Observatorio de Prisiones denunció que ministra Varela usa a presos para actos políticos

Humberto Prado, director del OVP, rechazó que la ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, trasladara a privados de libertad sin autorización para hacer proselitismo.

Redacción Crónica.Uno

Caracas. El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) denunció que la ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, utilizó sin autorización a reclusos de diferentes cárceles del país para hacer actos políticos y lo calificó como inconstitucional e ilegal.

En un comunicado, Humberto Prado, director del OVP, indicó que el 6 de junio la ministra Varela instaló una tribuna antiimperialista, en la sede de su despacho, junto con los reclusos del Rodeo III, el Internado Judicial de Yare III y el Instituto de Orientación Femenina (INOF), quienes se pronunciaron en contra de la intervención extranjera en Venezuela y además expresaron su apoyo a la gestión del presidente Nicolás Maduro.

“El artículo 145 de la Constitución dispone que las funcionarias públicas ‘están al servicio del Estado y no parcialidad alguna’, por lo cual no puede actuar como ministra en función de su orientación política”.

Casi dos semanas después, el 17 de junio, Varela movilizó a 300 presos del INOF y Yare para exigir que se levantara una investigación al gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, en rechazo a la supuesta falsificación de 1.300 firmas para la activación del referéndum revocatorio.

Humberto Prado, director del OVP, pidió que la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público inicien una investigación, y que garanticen la protección y respetos de los privados de libertad.

“Rechazamos que la ministra, en el uso inconstitucional e ilegal de sus funciones y de manera arbitraria, y sin autorización, haya utilizado a la población reclusa para la realización de actos de proselitismo político los cuales no guardan ninguna relación con las causas penales de los privados de libertad”, indicó Prado.

Además el director del OVP denunció que los reos solo pueden ser trasladados para acudir al velorio de un familiar cercano, a un hospital o para la presentación ante los tribunales, y deben ser autorizados previamente por un juez.

“El artículo 181 del Código Penal establece como delito que: todo funcionario público encargado de la custodia o conducción de alguna persona detenida o condenada, que cometa contra ella actos arbitrarios o la someta a actos no autorizados por los reglamentos del caso, será castigado con prisión de 15 días a 20 meses”.

Foto referencial: Cheché Díaz


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