El TSJ fijó para el 4 de julio la audiencia de antejuicio de mérito contra la Fiscal General

La Sala Plena también atendió la petición que le hiciera el diputado Pedro Carreño y le congeló los bienes a Luisa Ortega Díaz, a quien también le prohibió salir del país de manera provisional. El magistrado Danilo Mojica rechazó la decisión y Crónica.Uno tuvo acceso a los reparos que puso.

Caracas. 4 de julio, 10 de la mañana. Esos son el día y hora en los que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) escuchará los argumentos a favor y en contra de declarar que hay mérito para autorizar el enjuiciamiento de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, por mentir al afirmar que no fue citada a participar en el proceso de selección de los llamados “magistrados exprés”.

Es la primera vez que un fiscal general venezolano es sometido a este proceso.

Además de ponerle fecha y hora al acto donde Ortega Díaz podrá exponer sus alegatos en su defensa, el TSJ aceptó la petición que le hiciera el diputado chavista Pedro Carreño para que, de manera cautelar, le fueran congelados los bienes y se le prohibiera salir del país a la funcionaria.

La decisión la adoptó la Sala Plena del máximo juzgado casi al finalizar su reunión de este miércoles, a pesar de que la solicitud que Pedro Carreño intentó contra la jefa del Ministerio Público (MP) no figuraba en la agenda oficial de la cita, informaron fuentes del organismo.

Las decisiones se produjeron horas después de que la fiscal general volviera a acusar al Tribunal de violar la Constitución al anular la designación de su segundo de a bordo y al equiparar a la Defensoría del Pueblo con su despacho en lo que a investigaciones de Derechos Humanos se refiere; y por lo tanto, pidiera a los venezolanos aplicar el artículo 333 de la Constitución.

“Yo desconozco estas sentencias (y) pido el restablecimiento efectivo de esta Constitución”, afirmó la funcionaria en una comparecencia en el auditorio principal del Ministerio Público.

Voces en contra

La decisión fue rechazada por el magistrado Danilo Mojica, quien también se opuso la semana pasada a la decisión del pleno del TSJ de admitir a trámite la petición del legislador oficialista contra Ortega Díaz, por considerar que la misma no estaba acompañada de “elementos de convicción que permitan acreditarlos”, se lee en el voto salvado que el integrante de la Sala Social presentó y al cual tuvo acceso Crónica.Uno.

Criticó el magistrado que sus colegas no hubieran desechado la solicitud y que, por el contrario, pretendieran corregirla al solicitar al MP información sobre el estado de las investigaciones iniciadas a raíz de las muertes, heridos y daños registrados durante la cual ola de protestas que sacuden al país.

Sin embargo, lo más grave a juicio de Mojica es que la petición de Carreño citara un fallo de la Sala Constitucional que no había sido publicado al momento de presentar la querella contra la fiscal.

“Se atribuye a la fiscal general de la República las faltas graves contenidas en los artículos 23 numeral 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 22 numeral 8 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, fundamentándolas el diputado Pedro Carreño en sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 16 de junio de 2017, transcribiendo en la solicitud párrafos de una sentencia que no se encuentra publicada”, advirtió el disidente, quien agregó: “Llama la atención que la solicitud del diputado Pedro Carreño es de fecha 16 de junio de 2017 y la sentencia que se invoca y cuyos párrafos transcribe no estaba publicada para la fecha de la solicitud ni para el día 19 de junio, fecha en la que se dictó la sentencia de la cual disiento”.

Se refería Mojica a la sentencia número 454, en la cual la intérprete de la Carta Magna rechazó la petición de Ortega Díaz de anular la designación de los 13 magistrados principales y 21 suplentes realizados por la anterior Asamblea Nacional en diciembre de 2015. En dicho dictamen, la instancia acusó a la funcionaria de afirmar algo que es “contrario a la verdad procesal” cuando aseguró que los funcionarios cuestionados han decidido acciones en contra de su nombramiento.

El disidente, su voto salvado, consideró que las medidas cautelares solicitadas por Carreño han debido ser rechazadas, pues “son propias del proceso penal”; y que las mismas eran razón suficiente para enviar a la papelera todo el petitorio para procesar a la fiscal general, por cuanto realizó peticiones “incompatibles”.

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