Ley de Agua califica de terrorista a quien proteste por su derecho al servicio

Ley de Agua

Especialistas califican de “disparate” la Ley Orgánica de Agua, aprobada en primera discusión por la AN. Arrebata al municipio las escasas competencias a favor del Estado Comunal y no resuelve el más precario de los servicios públicos de la ciudad.

Caracas. La Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión, en junio pasado, el controversial proyecto de Ley Orgánica de Agua, en medio de la mayor crisis del servicio que viene desbordándose desde 2019 en el área metropolitana de Caracas.

El texto es uno de los 35 proyectos para 2021 sobre los que Nicolás Maduro insiste en construir el Estado Comunal, sin tener piso constitucional. Y es considerado por especialistas “un gran disparate” promovido por la Comisión de Administración y Servicios de la AN.

Consideran que la Ley Orgánica de Agua no resuelve la precariedad del suministro que se desplaza por los 30.000 kilómetros de tuberías en mal estado de Caracas. Y de esto han dejado constancia investigaciones independientes.

En 2018, por ejemplo, 75 % de 339 residentes de los cinco municipios caraqueños afirmaron que no contaban con suministro regular, estableció un estudio de percepción realizado por las ONG Coalición Clima 21 y Fundación Tierra Viva.

El drama aún hoy sigue siendo reflejo de la falta de redes de distribución, estaciones de bombeo e inversión en obras hidráulicas. Y esto ocurre, aunque paradójicamente Venezuela es el quinto país en América Latina con mayor disponibilidad de recursos hídricos, según reportes del Ministerio del Ambiente.

Ley entre dos aguas

Una de las objeciones es que la AN fusionó en el texto aprobado la Ley de Aguas y la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento, ambas de 2007. El mismo año en el que también el presidente Hugo Chávez planteó por primera vez el Estado Comunal en la historia venezolana.

En la exposición de motivos, la comisión parlamentaria justifica la mezcla como la forma de “superar la dispersión legal”, a pesar de que ambas leyes permanecieron 14 años engavetadas, y refiere estar “en el momento histórico de resistencia ante la agresión del imperialismo norteamericano y sus aliados”.

“Ese es el disparate mayor”, señala el exministro del Ambiente, Arnoldo José Gabaldón. Y advierte que detrás de esta pretendida licuación de leyes no existe la intención de sanar el deteriorado servicio, sino que se quiere borrar del mapa constitucional los estados y municipios.

“Detrás de esa confusión de objetivos está el intento de preparar el terreno para el Estado Comunal que suplanta enteramente el nivel municipal de gobierno. Ese es el modelo más primitivo y primario de gobierno que ha tenido la República desde la Colonia para acá”, alerta el ingeniero que también fue ministro de Obras Públicas (1974-1977).

El Estado Comunal destruiría toda la institucionalidad democrática nacional. Entre ellas la empresa holding Hidroven y sus 12 brazos regionales, como Hidrocapital o Hidrocentro.

Agua que no has de beber

La Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento, aprobada en 2001 y enmarcada en la descentralización, confiere a los gobiernos locales la operación de los servicios de distribución, a través de acueductos. Al Estado reserva la operación de los sistemas de producción y tratamiento de agua.

Sin embargo, la nueva Ley de Agua acentúa la centralización y el control máximo del recurso hídrico, y deja fuera la competencia de los municipios. La motivación define “la defensa de los recursos hídricos como un tema de máximo interés nacional” y cataloga el agua como “un recurso estratégico nacional” que calculan en 93 millones de metros cúbicos en relación con las aguas superficiales y 22,3 millones de metros cúbicos de las aguas subterráneas. “Esto comprende el 12 % de los recursos hídricos aprovechables en Venezuela”.

El agua es en la actualidad un recurso mucho más importante que el petróleo, recuerda la bióloga Isabel Novo, mientras Venezuela atraviesa la peor baja de producción de crudo nacional.

Podemos vivir sin petróleo, pero no sin agua. Lamentablemente no valoramos este recurso y no se están protegiendo adecuadamente las cuencas hidrográficas para garantizar la conservación de este recurso”, dice la bióloga.

Ley de Agua

Mientras el recurso que amenaza con escasear en el mundo se cotiza en la bolsa para intercambiar precios por la entrega de cantidades fijas de agua en un futuro, la nueva ley venezolana establece “la prohibición de privatización de las fuentes hídricas, cuerpos de agua o la gestión de los mismos”. Léase, los pozos profundos que han proliferado en varios municipios ante la carencia del servicio.

Frente a esto, Gabaldón insiste en la posición que el Grupo Orinoco, el cual preside, fijó en un comunicado. “Después de analizar cuidadosamente el proyecto de Ley, se concluye que de ser sancionado se creará un vacío institucional que agravarán los servicios de agua potable y de saneamiento en todo el país. Especialmente en las comunidades más pobres y para los compatriotas más vulnerables”.

Estado Comunal sin tuberías de agua

Por otra parte, especialistas en el servicio no encuentran dato en la Ley de Agua que apunte a la mejora del servicio para toda la población, como lo señaló el diputado William Gil, presidente de la Comisión, al ser aprobado el proyecto en primera discusión.

El ingeniero Norberto Bausson, ex directivo de Hidrocapital y del Acueducto Metropolitano, describió con un resumido símil lo que la Ley de Agua dispondría para la ciudad. “El manejo de los acueductos por un Estado Comunal se compara con que este puede hacer algo así como una casita muy humilde, pero no es capaz de construir un Parque Central. Para esto hay que tener conocimiento y estar preparado”.

Explicó que la ley de marras no prevé cómo el Estado Comunal enfrentará los reales problemas de los acueductos que comienzan en la producción, siguen en el tratamiento y terminan en la distribución y almacenamiento. Y es esto lo que hace posible que el agua llegue todos los días a nuestras casas, dice.

Agua de lluvia y de mar

Lo que establece la Ley como “elemento innovador” es el aprovechamiento de las aguas de lluvia y una regulación más precisa sobre el aprovechamiento de las aguas del mar. Esto, “en concordancia con el reimpulso de la soberanía de la cadena productiva del agua, de la mano con la investigación científica tecnológica”.

Además, en su apartado de Sustentabilidad, la exposición de motivos señala varios puntos. Se procurarán “elementos financieros y materiales suficientes para fortalecer el cuidado, tratamiento, vigilancia y protección de los recursos hídricos. También, el agua potable, aguas servidas, cuencas hidrográficas, embalses, entre otros. Indica aplicación de tasas, tarifas y contribuciones especiales sobre los servicios. Y ofrece “una política de subsidio” para el consumo humano “con especial atención a los hogares y a los sectores productivos de la Patria”.

“El problema es sencillo”, precisa Bausson. “Debe crearse una organización monolítica que sea autónoma, sustentable, y que asegure cada año se tenga mejor servicio. Si el servicio no es sustentable como están pensando en el Estado Comunal, el único destino es tener agua con tobito. Es exactamente llenar un pipote con una cisterna que la maneje el Estado Comunal”.

Se ahoga el derecho humano al agua

Así, el derecho humano al agua no está garantizado. “El proyecto de Ley Orgánica de Aguas no ha sido concebido con un enfoque de derechos humanos”, opinó el abogado Jesús Ollarves en un trabajo sobre algunos comentarios al proyecto de Ley.

Argumentó que “ignora estándares internacionales” establecidos en todos los pactos y tratados internacionales ratificados por Venezuela, que establecen obligaciones concretas en materia de agua y saneamiento.

“Si el agua y el saneamiento son derechos humanos, lo lógico es que se reafirme su naturaleza y desarrollo a través de una Ley Orgánica, es decir aquellas que establece el 203 de la Carta magna”, resaltó.

Cuestionó que allí, a espaldas del Código Penal, se califica de actos de terrorismo a las acciones que procuren la afectación violenta de fuentes de agua y de infraestructura hídrica: “Esto facilitaría considerar terrorista a quien simplemente ejerce el derecho a la protesta por el tema del agua”.


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