Reglamento de paridad de género para el 21-N mejora algunos aspectos del de 2020 pero sigue teniendo imprecisiones

CNE | paridad de género

El pasado 29 el CNE llevó a cabo un encuentro con dirigentes femeninas de varios partidos políticos para presentar el reglamento de paridad de género. Incluso luego de este evento, siguen existiendo dudas que no han sido aclaradas.

Caracas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) presentó el pasado jueves el reglamento de paridad de género, el cual será aplicado para las elecciones del próximo 21 de noviembre y que mejora en algunos aspectos el que fue creado para las parlamentarias de 2020. Sin embargo, esta reglamentación no aclara algunas dudas sobre su contenido.

El reglamento, que se encuentra disponible en la web del CNE, establece una composición paritaria de las listas de candidatos para los cuerpos deliberantes del 50 % por cada género, y permite que, si no se logra esta cifra, la distribución pase a ser de 60 % y 40 %.

Además, establece que para los cargos nominales para los cuerpos deliberantes las postulaciones de los candidatos principales deben ser de un género, mientras que las de los suplentes deben ser del otro. Es decir, que si en una circunscripción uninominal la candidata principal es mujer, el suplente debe ser hombre.

En el caso de las postulaciones lista para concejos municipales y consejos legislativos, se comienza por un género y se procede a alternar al otro género de forma sucesiva en los siguientes.

El reglamento también explica que a la hora de llevar a cabo algún tipo de sustitución de alguna persona candidata, esta sustitución debe ser por una persona del mismo género. Es decir que si se reemplaza a una mujer candidata, debe ser otra mujer la que sea inscrita en su lugar.

Una reedición que en algunas áreas parece ser más flexible

De acuerdo con el politólogo y experto electoral Jesús Castellanos el reglamento presentado por el CNE es “prácticamente una reedición de lo que se había definido para el 2020, con la salvedad de que en algunas áreas parece ser más flexible”.

Castellanos destaca que ambos reglamentos establecen una paridad del 50 % para cada género, pero dice que mientras que el del 2021 refiere que de no lograrse esta paridad se aceptará una distribución que no supere el 60 % máximo y 40 % mínimo para los géneros, el de 2020 no era tan laxo y decía que esto solo se podía hacer de forma “excepcional”, es decir, “en casos extremos”.

El experto electoral también cuestiona que no se señale qué se debe hacer en caso de que todas las circunscripciones o la mayoría de estas sean uninominales, pues, según él, se podrían generar enormes asimetrías al no especificarse esto.

Además, critica que al momento de hablar de alguna infracción en términos de la paridad de género, el CNE hable de “postulaciones no presentadas”, algo que, dice, no afecta al partido sino a los propios candidatos y, de nuevo, no específica cómo. “En el caso de no cumplir no se afecta el partido sino el candidato, además no me dice cuál candidato, ¿el último? No lo sé, el manual no hace esa verificación”, comenta.

Sobre la sección de Derecho Comparado del reglamento, Castellanos asegura que le preocupa la simpleza de los instrumentos citados ya que, para él, es un asunto muy complejo y comenta que en la actualidad “tanto en el mundo como en la región se han definido una cantidad de dispositivos para garantizar una distribución medianamente equilibrada entre los géneros”.

En Chile lo que ocurrió para la convención constitucional es que se hizo una revisión de postulaciones y, además, adjudicaciones para que verdaderamente quedara equilibrada. Creo que es importante, porque si quiero que haya un equilibrio no bastan esos dispositivos tan laxos, dice.

Un punto positivo que Castellanos destaca es el momento en el que el CNE publicó el reglamento de paridad de género, pues recuerda que, mientras que en el 2020 la publicación se hizo a pocos días del proceso de postulación, ahora se hace con tiempo suficiente.

El precedente de incumplimiento del 2020

Que exista una sanción por parte del CNE para el incumplimiento de la política de paridad de género es algo muy adecuado, en especial teniendo en cuenta el precedente de lo que ocurrió en el 2020 cuando una normativa casi idéntica fue aplicada y, de todos los partidos que participaron en las elecciones parlamentarias de ese año, solo el Partido Comunista de Venezuela cumplió con lo establecido.

En un trabajo realizado por Crónica.Uno, se determinó que de 4589 postulaciones, un total de 2445 (53,27 %) correspondían a candidatos masculinos y que solo 2144 (46,72 %) correspondían a candidatas femeninas, esto sin que en ningún momento se señalara el motivo “excepcional” que permitía esta distorsión.

De igual forma, se pudo constatar que la alternabilidad de forma secuencial fue ampliamente ignorada por los partidos, un ejemplo de esto fue la postulación de voto lista para el estado Aragua por parte de la alianza Venezuela Unida (Primero Venezuela, Voluntad Popular ad hoc, y Partido Venezuela Unida), que postuló cinco hombres y cinco mujeres, cumpliendo con la paridad, pero ubicó a los hombres en los primeros cinco puestos de la lista y relegó a las mujeres a los últimos cinco puestos, es decir, los que menos oportunidad tienen de ser elegidos.

Como consecuencia de esto, la Asamblea Nacional del 2020 quedó compuesta con solo 93 mujeres de un total de 277 diputados (33,57 %), lo cual reeditó la sistemática subrepresentación de la mujer en la política venezolana en este cuerpo, algo que ya se vio en la de 2015 (37 mujeres de 167 diputados para un 19,8 %), la de 2010 (29 mujeres de 165 diputados para un 15,95 %), la de 2005 (26 mujeres de 137 diputados para un 17,36 %) y la del año 2000 (15 mujeres de 149 diputados para un 9,2 %).


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