Reglamento de primarias publicado por la Plataforma Unitaria está lleno de ambigüedades y discrecionalidad

Reglamento de las primarias | Primarias

El reglamento de las primarias no limita cuál será el alcance de la Plataforma Unitaria en la elección, puesto que habrá candidatos apoyados por partidos que no están dentro de ella. Tampoco detalla el rol del CNE en el proceso.

Caracas. La Plataforma Unitaria dio a conocer este miércoles el reglamento marco de las elecciones primarias que realizarán en el año 2023, un documento que a pesar de que detalla diversas partes del proceso, en otras –como el rol del Consejo Nacional Electoral, el rol de la propia Plataforma y el financiamiento– es ambiguo y da discrecionalidad a la Comisión de Primaria.

El reglamento, que fue publicado en las redes sociales de la Plataforma Unitaria, establece la creación de la Comisión Nacional de Primaria (CP), la cual tendrá, en muchos aspectos, un poder discrecional que le permite definir desde quiénes pueden participar en la elección hasta determinar el apoyo técnico de organismos nacionales e internacionales.

Claves y principales preguntas que responde el reglamento

¿Quiénes podrán votar?

Podrán votar “todos los venezolanos, mayores de edad, que con base en el Registro Electoral estén debidamente inscritos en la fecha de corte que establezca la Comisión de Primaria”. Referente a los venezolanos en el extranjero, el reglamento señala que será la propia comisión la que “promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior”. El único requisito para votar será tener la cédula de identidad laminada, esté vigente o no.

¿Cuáles son los requisitos para los candidatos?

El artículo 8 del reglamento detalla que para poder ser aspirante en las primarias se debe: ser venezolano por nacimiento sin otra nacionalidad; mayor de 30 años de edad y de estado seglar; “haber demostrado un compromiso inequívoco con la lucha por la libertad”; suscribir la declaración de principios de gobernabilidad que presentará la CP; haber suscrito el Programa Mínimo de Gobierno acordado entre los precandidatos; comprometerse a respetar las decisiones de la CP y contribuir con el costo del proceso; y tener la firma del 0,5 % de los inscritos en el Registro Electoral como apoyo.

¿Cómo se elegirá la Comisión Nacional de Primaria?

La CP es el órgano rector del proceso de la primaria opositora, estará constituida por cinco miembros principales con sus respectivos suplentes, los cuales serán postulados por los partidos, la sociedad civil, “personalidades”, y que serán seleccionados por la Plataforma Unitaria tras una “amplia consulta”.

Los miembros de la CP deben ser mayores de edad, independientes de partidos políticos y, obviamente, no podrán participar en la primaria como candidatos. Los miembros de la Comisión se encargarán de elegir de su seno un presidente y vicepresidente.

Las decisiones de la CP se tomarán con un voto de cuatro de sus cinco miembros (excepto cuando el reglamento exige unanimidad) y el quórum de funcionamiento será de tres de sus integrantes, siempre que al menos uno sea el presidente o, en su ausencia, el vicepresidente.

La CP tendrá como órganos subalternos Juntas Regionales y Mesas Electorales. Las Juntas serán integradas por cinco personas de la misma forma en la que se integrará la Comisión en cada uno de los estados, serán estas juntas las que designarán a los miembros de las Mesas Electorales y acreditarán a los testigos electorales principales y suplentes.

¿Dónde se votará?

El artículo 25 del reglamento explica que los centros de votación serán nucleados de forma de que muchos de los participantes tendrán que votar en centros electorales distintos a los que usualmente asisten en comicios organizados por el Consejo Nacional Electoral.

-¿Cómo será el proceso de votación?

Sin que se conozca una fecha para la votación, el reglamento estableció que este proceso se hará desde las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m., salvo que en los centros haya personas esperando en una cola para participar.

El proceso contará con un cuaderno de votación en el que se dejará constancia de quiénes participaron, el escrutinio será público, y cada mesa electoral elaborará actas de escrutinio y cierre del proceso electoral. Referente al cuaderno de votación, se señala que el mismo será resguardado para salvaguardar la identidad de las personas que participen en la primaria.

El proceso de totalización será competencia de la CP y se realizará dentro de las 48 horas inmediatas a la finalización de la votación, mientras que la proclamación se llevará a cabo en las 48 horas siguientes a la totalización.

En caso de que exista fraude, cohecho, soborno o violencia en alguna etapa y el vicio afecte el resultado de la elección, el proceso se declarará nulo. Lo mismo ocurrirá “cuando fuere imposible determinar la voluntad general del electorado”. Para declarar la nulidad del proceso se requiere del voto unánime de la CP.

¿La elección tendrá el apoyo técnico del CNE?

En el reglamento no se especifica si la elección tendrá o no el apoyo técnico del Poder Electoral venezolano. El único artículo que pudiera abrir la puerta para que este apoyo se dé es el 16, que habla de las atribuciones de la CP y que en su numeral 7 establece: “Solicitar, si lo estima conveniente, el apoyo logístico o técnico de organismos nacionales o internacionales con competencia o experiencia en materia electoral, preservando en todo caso la identidad del votante”.

Ambigüedad y discrecionalidad

El politólogo y experto electoral Jesús Castellanos fue consultado por Crónica.Uno para conocer su opinión en torno al reglamento, y si bien él afirmó que celebra “tener un documento base para regular las primarias”, también mostró su preocupación por la forma en la que está escrito. Dijo que es una redacción ambigua y se apoya mucho en la discrecionalidad de la CP.

“Hay cosas que me preocupan, me gustaría haber visto en el reglamento cuál es el papel que va a cumplir la Plataforma Unitaria, se asume que circunscribe al papel de la CP, pero tendría que ser reducido para no generar inequidades, porque no solo participarán factores y candidatos de la Plataforma”, dijo Castellanos.

Referente a la participación del voto en el extranjero, el experto electoral calificó la redacción como “difusa” hasta el punto que dijo que lo expresado en el artículo 5, “para mí no significa nada”.

Artículo 5 del Reglamento Marco de Primaria 2023
Electores.
Son electores todos los venezolanos, mayores de edad, que con base en el Registro Electoral estén debidamente inscritos en la fecha de corte que establezca la CP, la cual, en el marco de sus atribuciones, promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior.

Castellanos también se preguntó exactamente cómo la CP tendrá acceso al Registro Electoral, ya que en el mismo artículo 5 se habla de un corte para definir a los votantes. Específicamente se preguntó cómo se obtendrá la data si no hay una relación directa con el CNE.

“Me pregunto cómo van a lograr tener la data del Registro Electoral actualizada para la fecha del corte, deben tener un vínculo con el CNE y no aparece, el CNE no aparece en ningún lado del reglamento; independientemente de si hay apoyo técnico o no, debe haber una relación para poder usar el Registro. Hablan de inscripciones, reubicaciones, de un Registro actualizado, de venezolanos en el exterior. Creo que ahí hay un manejo con fallas con respecto a cómo están planteando la formación del padrón”, dijo.

En relación con la discrecionalidad de la CP, el politólogo manifestó su preocupación por el artículo 8, que en su numeral 3 indica como requisito para ser candidato “haber demostrado un compromiso inequívoco con la lucha por la libertad, el rescate de la democracia, el respeto de los derechos humanos, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados”, un requisito que además se repite en el artículo 27, el cual se refiere a las instancias que pueden postular candidatos.

Ese requisito es extremadamente ambiguo y deja abierta la posibilidad para que la CP actúe de forma discrecional para permitir o no candidaturas. Con este tipo de dispositivo que abre la puerta a la discrecionalidad, uno no sabe qué puede pasar. Por eso las reglas deben ser muy bien escritas, apuntó.

Transparencia y financiamiento

Nélida Sánchez, experta en contraloría electoral, también fue consultada por Crónica.Uno sobre el reglamento y, aunque en general se mostró complacida con el texto, pues lo consideró un “avance” en comparación a otros, sí criticó algunos aspectos.

“No lo veo descabellado. Comparativamente con el de 2017, este (reglamento) está más claro y desde el punto de vista legal está más blindado. Se nota más detallado, tiene cosas más puntuales y cosas más claras, considerando los errores que hubo en el anterior. Creo que es un avance”, dijo.

Pese a esto, Sánchez cuestionó que en ningún lado del reglamento se prohíba explícitamente el uso de recursos públicos para financiar la campaña electoral de los candidatos, algo que dijo es un precepto constitucional.

“El uso de los recursos del Estado está prohibido en la Constitución, creo que hubo una omisión por parte de quienes elaboraron el reglamento al no colocar la prohibición y es importante destacarlo”, dijo.

La experta se refirió entonces al artículo 67 de la Constitución, el cual señala dentro de su texto: “No se permitirá el financiamiento de las asociaciones con fines políticos con fondos provenientes del Estado”. Subrayó que esto aplica para las primarias.

Referente al financiamiento del proceso completo, se mostró comprensiva por la opacidad del texto que no especifica exactamente de dónde provendrán todos los fondos para financiar la elección.

“El financiamiento es un tema álgido y es una de las cosas que más afectan con este gobierno. Lo lógico es que se conozca, pero es dar una herramienta para que el Gobierno actúe y diga que se recibe financiamiento de afuera, es dejar en evidencia el mecanismo y ponérsela en bandeja de plata al contralor”, señaló.


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