TSJ le cierra las puertas a las ONG para participar en los concursos para jueces

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Las normas para regular los exámenes impiden a los miembros de las organizaciones no gubernamentales, gremios y demás asociaciones civiles que hayan recibido financiamiento “por parte de potencias extranjeras y empresas nacionales o extranjeras” participar como jurados.

Caracas. Sin importar sus credenciales, formación o reconocimiento, el activista de Derechos Humanos, el jurista o catedrático en Derecho que forme parte de una organización no gubernamental o gremio que haya recibido fondos por parte de “potencias extranjeras y empresas nacionales o extranjeras” no podrá participar como jurado en las pruebas para asignar cargos de jueces.

La restricción figura en el numeral D del artículo 16 de las nuevas Normas para la Evaluación y Concurso de Oposición para el Ingreso y Ascenso a la Función Judicial que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó en junio pasado, pero que apenas el pasado martes 23 fueron publicadas en la Gaceta Oficial número 40.927.

El artículo 255 de la Constitución obliga a asignar los juzgados mediante “concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia”. Sin embargo, desde 2006 el máximo tribunal no celebra uno solo de estos exámenes y por ello en la actualidad, el 66 % de los más de 2.200 jueces que hay en el país son provisorios, es decir, que en cualquier momento la Comisión Judicial del TSJ los puede destituir sin procedimiento alguno, porque los considera de libre nombramiento y remoción.

Esta política le ha merecido varias sanciones al Estado venezolano en los últimos años, tales como tres condenas por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual lo acusó de violar la autonomía judicial.

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Con más poder

Otro cambio que introducen estas normas es que los concursos no serán organizados por la Escuela Nacional de la Magistratura (ENM) como hasta ahora, sino por la Comisión Judicial del TSJ, según el artículo 2 del instrumento.

La Comisión Judicial es la instancia del máximo juzgado encargada de designar a los jueces provisorios y a los temporales, así como de removerlos. La misma está presidida en la actualidad por la magistrada Gladys Gutiérrez, cabeza de la Sala Constitucional y del TSJ; e integrada por los presidentes de las otras cinco salas del organismo: María Carolina Ameliach (Sala Político Administrativa); Maikel Moreno (Sala Penal), Gustavo Blanco (Sala Civil); Indira Alfonzo (Sala Electoral) y Marjorie Calderón (Sala Social).

En 2015, esta institución  nombró discrecionalmente a 1.576 jueces, de los cuales 555 fueron de la materia civil; 292 de penal ordinario; 182 de protección de niños, niñas y adolescentes; 122 para la materia laboral; 61 para los juzgados agrarios; 86 para laborar en la jurisdicción de violencia contra la mujer y 52 para la jurisdicción contencioso administrativa, informó Gutiérrez en febrero, al presentar su informe anual de gestión.

Pero las atribuciones de la Comisión no se quedan a decidir la fecha y lugar de las pruebas, sino que además examinarán el desempeño de los que las superen para, en último término, adjudicarles el cargo.

El artículo 30 de las normas establece otra novedad: el llamado “período de prueba”, un lapso de seis meses de la aprobación de los exámenes durante el cual la Comisión Judicial revisará “el desempeño, así como los aspectos éticos, morales y de comportamiento, de los designados como jueces” y de no superarlo, su nombramiento será revocado.

La instancia también será la que escoja a parte del jurado, en particular a dos: al profesor de Derecho y al miembro de la lista de jurados. Los otros tres miembros (dos magistrados y un miembro del “Poder Popular”) serán seleccionados por la Sala Plena.

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Sin fecha

Ninguno de los 45 artículos y 12 disposiciones transitorias del instrumento mencionan cuándo se realizarán los concursos.

En 2009, el entonces director de la ENM, magistrado Arcadio Delgado Rosales, prometió que en 2010 la ejecución de estas pruebas sería un “objetivo inmediato” del máximo juzgado. No obstante, ni una sola se llevó a cabo.

Esta omisión le valió varios jalones de orejas al TSJ. “La escogencia de jueces por mecanismos que no sigan criterios objetivos implica un riesgo para la independencia judicial, pues dichos nombramientos pueden realizarse según conveniencia política”, alertó en 2012 la relatora de Naciones Unidas para la Independencia de los Jueces, Fiscales y Abogados, la brasileña Gabriela Knaul.

En términos similares se pronunció la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, quien en abril de ese año declaró: “Para que haya independencia en los órganos del sistema de justicia es necesario que llamemos a esos concursos para darle estabilidad a los fiscales”.

Con todo, la entonces presidenta del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales, le salió al paso a las críticas en 2010 aseverando: “La designación de provisorio, accidental o titular no cambia absolutamente la autonomía del juez. La autonomía del juez radica en otros elementos, como la no intromisión de ninguna fuerza sobre sus decisiones y los provisorios deciden con tanta autonomía como los titulares”.

Foto: Angeliana Escalona


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