Crean 24 autoridades únicas para el sistema de salud

morgues por el suelo

Mediante el Decreto 2.553 el presidente de la República, Nicolás Maduro, hizo el nombramiento de estas autoridades que, además de asumir la coordinación integral del desempeño de las actividades en materia de salud, pueden postular la designación o sugerir la remoción y retiro de los funcionarios clasificados como de libre nombramiento.

Caracas. La noticia se veía venir desde que el pasado 2 de noviembre se anunciara que la Gran Misión Abastecimiento Soberano (GMAS), dirigida por el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, priorizó 60 hospitales tipo III y IV; con lo cual “de ahora en adelante, mejorará la prestación del servicio de la salud y tomará control del suministro de insumos y medicinas”.

No transcurrieron ni 15 días, cuando vía Gaceta Oficial, el Ejecutivo lanzó el Decreto 2.553 que le permitió crear 24 autoridades únicas en materia de salud.

“Vamos a tomar el control de la distribución de todas las medicinas y todos los insumos médicos-quirúrgicos que se administran en los hospitales para evitar que tomen otro camino y garantizar que lleguen a los pacientes”, dijo Padrino López durante el balance semanal del Comando Nacional de la GMAS, el pasado 2 de noviembre.

En esa alocución no dio detalles de lo que significaba esa toma del sistema. Ahora, con el decreto presidencial no es que se deshojen las margaritas, pero sí se dibujan trazos de cómo se asumirá el control, competencia hasta ahora del Ministerio para la Salud (MPPS).

Claro lo dijo el jefe de la Misión Abastecimiento: “Estamos en un Estado de Emergencia, de Excepción, y necesitamos tomar el control”.

Por tanto, Maduro creó estas 24 autoridades a las que les corresponde la supervisión, evaluación y seguimiento de la administración y operación del Sistema Público Nacional de Salud en cada estado. Estas impartirán las directrices a los establecimientos bajo su dirección, para la formulación de planes, programas y proyectos; y, a su vez, ejecutarán las acciones que correspondan a la protección de la población ante los riesgos producidos por el medio ambiente.

También deberán ejercer la vigilancia epidemiológica del estado y el control de enfermedades, eventos y riesgos sanitarios, para su notificación oportuna a MinSalud.

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Pero estas autoridades van más allá, pues pueden postular la designación o sugerir la remoción y retiro de los funcionarios clasificados como de libre nombramiento y remoción adscritos a la Dirección a su cargo, de conformidad con lo establecido en los artículos 17, 18, 19, último aparte, y 78 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; inclusive pueden postular para la designación del personal de alto nivel y de confianza que, conforme a los artículos 51 y 52 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, requieran actuar como cuentadante, persona designada para manejar y cuidar los bienes y fondos del Estado.

Para el exministro de Sanidad y Asistencia Social (1997-99) José Félix Oletta, estas 24 autoridades duplicarán y usurparán funciones y competencias sustantivas al propio Ministerio de Salud y especialmente a las Direcciones Regionales de Salud de las Entidades Federales, en la planificación, organización, administración, coordinación, ejecución y evaluación de políticas, estrategias, acciones sanitarias, proyectos y programas de salud descentralizados.

A su juicio, decisiones de esta naturaleza, inconsultas, sin suficiente planificación, análisis y evaluación de sus consecuencias, en lugar de agilizar y hacer más eficiente la gestión del Ministerio, la deteriora aún más.

“En especial afecta la rectoría del MPPS y provocará conflictos con las líneas de mando de las Direcciones Generales Sectoriales, con las Direcciones Regionales. Igual generará anarquía, retrasos y parálisis en las tomas de decisiones. El resultado final será una suprema ineficiencia y debilidad del órgano ejecutor de las políticas de salud. Se está creando una organización centralizada y paralela a la ya existente”, explicó el investigador de la Red Defendamos la Epidemiología Nacional.

En el Decreto 2.553 se trazan en principio 12 funciones, y al final acota que entran otras funciones que asigne la máxima autoridad del ministerio competente.

“Pero no queda claro en el decreto por cuanto tiempo ejercerán estas funciones las ‘Autoridades Únicas de Salud’, muy probablemente militarizadas y por tiempo indefinido. Se ha dado un paso más para la construcción del caos en salud”, sostuvo el doctor.

En el decreto, además, se deja claro que los establecimientos y servicios de atención a la salud adscritos a las gobernaciones de los estados, así como aquellos que dependan del nivel central a través del ministerio, conservarán el ejercicio de las atribuciones que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico, pero deberán adecuar su funcionamiento a las directrices que la respectiva Autoridad Única de Salud instruya de ahora en adelante.

Los directores de hospitales podrán ser convocados a reuniones de coordinación de carácter obligatorio por estas autoridades.

Ya se conoció que algunos centros de salud en el Área Metropolitana de Caracas, entre ellos el J. M. de Los Ríos, recibieron la visita de algunos funcionarios desde que se anunció la intervención de la Misión Abastecimiento. Pero no hay nada en concreto aún de cómo se van a coordinar los planes ni de cómo se mejorará la prestación del servicio.

Foto referencial: Cristian Hernández


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