Más de 800.000 miembros de mesa seleccionados deberán cumplir con una capacitación en línea que les permitirá conocer a detalle la organización de los centros de votación y garantizar la integridad y transparencia de los comicios presidenciales.
Caracas. Parte de la integridad y transparencia de las elecciones presidenciales del próximo 28 de julio es responsabilidad de los miembros de mesa, que se seleccionaron para ocupar más de 28.000 mesas de votación y juntas electorales regionales, municipales y parroquiales que se activarán en esos comicios para elegir al presidente de Venezuela para el período 2025-2031.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) el 20 de abril pasado publicó en la Gaceta Electoral 1051, la Resolución número 240403-026, el listado de los integrantes de los Organismos Electorales Subalternos que deberán cumplir con el servicio electoral.
Se trata de 852.220 electores de todo el país que integrarán los cuatro organismos electorales subalternos que estipula la ley y que son las juntas regionales, municipales y parroquiales y las mesas electorales.
En estas claves le contamos el trabajo de estas figuras en los comicios presidenciales:
- El artículo 134 de la Constitución establece la obligatoriedad del servicio electoral en las funciones que sean asignadas por el ente electoral tras el sorteo. Además la Ley Orgánica del Poder Electoral deja también claro que este servicio es “un deber constitucional” que obliga a los ciudadanos a cumplir obligaciones electorales.
- La ONG Voto Joven explicó que los miembros de mesa son ciudadanos del país que se habilitan para ejercer derechos políticos. Los seleccionan aleatoriamente en un sorteo.
- El Poder Electoral se comunicará con los miembros de mesa para especificar los detalles del proceso de formación al que deben acudir y que se hará de forma virtual, entre el 28 de junio y el 27 de julio.
- Las obligaciones generales de los miembros de mesa son recibir a los electores, verificar su identidad y las votaciones, cumplir con el protocolo de cierre de la jornada y contar los votos.
- La Ley Orgánica del Poder Electoral explica que son cinco miembros de mesa principales, cada uno con su suplente y un secretario, grupo dentro del que se elige por votación el presidente de la mesa de votación.
- El trabajo que corresponde a cada miembro de mesa está definido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales que establece como características principales que deben ser personas que sepan leer y escribir y que no tengan vínculos con partidos políticos, un requisito fundamental para garantizar “elecciones libres y justas”, explicó Voto Joven.
- La presencia de los miembros de mesa es sostenida y permanente durante toda la jornada electoral en el puesto de trabajo asignado para evitar irregularidades, por lo que es importante garantizar que algún amigo o familiar acerque alimentos y lo necesario a cada uno de estos ciudadanos para garantizar su permanencia en el centro de votación.
- Del artículo 54 al 57 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales se definen los pasos a seguir para la instalación de mesas y todo el proceso electoral. Es un procedimiento para el que capacitarán a todos los miembros y sus suplentes, con el fin de que conozcan a cabalidad la instalación, constitución, el acto de votación, el sistema de escrutinio y los pasos a seguir ante cualquier contingencia con el funcionamiento automatizado.
- Las funciones específicas de los miembros de mesa son:
- Supervisar y garantizar el desarrollo adecuado de la votación en la mesa asignada
- Verificar la identidad de los votantes y asegurar que el proceso se lleve a cabo de manera ordenada
- Contabilizar los votos y cumplir el protocolo correspondiente.
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