Magdymar León: Hay que revisar mitos y falsas creencias que operan para culpabilizar a las víctimas y proteger a los agresores

violencia sexual/Magdymar León

El pasado 12 de mayo Crónica.Uno y Avesa realizaron el foro-chat en Telegram “Aclarando conceptos sobre la violencia sexual”. En esta nota recopilamos los audios de nuestra ponente, Magdymar León, psicóloga clínica y coordinadora de la Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa, para quienes no tuvieron oportunidad de asistir a nuestra reunión virtual.

Caracas. Durante el foro chat en Telegram “Aclarando conceptos sobre la violencia sexual”, Magdymar León, psicóloga clínica y coordinadora de la Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa, instó a los participantes a revisar los mitos y falsas creencias en torno a la violencia sexual porque operan para mantener el problema invisible, “y de algún modo para culpabilizar a las víctimas y proteger a los agresores”.

Ejemplo de una falsa creencia que está arraigada y difundida es pensar que todo acto de violencia sexual hay de la fuerza física, eso es un error.

“Y la verdad es que en la mayoría de los casos ésta no está presente, muchísimas formas de violencia sexual están basadas en esta relación de poder y es el abuso de este poder lo que contribuye a que la persona agresora lleve adelante su conducta violenta… en el caso del niño, niña y adolescente no hace falta el uso de la fuerza física, con la manipulación el engaño, la seducción o el chantaje se logra el cometido”.

Durante las intervenciones de los participantes, la psicóloga clínica dijo que la violencia sexual es un problema superable. “Toda persona tiene derecho a rescatar su sexualidad y su placer sexual. Esto es posible. La atención psicológica es una vía para curar heridas y hacer una reconstrucción de nuestra vida. No tiene que significar una condena para quien ha vivido una experiencia de este tipo”.

A continuación, ofrecemos los audios de la intervención de la coordinadora de Avesa, para quienes no tuvieron oportunidad de conectarse al foro-chat el pasado 12 de mayo.

1.- La ponente comienza definiendo el término violencia como una transgresión hacia una persona, una imposición invasiva basada en una desigualdad de poder entre la víctima y la persona agresora. Luego define violencia sexual como toda acción que vulnere el derecho a la mujer de decidir libremente su sexualidad.

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Magdymar León

2.- Magdymar León explica con algunos ejemplos siete tipos de violencia sexual: violación sexual, abuso sexual, actos lascivos y acoso sexual, explotación sexual comercial, esclavitud sexual, trata y tráfico con fines sexuales y pornografía infantil.

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Magdymar León

3.- La ponente menciona y explica los mitos y falsas creencias en torno a la violencia sexual relacionados con la forma en que ocurre, el perfil de los agresores y a las características de las víctimas.

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Magdymar León

4.- La violencia sexual genera consecuencias físicas, psicológica y sociales.

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5.- Existen cinco leyes venezolanas que tipifican las distintas formas de violencia sexual.

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Ronda de preguntas

Luego de la exposición, los asistentes pudieron enviarle sus preguntas a la psicóloga clínica Magdymar León.

Estas fueron algunas:

Pregunta:  ¿Cuáles son los artículos en el Código Penal en lo que respecta a los tipos de violencia sexual? -Marinays Bastardo

M. L.: Buenas tardes, Mary. Artículos 375 al 383 del Código Penal.

Pregunta: Quisiera saber cuál es el tiempo estipulado para que el delito de abuso sexual contra NNA, y también para el caso de violencia sexual contra mujeres adultas, no prescriba. Por ejemplo, si una mujer hoy tiene 22 años y fue víctima de abuso sexual a los 17 años, ¿puede colocar la denuncia? El caso de muchas mujeres que han roto el silencio y han expresado por las redes la experiencia de abuso sexual cuando eran niñas o adolescentes, ¿pueden colocar la denuncia ahorita? -Blanca Martorell

M. L.: Buenas tardes, Blanca. El tiempo o los años de prescripción, que viene a ser el tiempo en que la denuncia puede ser colocada no es el mismo para todos los delitos, es un cálculo que la ley establece y son los abogados quienes lo definen (soy psicóloga). Sin embargo, hay que añadir que este período de prescripción comienza a partir de los 18 años, esto significa que si la violación ocurrió a los 5, 10, 15 o 17 años de la víctima, en cada uno de estos casos, la prescripción empieza a correr a partir de los 18. Entiendo que hay una cierta correspondencia entre la sanción del delito y el tiempo de prescripción, es decir delitos con penas mayores tienen períodos de prescripción mayores también.

Pregunta: También en la violencia sexual con penetración en la que se deja un daño, una herida corporal también, un cuerpo escindido producto de la violencia sexual ¿cierto? Además de las consecuencias psicológicas que usted ya mencionó anteriormente. -Blanca Martorell, psicóloga.

M. L.: Sí, por supuesto, se señalaron posibles consecuencias físicas, psicológicas y sociales de la violencia sexual.

Pregunta: Con respecto al movimiento #YoSíTeCreoVzla, hay testimonios de mucho tiempo, es decir, la víctima era niña y ahora es una mujer. ¿Se ofrece alguna ayuda psicológica para la víctima? -María Gallo.

ML: Sí, María, de igual modo se ofrece la atención psicológica, hay un impacto psíquico que se manifiesta de manera inmediata o bastante cercana a la ocurrencia de los hechos, pero también podemos tener lesiones psíquicas de largo aliento que de igual modo pueden ser atendidas. 


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