El borrador, presentado bajo la modalidad de iniciativa popular, está en el Parlamento desde diciembre de 2014 y aunque debió discutirse ese mismo año, Diosdado Cabello jamás lo metió en la agenda.

Caracas.  El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desea saber por qué la Asamblea Nacional (AN) no ha discutido el proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario que en enero de 2014 una organización defensora de los derechos de los gay, lesbianas, bisexuales, transgéneros e intersexos interpuso; y para ello citó al presidente del Parlamento, diputado Henry Ramos Allup, para que se lo explique.

La decisión la adoptó la Sala Constitucional en su sentencia 686, donde admitió la demanda por omisión que Giovanni Piermattei, presidente de Venezuela Igualitaria, consignó contra el Legislativo por no tramitar el borrador que fue presentado bajo la modalidad de iniciativa popular.

El artículo 205 de la Carta Magna establece: “La discusión de los proyectos de ley presentados por los ciudadanos (…) se iniciará a más tardar en el período de sesiones ordinarias siguiente al que se haya presentado. Si el debate no se inicia dentro de dicho lapso, el proyecto se someterá a referendo aprobatorio de conformidad con la ley”.

El instrumento que procura permitirle a personas del mismo sexo casarse y gozar de los mismos derechos que las parejas heterosexuales fue entregado el 31 de enero de 2014, por lo cual debió comenzar a debatirse en el segundo período legislativo de ese año, comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de diciembre. Sin embargo, el anterior presidente de la AN, diputado Diosdado Cabello, jamás lo incorporó a la agenda ni en ese período ni en los tres que transcurrieron hasta que inició la nueva legislatura el pasado 5 de enero.

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No obstante, lo anterior la Sala buscará esclarecer “si el proyecto de Ley presentado debe ser sometido al referendo aprobatorio” o si debe instar a los diputados a cumplir su “deber” de debatir el texto.

Ramos Allup no es el único que deberá comparecer ante la instancia integrada por los magistrados Gladys Gutiérrez, Arcadio Delgado Rosales, Carmen Zuleta de Merchán (ponente), Juan José Mendoza, Calixto Ortega, Lourdes Suárez y Luis Damiani; sino también la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz; el defensor del Pueblo, Tarek William Saab; y el procurador encargado de la República, Reinaldo Múñoz.

¿Por qué ahora?

¿Si la AN está en omisión desde hace más de año y medio por qué es ahora que la Sala Constitucional toma cartas en el asunto? Porque apenas en abril pasado los representantes de Venezuela Igualitaria se quejaron del “silencio” que ha guardado el organismo.

Este es el tercer caso relacionado con el colectivo LGBTI en que el TSJ emite pronunciamiento en los últimos meses. Hace tres meses desempolvó la demanda que la ahora diputada Tamara Adrián presentó en 2004 para que se le permita cambiar sus papeles y colocar en ellos que su sexo es femenino, así como su nombre actual.

Posteriormente, el ente admitió a trámite una demanda de nulidad contra el artículo 44 del Código Civil, el cual establece que el matrimonio solo es entre un hombre y una mujer.

Venezuela es de los pocos países de la región que no ha tomado ninguna medida para reconocer los derechos de las personas LGBTI.


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