La Sala Constitucional dejó sin efectos la ley sancionada por la AN al considerar que promueve la “impunidad escandalosa” y que legitima la “violencia política”.

Redacción Crónica Uno

Caracas. A las 5 de la tarde de este lunes el Presidente Nicolás Maduro aseguró la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional “no pasará” y minutos después la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) publicó la sentencia en la que declaró “inconstitucional” la Ley sancionada por la Asamblea Nacional (AN) el pasado 29 de marzo. “Si se legitima la violencia política renunciamos a la propia integridad democrática”, señala la decisión en uno de sus últimos párrafos.

Con este dictamen el máximo juzgado ya ha dejado sin efecto dos de las tres normas que ha sancionado el Parlamento. Citando frases de Papas como Juan Pablo II y Benedicto XV la Sala justifica la decisión de no dar su aprobación a la liberación de los llamados presos políticos señalando que la norma genera una “impunidad escandalosa” viola el principio de soberanía, justicia y responsabilidad. “Sentaría un terrible precedente, que instiga a la rebelión del particular contra la voluntad de la ley”

El texto también rechaza la presencia de “delitos comunes” entre los mencionados en el proyecto como aquellos relacionados con irregularidades administrativas y es reiterativo en indicar que los beneficiarios del texto incurrieron en acciones violentas. “Frente a la violencia política todo Estado tiene el deber primario de proteger a la propia población de violaciones graves y continuas de derechos humanos”.

A lo largo del fallo el TSJ considera como “inconstitucional” varios de los títulos y artículos del texto. Por ejemplo sobre el artículo 9 de la Ley se indica que “vulnera el derecho previsto en el artículo 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de la persona”.

Este artículo beneficiaba a quienes han sido arrestados o sometidos a procesos penales por la difusión de imágenes, mensajes o exposiciones del uso de redes sociales u otro medio de divulgación de información.

En el fallo, redactado de manera conjunta por los siete miembros de la instancia, la instancia judicial hizo suyos los cuestionamientos que desde el Gobierno y el oficialismo han lanzado contra el texto en relación a que la misma dejaría sin castigo crímenes contra los Derechos Humanos, pero además advirtió de las consecuencias que podría sufrir el país si esto ocurriera.

“No atender los derechos de las víctimas acarrearía responsabilidad internacional al Estado venezolano, por cuanto evidenciaría la voluntad general expresada en una ley de asumir las consecuencias de la impunidad en la violación objetiva de Derechos Humanos”, se lee en el dictamen.

Con información de Juan Francisco Alonso.

Foto: Cheché Díaz


Participa en la conversación