica que se pueden “disponer de los recursos de las economías presupuestarias del ejercicio 2016, si las hubiere, con la finalidad de sufragar la inversión en las misiones y otros proyectos”. De hecho, el Gobierno comenzó a ejecutar el presupuesto de 2017 sin haberse publicado en la Gaceta. Adicionalmente, el Presidente revisará el gasto del Banco Central de Venezuela (BCV), de manera que tampoco pasará por el Parlamento.

Deuda: Por medio de la Habilitante y los decretos de emergencia de 2016, Maduro también se saltó el control del endeudamiento, lo que seguirá en este período. La normativa señala que “se pueden autorizar operaciones de financiamiento y reprogramación de los proyectos previstos en la Ley de Endeudamiento sin sometimiento de otros poderes públicos”. Y además puede “suscribir contratos de interés público para la obtención de recursos sin autorizaciones de otros poderes”. Ya la Ley de Endeudamiento de 2017 está vigente, pero los diputados aseguran que las operaciones que haga la República no serán legales porque la Constitución ordena que el endeudamiento requiere el aval de la AN.

Fondos paralelos: El manejo descontrolado de los fondos paralelos continúa. El decreto señala que el jefe de Estado está en capacidad de autorizar “el redireccionamiento de recursos disponibles en fondos especiales para financiar actividades en el marco de la recuperación económica”. El Gobierno cuenta con una estructura de fondos paralelos en bolívares y en dólares que se administran con opacidad.

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Unidad Tributaria: Al igual que en 2016, el Jefe de Estado obviará la opinión de los diputados para el incremento de la Unidad Tributaria (U.T). La normativa lo faculta para realizar el ajuste con “base a los análisis técnicos”. Desde hace años, la U. T. no sube de acuerdo con la inflación del año anterior.

Billetes: Ante el cambio en el cono monetario, el mandatario autoriza al BCV para agilizar la “importación, distribución y disponibilidad de las nuevas monedas y billetes”.

Precios: Se estructura otra vez un sistema de determinación de precios justos. El decreto indica que se puede “activar, potenciar y optimizar el funcionamiento de un sistema de determinación de costos, rendimiento y precio justos, combatiendo el lucro exorbitante”.

Control producción y distribución: Tal como los decretos anteriores, esta norma le vuelve a permitir al Presidente ejecutar mecanismos especiales para garantizar el “desarrollo de la producción, abastecimiento y distribución de alimentos, materias primas e insumos del sector agroalimentario, de producción y distribución de fármacos y de la industria de productos para la higiene personal y aseo del hogar”. Así como la generación de esquemas para “la cooperación de los entes públicos, privados y del poder popular, en función de ampliar los canales de distribución”. Esto significa que persisten las regulaciones.

Frontera: Maduro puede autorizar de manera excepcional “operaciones de comercialización y distribución de bienes en las zonas fronterizas, bajo regímenes especiales monetarios, cambiarios y fiscales”.

Foto referencial: AVN


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