Enterrados en fosa común 18 cadáveres que permanecían en la morgue de Aragua

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Varios difuntos cuyos familiares no cuentan con recursos para costear un servicio fúnebre o que no habían sido reclamados en el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses en Aragua, Senamecf, fueron enterrados en el cementerio municipal de Lamas, bajo la figura conocida como “pobres de solemnidad”.

Aragua. El pasado 14 de mayo, fueron enterrados en una fosa común 18 cadáveres después de permanecer casi un mes en la morgue del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses del estado Aragua, Senamecf, conocida como la morgue de Caña de Azúcar.

La inhumación se llevó a cabo en el cementerio municipal de Santa Cruz, municipio Lamas, luego de que la localidad accediera acondicionar un espacio para sepultar estos 18 cuerpos que no habían sido reclamados por ningún familiar o cuyos familiares no contaban con recursos para costear un servicio funerario.

Una fuente interna de la morgue explicó a Crónica.Uno que este procedimiento es conocido como “pobres de solemnidad” y aplica para quienes no pueden cubrir gastos funerarios o en los casos en los que nadie reclama el cuerpo del difunto.

Se trataba de varios cadáveres, en algunos casos de personas ancianas que generalmente estaban en condición de calle y murieron por causas naturales, y otros, por homicidios, en su mayoría, contó.

Este procedimiento suele ser común y Senamecf solicita apoyo logístico de las alcaldías, regentes de los cementerios. En este caso en particular, el cementerio Metropolitano de Maracay, el único en funcionamiento en el municipio capital, no contaba con el espacio para la inhumación.

En otras ocasiones, estos entierros se han realizado en zonas como los Valles de Tucutunemo, en el municipio Zamora, en Palo Negro, municipio Libertador o en Turmero, municipio Mariño, por ejemplo.

Aunque algunos abogados refieren que la figura “pobres de solemnidad” quedó derogada a partir de 1999 con la reforma constitucional, jurídicamente existe otra llamada certificado o declaración de pobreza, que aplica a toda persona manifiestamente pobre, es decir que no posee los recursos económicos para pagar honorarios profesionales de abogados, pagar imposiciones legales exigidas por el Estado como, por ejemplo, copias certificadas de expedientes, tasas impuestas para documentos, entre otros, según el artículo 178 del Código de Procedimiento Civil.

“Los Tribunales concederán el beneficio de la justicia gratuita, para los efectos de este Capítulo, a quienes no tuvieren los medios suficientes, ya para litigar, ya para hacer valer de manera no contenciosa algún derecho”, señala el artículo.

En Venezuela, los ciudadanos afrontan obstáculos para enterrar y cremar a sus familiares. Con la escasez de gasolina, ahora los servicios funerarios se ven muy limitados en cuanto al traslado de cadáveres a los camposantos o crematorios.

En Aragua, por ejemplo, refiere un prestador de capillas velatorias en la región quien pidió omitir su identidad, las unidades fúnebres también deben hacer largas colas para surtirse de gasolina, que casi siempre resulta insuficiente. De allí, que en muchos casos, los familiares de los difuntos también deben conseguir la gasolina para el traslado.

En cuanto a los costos de los servicios funerarios, estos van desde 150 hasta 300 dólares, en los casos que incluyen inhumaciones.

La cremación, que otrora era uno de los servicios más accesibles, se ha convertido en inalcanzable para los deudos.

“De 27 millones de bolívares, la cremación pasó a más de 100 millones de bolívares en el Crematorio Jardines Campos de Paz, de San Joaquín, en Carabobo, mientras que en el crematorio del Cementerio Parque Valles del Tuy en Charallave, el servicio está entre 40 millones a 50 millones de bolívares”, relató la fuente.

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