Provea: Arco Minero viola consulta previa, libre e informada a la ciudadanía

Comisión de Ambiente de la AN iniciará una campaña contra el decreto del Arco Minero

Tres ONG fueron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y sostuvieron que “se viola el Principio de información, consulta y participación ciudadana, el principio fundamental de realizar Estudios de Impacto Ambiental y el principio al derecho al acceso a la información pública”.

Caracas. El Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea); el Grupo de Trabajo de Asuntos Indígenas (GTAI) de la Universidad de Los Andes y el Laboratorio de Paz (LabPaz) acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el pasado 2 diciembre para denunciar los daños ecológicos y a la comunidad indígena que dejará la ejecución del decreto 2.248 que crea la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco en febrero de este año.

En el informe se recuerda que la explotación minera afectará una extensión territorial de 111.843,70 kilómetros cuadrados, que equivale a una superficie más grande que Portugal (92.212 Km2), Cuba (109.212 Km2), Panamá (79.569 Km2), y que corresponde al 12,2 % de todo el territorio nacional.

La explotación, que estará ubicada en el Estado Bolívar, espera la explotación a gran escala de yacimientos minerales de Oro, Coltán, Diamantes, Cobre, Hierro, Bauxita y además atenta contra derechos humanos de los indígenas.

En el informe se detalla que el Arco Minero está ubicado en territorios ancestralmente habitados por los pueblos indígenas Mapoyo, Inga, Kariña, Arawak y Akawako. También la extensión de la zona colinda y se relaciona, ambiental, territorial y fluvialmente con territorios indígenas de los Pueblos Yekuana, Sanemá, Pemón, Waike, Sapé, Eñepá y Hoti o Jodi del mismo Estado Bolívar; del Amazonas con los Pueblos Yabarana, Hoti, Wotjuja, y en el Delta con los indígenas Warao. Los pueblos en contacto inicial Hoti o Jodi y el pueblo Eñepá también están en el perímetro que generaran condiciones favorables para su desaparición.

Hasta la fecha, ninguna comunidad ha sido consultada sobre la explotación de minerales. Provea destaca que se está violando el derecho a la consulta previa, libre e informada y amenazando el hábitat, la cultura y los modos de vida de los pueblos indígenas. “La CIDH, en zonas ancestrales habitadas por comunidades indígenas es clara al enfatizar que los estudios de impacto socio ambiental deben respetar las tradiciones y cultura y sus resultados deben ser compartidos con las comunidades a fin de que puedan tomar una decisión informada”, suscriben.

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Según la Constitución Bolivariana de Venezuela, los pueblos indígenas deben estar demarcados, pero solo 12,4 % lo está con base en las comunidades censadas. “El Estado venezolano por norma constitucional está obligado a garantizar y respetar la autodemarcación que realizan los pueblos indígenas de sus hábitats y territorios, así como el uso y disfrute de la tierra y recursos que tradicionalmente han poseído en cumplimiento de la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de Pueblos Indígenas”, alegan.

Además de la afectación a pueblos indígenas, Provea denunció que se está violando la normativa nacional y los principios internacionales del derecho ambiental dado que afecta la zona protegida más extensa de Venezuela —casi 80 % de su superficie— donde 7 millones 262 mil 358 hectáreas son Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (Abrae).

Incluye la Reserva Forestal Sierra de Imataca con 3 millones 800 mil hectáreas; La Paragua y El Caura con 5 millones 134 mil hectáreas, monumentos naturales como el caso de Guanay, decretados en 1991, y cuencas que están protegidas igualmente por leyes ambientales y convenios internacionales como la Cuenca del Caroní, de 96 mil kilómetros cuadrados, que provee de las reservas de agua dulce más importantes del país y generadora de 60 % de la energía hidroeléctrica que alimenta la represa del Guri y el complejo hidroeléctrico.

Citan al Instituto de Zoología y Ecología Tropical de la Facultad de Ciencias de la Universidad Central de Venezuela. El ente académico advirtió que se provocará una pérdida importante de flora y fauna —algunas ya amenazadas porque no existen en ninguna otra parte del mundo—; y que las severas condiciones creadas producto de la deforestación harán que los bosques colindantes se degraden progresivamente.

Asimismo. sostienen que la zona sur del río Orinoco representa “el área de mayor diversidad del país, incluyendo especies emblemáticas como el manatí, la tonina rosada, el caimán del Orinoco y la tortuga Arrau que ya se encuentran amenazadas; que la minería a cielo abierto y a gran escala generará una gran cantidad de sedimentos, deforestación y el uso masivo de agentes contaminantes; que los pozos de agua y las áreas deforestadas generarán condiciones idóneas para transmisores de malaria en una zona que ha sido declarada en condiciones de epidemia; y que aumentarán las enfermedades respiratorias, en la piel y riesgos de cáncer por el contacto con agentes tóxicos y contaminantes como el cianuro.

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Las ONG advierten que se viola el Principio de información, consulta y participación ciudadana, el principio fundamental de realizar Estudios de Impacto Ambiental y el principio al derecho al acceso a la información pública.

“En ninguno de los casos donde se han firmado cartas de compromisos, o donde se han consolidado empresas mixtas y firmado contratos para la exploración y explotación, existe información pública del contenido de los mismos. A la presente fecha es imposible tener acceso a esta información, no está publicada en ningún portal estatal, ni medio de comunicación, es de total desconocimiento público las condiciones y los detalles de estas negociaciones”, precisaron las ONG.

Exhortan a la CIDH a suspender la aprobación y firmas de convenios de concesión para la exploración y explotación minera en Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco mientras no se cumplan los requisitos constitucionales. Realizar los Estudios de Impacto Ambiental conforme a la normativa legal del país y los estándares internacionales, con garantía técnica, de imparcialidad, y objetividad, así como hacerlos públicos por tratarse de información de interés nacional. Y a la Asamblea Nacional a agilizar la aprobación del proyecto de Reglamento de Consulta Previa e Informada y asegurar la participación activa de los pueblos indígenas en su elaboración, así como avanzar en iniciativas legislativas que permitan la conversión de las autodemarcaciones en demarcaciones.

El tema continúa en análisis en la CIDH.

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