Tribunal de control prohíbe a la USB proyectar documental “El chavismo la peste del siglo XXI”

La decisión de censurar la proyección la adoptó el Tribunal 36 de Control de Caracas esgrimiendo la cuestionada normativa contra el Odio aprobada por la Constituyente.

Caracas. “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado”. Aunque esto establece el artículo 57 de la Constitución, la justicia no ha tenido problemas en prohibirle a la Universidad Simón Bolívar (USB) que difunda un documental crítico con el chavismo.

La decisión la adoptó el Tribunal 36 de Control de Caracas, el cual atendió una solicitud que le hizo la Fiscalía 59 Nacional para impedir a esa casa de estudios —y a las demás que funcionan en el país— que proyectara en sus instalaciones el documental El chavismo la peste del siglo XXI.

En el auto, número 36-c-1016-19, la jueza Norelys León Zaa le informa a las autoridades de la USB que no pueden difundir el audiovisual producido por el activista opositor Gustavo Tovar, por cuanto el mismo está siendo investigado por el Ministerio Público, el cual considera que el mismo viola la cuestionada normativa contra el Odio aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en 2018. El despacho ahora ocupado por Tarek William Saab considera que la cinta incurre “promoción o incitación al odio”.

En el documental se denuncia el comportamiento autoritario del fallecido Hugo Chávez y de su sucesor, Nicolás Maduro, pero en particular se explica cómo el teniente coronel que prometió redimir a los pobres una vez que llegó al Gobierno en febrero de 1999 usó los recursos del Estado para promoverse a sí mismo y para mantenerse en el poder de manera indefinida, persiguió a la oposición política e impulsó el llamado “Socialismo del siglo XXI”, mediante el cual expropió fincas y empresas. Senda que ha mantenido e incluso profundizado su sucesor en el Palacio de Miraflores.

Esta cinta es la segunda que los venezolanos no podrán ver. La semana pasada las autoridades del Centro Nacional de Cinematografía (CNAC) impidieron el registro del largometraje Infección, en el cual también se lanzan duras críticas al chavismo.

Reforzando una tradición

En 2009, el Gobierno, a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), prohibió a las televisoras difundir una serie de videos producidos por la organización Cedice en defensa de la propiedad privada, por considerar que podrían “promover, hacer apología o incitar (…) a alteraciones del orden público”. La decisión fue avalada posteriormente por el TSJ.

Uno de los audiovisuales, posiblemente el más recordado, fue publicado por la organización en 2007 durante la campaña por la reforma constitucional que el fallecido Chávez impulsó y en él se hablaba de la expropiación de una panadería.

Sin embargo, fue en 2004 cuando la justicia adoptó su primera sentencia estableciendo la censura previa al prohibirle a los medios difundir información relacionada con el pasado de Giovanny Vásquez de Armas, el supuesto testigo estrella de la Fiscalía en el caso del asesinato Danilo Anderson. Años después se comprobó que todas las afirmaciones de Vásquez fueron fabricadas desde el Ministerio Público.

Una ley para censurar

La normativa contra el Odio fue cuestionada desde un primer momento por organizaciones nacionales e internacionales, las cuales temían que la misma fuera utilizada para silenciar a la disidencia. La aplicación de la misma parece dar la razón.

“Calificar este documento como una ley es un exabrupto, porque no reúne las condiciones mínimas para ser considerada una ley (…) Esto es un parapeto legal que está usando el Gobierno para perseguir al ciudadano que se atreve a ejercer su derecho a manifestar y expresarse”, denunció en su momento el penalista Jesús Ollarves.


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