Privan de libertad a trabajador de Venalum por protestas de 2018

trabajador de Venalum

El trabajador de Venalum Franklin Gascón tenía una orden de captura por las protestas laborales de 2018. Para entonces detuvieron y encarcelaron a un dirigente sindical y otros tres trabajadores de esta empresa estatal.

Puerto Ordaz. Después de 18 días sin audiencia de presentación desde su detención, el trabajador de Venalum Franklin Gascón recibió la medida de privativa de libertad por parte del Tribunal Cuarto de Control, en Puerto Ordaz, estado Bolívar.

Los delitos imputados fueron agavillamiento, desacato a la autoridad, daños a la propiedad, supresión y paralización de industria del Estado y suspensión del trabajo.

El retraso en su audiencia de presentación obedeció al extravío de su expediente en tribunales y en Fiscalía. El documento nunca apareció, informó el abogado Luis Manuel Guevara. Por tanto, la Fiscalía recurrió a las actuaciones de diciembre de 2018 cuando detuvieron a cuatro trabajadores de Venalum, y el tribunal dictó dos órdenes de captura adicionales, una de ellas contra Gascón.

A mediados de diciembre de 2018, una comisión de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) allanó el patio de colada de Venalum. Allí estaban retenidas aproximadamente 6000 toneladas de aluminio. Esto se dio en el contexto de las protestas laborales en contra de la eliminación de las tablas salariales y el incumplimiento de los contratos colectivos a raíz de la reconversión monetaria.

En ese operativo militar detuvieron al secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de Venalum (Sutrapuval), José Hidalgo, y otros tres trabajadores: Andrés Rojas, Noel Gerdez y Néstor Morillo. Estos fueron privados de libertad, y tras la admisión de los hechos salieron en libertad en febrero de 2019.

Violación del debido proceso

El trabajador de Venalum Franklin Gascón fue detenido el 17 de septiembre. Previamente participó en una protesta por servicios básicos en el sector Core 8, en Puerto Ordaz. Presuntamente, lo reconoció un guardia nacional que estuvo en el allanamiento de 2018 a la referida empresa.

Su caso destacó por el incumplimiento de la celebración de la audiencia de presentación en un lapso no superior a 48 horas desde su detención, como lo establece el artículo 44 de la Constitución.

El 25 de septiembre, la defensa introdujo una acción de amparo constitucional, bajo la modalidad de habeas corpus. El Tribunal Segundo de Control, en funciones de guardia, admitió el recurso y solicitó al destacamento 625 de la Guardia Nacional informar en un lapso de 24 horas las condiciones del trabajador de Venalum. Sin embargo, el ente militar no dio respuesta oportuna.

La Intersectorial de Trabajadores de Guayana (ITG) denunció la continuación de la criminalización de la protesta y la persecución a los dirigentes sindicales.


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