Carlos Ayala: Cuando se suprime la libertad de expresión se conspira contra la idea de un debate abierto

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Carlos Ayala Corao afirmó que tratados y organismos internacionales han logrado disminuir la aplicación de sanciones por ejercer la libertad de expresión en la región. Destacó que Venezuela se encuentra en una situación de desacato del derecho internacional.

Caracas. “Si bien todo derecho incluye responsabilidades y deberes, las restricciones deben estar fijadas en la ley”, así afirmó el abogado constitucionalista Carlos Ayala en un foro que forma parte del ciclo de charlas sobre libertad de expresión organizado por Espacio Público y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB).

El jurista, sin embargo, advirtió que tratados y organismos internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) han logrado limitar el uso de sanciones por ejercer la libertad de expresión en la región, tomando en cuenta el respeto de la “doble dimensión de la libertad de expresión”.

Ayala expresó que tal derecho abarca tanto al que busca la información, la divulga y la difunde (dimensión individual) como a aquellas personas que reciben la información e ideas (dimensión social), por lo que censurar o dificultar tales actividades viola el derecho de cada miembro de la sociedad.

Citó como ejemplo el caso “Olmedo Bustos y otros vs. Chile”, cuya sentencia dictada por la Corte IDH revirtió la decisión de la Corte Suprema chilena, que prohibía la proyección de la película La última tentación de Cristo, pues se trató de censura previa y violaba el artículo 13 de la CADH.

De acuerdo con el constitucionalista, “con el derecho interno no se puede violar el tratado internacional y tratar de justificar tales violaciones”, esto en referencia a un apartado de la Constitución chilena que establece la censura previa a espectáculos en espacios públicos, y fue punta de lanza de la decisión.

Señaló que las sentencias emitidas por la Corte IDH y los diversos tratados y convenios internacionales “son de obligatorio cumplimiento para los Estados miembros” y advirtió que Venezuela se encuentra actualmente “en una situación de desacato del derecho internacional” por incumplimiento de tratados o mandatos de otros organismos de los que es parte.

Al menos nueve sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sido incumplidas por el Estado venezolano, lo que Ayala califica de “incumplimiento sistemático del derecho internacional”. Sacó a colación la decisión a favor de Tulio Álvarez Ramos en la que se concluyó que el Estado vulneró su derecho a la libertad de expresión.

Todos tenemos derecho a acceder a información de interés público. Ese contenido de interés público es el que impide que se sancione. Es ilegítimo el uso del derecho penal para castigar debates de asuntos públicos o de interés general”, expresó el jurista.

En 2003, un artículo publicado por Tulio Álvarez, en el que daba a conocer supuestas irregularidades en el manejo financiero de la Caja de Ahorros de la Asamblea Nacional por parte del presidente de esa institución,, originó un proceso penal en su contra y fue condenado a dos años y dos meses de prisión.

En agosto de 2019 la Corte IDH responsabilizó al Estado de Venezuela por violar los derechos a la libertad de expresión, participación política, circulación, garantías judiciales y protección judicial de Álvarez, y ordenó medidas de reparación y dejar sin efectos la sentencia en su contra, orden que hasta los momentos no ha prosperado.

Ayala, que fue presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  (CIDH) y es miembro de la Comisión Internacional de Juristas, expresó que suprimir la libertad de expresión “para imponer un punto de vista hegemónico” supone conspirar contra la idea de un “debate abierto y robusto en una sociedad democrática”, pues a través de ella es posible expresar y defender otros derechos fundamentales.

Hizo mención de la denominada “Ley contra el Odio” promulgada irregularmente por la Asamblea Nacional Constituyente, y expresó que “no es una ley, sino una vía de hecho” que sirve como “instrumento de persecución” y no puede ser tratada como ley penal, pues no contiene tipificaciones penales claramente establecidas.

Finalmente, Ayala resaltó la importancia de documentar los atropellos a la libertad de expresión que sufren periodistas y ciudadanos en general, así como el establecimiento de redes de apoyo de comunicadores, ONG, activistas, entre otros, para no solamente estar informados “sino acompañados”.


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